De la detección de zonas de riesgo

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(R) ARTICULO 82. El Gobierno Federal, con la participación de las entidades federativas y el gobierno del Distrito Federal, deberán buscar concentrar la información climatológica, geológica, meteorológica y astronómica de que se disponga a nivel nacional. (DOF 03/06/14)

ARTICULO 83. El Gobierno Federal, con la participación de las entidades federativas y el Gobierno del Distrito Federal, promoverá la creación de las bases que permitan la identificación y registro en los Atlas Nacional, Estatales y Municipales de Riesgos de las zonas en el país con riesgo para la población, el patrimonio público y privado, que posibilite a las autoridades competentes regular la edificación de asentamientos.

ARTICULO 84. Se consideran como delito grave la construcción, edificación, realización de obras de infraestructura y los asentamientos humanos que se lleven a cabo en una zona determinada sin elaborar un análisis de riesgos y, en su caso, definir las medidas para su reducción, tomando en consideración la normatividad aplicable y los Atlas municipales, estatales y el Nacional y no cuenten con la auto-rización de la autoridad correspondiente.

ARTICULO 85. Son autoridades competentes para aplicar lo dispuesto por este Capítulo, dentro del ámbito de sus respectivas atribuciones conforme a la Ley:

I. Las distintas Dependencias del Ejecutivo Federal;

II. La Procuraduría General de la República;

III. Los Gobiernos de los Estados;

IV. El Gobierno del Distrito Federal; y

V. Los Municipios y Organos Político Administrativos.

ARTICULO 86. En el Atlas Nacional de Riesgos y en los respectivos Atlas Estatales y Municipales de Riesgos, deberán establecerse los diferentes niveles de peligro y riesgo, para todos los fenómenos que influyan en las distintas zonas. Dichos instrumentos deberán ser tomados en consideración por las autoridades competentes, para la autorización o no de cualquier tipo de construcciones, obras de infraestructura o asentamientos humanos.

ARTICULO 87. En el caso de asentamientos humanos ya establecidos en Zonas de Alto Riesgo, las autoridades competentes con base en estudios de riesgos

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específicos, determinará la realización de las obras de infraestructura que sean necesarias para mitigar...

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