Descripción de los derechos humanos de las mujeres desarrollados en los instrumentos internacionales

AutorNuria Gabriela Hernández Abarca
Páginas25-70
25DIAGNÓSTICO DEL TRABAJO LEGISLATIVO EN MATERIA DE DERECHOS HUMANOS DE LAS MUJERES LEGISLATURA LXI
IV. Descripción de los derechos humanos
de las mujeres y temas desarrollados
en los instrumentos internacionales
Los instrumentos jurídicos internacionales en materia de derechos
humanos de las mujeres plantean, entre otras cosas, postulados y
principios que obligan al Estado mexicano a su observancia. Estos
mandatos pueden interpretarse como elementos necesarios a ser in-
corporados en la legislación nacional y estatal en aras del cumpli-
miento de las obligaciones internacionales.
Entre los temas y derechos que se desarrollan en los diversos
instrumentos internacionales en materia de derechos humanos de
las mujeres, y que fueron utilizados para la agrupación de las inicia-
tivas presentadas en la Legislatura lxi, encontramos los siguientes:
1. Derecho a la salud;
2. Derecho a la educación;
3. Derechos relacionados con la maternidad2;
4. Derechos laborales;
5. Derechos sexuales y reproductivos;
6. Derecho a la justicia y seguridad jurídica;
7. Derecho a una vida libre de violencia;
8. Derecho a la igualdad, no discriminación y a estar libres de
estereotipos en función del sexo;3
9. Derecho a estar libre de toda forma de trata y explotación
sexual4;
2 Cuando se desarrolló el análisis del trabajo legislativo en este tema se consideraron propuesta de reforma
que abordaban temas como permisos por maternidad, lactancia, atención al parto, post parto, puerperio,
apoyo a las madres trabajadoras, etc.
3 La decisión de poner en un solo apartado estos derechos atiende a que de la revisión de las iniciativas
analizadas para este texto, en su mayoría abordaban los tres temas en una sola propuesta de modif‌icación,
aunque es importante decir que el derecho a la no discriminación como el de la igualdad son pilares que
cruzan de manera transversal la totalidad de los derechos humanos de las mujeres, sin los cuales sería
imposible la garantía en el acceso de los demás.
4 Si bien es cierto que el estar libre de trata es en sí una condición que representa vivir una vida libre de
CENTRO DE ESTUDIOS PARA EL ADELANTO DE LAS MUJERES Y LA EQUIDAD DE GÉNERO26
10. Derecho a la participación política y la toma de decisiones;
11. Derechos de las mujeres en situación de vulnerabilidad5;
12. Institucionalización y transversalización de la perspectiva de
género;
13. Derechos de la infancia6, y
14. Otros derechos económicos, sociales y culturales.7
A continuación se describirá brevemente lo que se entiende por
cada uno de estos derechos o temas, conforme a lo establecido en los
instrumentos internacionales en la materia.
1. Derecho a la salud
La salud es un estado de completo bienestar físico, mental y social, y
no solamente la ausencia de afecciones o enfermedades8
En este tema nuestro país se comprometió, al ratif‌icar la ceDaw9,
a adoptar “todas las medidas apropiadas para eliminar la discrimina-
ción contra la mujer en la esfera de la atención médica a f‌in de asegu-
violencia, la totalidad de iniciativas presentadas en el tema nos invita a hacer una ref‌lexión específ‌ica
respecto a la preocupación de las y los legisladores por este delito.
5 Cuando hablamos de vulnerabilidad nos referimos a las condiciones en las que se encuentran determinados
grupos de mujeres que les dif‌iculta acceder, de manera igualitaria y sin discriminación, a sus derechos
como el caso de las mujeres indígenas con algún tipo de discapacidad, migrantes, adultas mayores,
privadas de su libertad y mujeres rurales.
6 Consideramos de vital importancia para el análisis del desarrollo e incorporación de los derechos humanos
de las mujeres en todo su ciclo de vida, desarrollar un apartado especif‌ico que analizara las iniciativas que
tienen que ver con temas que impactas a las niñas.
7 Si bien es cierto que en el listado desarrollado se contemplan, de manera particular, derechos como la
salud y la educación que forman parte del núcleo de los Derechos Económicos, Sociales y Culturales
(desc), también lo es que atendiendo al número de iniciativas presentadas se considero, para efectos
de este documento, señalar de manera genérica dentro de este apartado a todos aquellos que no se
abordaron en los temas anteriores, como el derecho a la cultura, al agua, a la vivienda, a la alimentación,
la seguridad social, el deporte, entre otros.
8 Preámbulo de la Constitución de la Organización Mundial de la Salud, f‌irmada el 22 de Julio de 1946. La
cita procede del Preámbulo de la Constitución de la Organización Mundial de la Salud, que fue adoptada
por la Conferencia Sanitaria Internacional, celebrada en Nueva York del 19 de junio al 22 de julio de 1946,
f‌irmada el 22 de julio de 1946 por los representantes de 61 Estados (Off‌icial Records of the World Health
Organization, Nº 2, p. 100), y entró en vigor el 7 de abril de 1948. La def‌inición no ha sido modif‌icada desde
1948
9 Convención sobre la Eliminación de Todas las formas de Discriminación contra la Mujer.
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rar, en condiciones de igualdad entre hombres y mujeres, el acceso a
servicios de atención médica, inclusive los que se ref‌ieren a la planif‌i-
cación de la familia”.
Por su parte, a través de la Plataforma de Acción de Beijing el
Gobierno mexicano se comprometió a:
l Reaf‌irmar el derecho al disfrute del más alto nivel posible de
salud física y mental, proteger y promover el respeto de ese
derecho de la mujer y de la niña;
lAsegurarse de que todos los servicios y trabajadores relaciona-
dos con la atención de salud respetan los derechos humanos y
siguen normas éticas, profesionales y no sexistas a la hora de
prestar servicios a la mujer, para lo cual se debe contar con el
consentimiento responsable, voluntario y bien fundado de ésta;
lAlentar la preparación, aplicación y divulgación de códigos de
ética orientados por los códigos internacionales de ética mé-
dica al igual que por los principios éticos que rigen a otros
profesionales de la salud;
lAdoptar todas las medidas necesarias para acabar con las in-
tervenciones médicas perjudiciales para la salud, innecesarias
desde un punto de vista médico o coercitivas y con los trata-
mientos inadecuados o la administración excesiva de medica-
mentos a la mujer, y hacer que todas las mujeres dispongan de
información completa sobre las posibilidades que se les ofre-
cen, incluidos los benef‌icios y efectos secundarios posibles,
por personal debidamente capacitado;
lConseguir que las niñas dispongan en todo momento de la in-
formación y los servicios necesarios en materia de salud y nu-
trición a medida que van creciendo, con el f‌in de facilitar una
transición saludable de la niñez a la edad adulta;
lOfrecer a las madres apoyo legal, económico, práctico y emo-
cional para que puedan amamantar a sus hijos;

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