El desahogo de las Pruebas

AutorGabriel Andrés Campoli
Cargo del AutorAbogado por la Universidad Nacional de la Patagonia San Juan Bosco
Páginas22-24
22 Gabriel Andrés Cámpoli.
El desahogo de las pruebas:
Como toda etapa procesal consta de un orden y este es el
que establece la mayoría de los códigos de procedimientos y
esto es que primero se desahogan las pruebas de la Fiscalía,
luego las de la Víctima en caso de que sea coadyuvante y fi-
nalmente las de la defensa.
Debemos recordar que, mientras estén admitidas en el
Auto de elevación a juicio, las partes pueden desahogar las
pruebas en el orden que mejor lo consideren, esto significa
que:
Como bien sabemos el desahogo de todas las pruebas es
oral, con lo que ahora es donde debe aplicar sus conocimien-
tos y habilidades para interrogar y contrainterrogar según
sea una prueba propia o ajena.
Para identificar este punto me remito al Código de Proce-
dimientos Penales del Estado Libre y Soberano de Tlaxcala
que nos indica que:
ARTÍCULO 418. Peritos y testigos en la audiencia de Jui-
cio Oral
Durante la audiencia, los peritos y testigos deberán ser
interrogados personalmente.
SI POR ESTRATEGIA LE PARECE MEJOR DESAHOGAR
UNA PRUEBA ANTES QUE LA OTRA PUEDE HACERLO,
INCLUSO PUEDE DESCARTAR LAS QUE CONSIDERE IN-
NECESARIAS SIN SIQUIERA MENCIONARLO. NO DEBE
PEDIR AUTORIZACIÓN PARA DESCARTAR UNA PRUEBA
PROPIA.

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