Derechos de los pueblos y comunidades indígenas, una acción de protección constitucional en el ámbito jurisdiccional electoral local

AutorEverardo Vargas Jiménez
CargoMagistrado integrante del Tribunal Electoral del Estado de Jalisco
Páginas54-69
54 TRIBUNAL ESTATAL ELECTORAL DE CHIHUAHUA
Derechos de los pueblos y
comunidades indígenas,
una acción de protección
constitucional en el ámbito
jurisdiccional electoral local
Everardo Vargas Jiménez
55
TRIBUNAL ESTATAL ELECTORAL DE CHIHUAHUA
Sumario: 1. Contexto; 2. Autoads-
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promoventes como miembros de la co-
munidad indígena; 3. Efectivo acceso a la
jurisdicción electoral de la comunidad in-
dígena; 4. Derecho a la administración di-
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Acción declarativa de certeza; 6. Consulta
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Sentencia acorde al marco constitucional y
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consulta.
Resumen: En la presente colaboración
se analiza una sentencia del Tribunal Elec-
toral del Estado de Jalisco, a través de la
cual se otorgó la protección constitucional
de derechos humanos y como pueblo
indígena, a la comunidad wixárika del
municipio de Bolaños, Jalisco. Se expone
además, que la resolución es acorde a
tratados internacionales y constituye una
gran aportación institucional al desarrollo
democrático incluyente en la entidad.
Palabras clave: Comunidad indígena
wixárika, acción declarativa de certeza,
consulta previa, derecho a la adminis-
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Abstract: This collaboration analyzes
the judgment of Tribunal Electoral del
Estado de Jalisco (Local Electoral Court of
Jalisco), witch it gave constitutional pro-
tection of human rights and as an indige-
nous people, to wixárika native communi-
ty of the municipality of Bolaños, Jalisco.
It is also exposed, that the judgment is in
accordance with international treaties and
constitutes a great institutional contribu-
tion to the inclusive democratic develop-
ment in the entity.
Key words: Wixárika native community,
declarative action of certainty, previous
consultation, right to direct administration

1. Contexto
De acuerdo con lo establecido en la
Constitución Política de los Estados Unidos
Mexicanos, la Nación Mexicana es única
e indivisible (CPEUM, artículo 2, primer
párrafo, 2019).
Bajo dicha premisa constitucional, la
nación tiene una composición pluricul-
tural sustentada originalmente en sus
pueblos indígenas, que son aquellos que
descienden de poblaciones que habitaban
en el territorio actual del país al iniciarse
la colonización y que conservan sus pro-
pias instituciones sociales, económicas,
culturales y políticas, o parte de ellas.
En tal sentido, son comunidades inte-
grantes de un pueblo indígena, aquellas
que forman una unidad social, económica
y cultural, asentada en un territorio y que
reconocen autoridades propias de acuer-
do con sus usos y costumbres.
En el estado de Jalisco, habitan perso-
nas de diversos pueblos indígenas, entre
los de mayor presencia destaca la comu-

para la sociedad jalisciense por la identi-
dad cultural e histórica que representan.

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