Derechos de los niños

AutorInstituto Mexicano de Estrategia
Páginas356-363

(Artículos , 73 y 123 constitucionales)

Concepto

De acuerdo con el autor Miguel Carbonell, los derechos de los niños son "...el conjunto de derechos humanos cuya aplicación está dirigida a los niños y niñas en función de los cuidados y asistencia especiales que requieren para lograr un crecimiento y desarrollo adecuados dentro de un ambiente de bienestar familiar y social." [0]

Los derechos de los niños se pueden definir como todos aquéllos derechos humanos fundamentales del hombre que deben aplicarse a los niños para que éstos alcancen su máximo desarrollo, destacándose los relativos a la alimentación, salud y educación, cuyo objetivo es proporcionarles un ambiente de bienestar familiar y social, recayendo la responsabilidad de preservar estos derechos en los padres, tutores y custodios, así como en el Estado, que debe reconocerlos y facilitar su aplicación.

Los derechos de la niñez se encuentran reconocidos por el Estado Mexicano en los párrafos noveno, décimo y undécimo del artículo 4º constitucional:

"Artículo 4o. ...

...

En todas las decisiones y actuaciones del Estado se velará y cumplirá con el principio del interés superior de la niñez, garantizando de manera plena sus derechos. Los niños y las niñas tienen derecho a la satisfacción de sus necesidades de alimentación, salud, educación y sano esparcimiento para su desarrollo integral. Este principio deberá guiar el diseño, ejecución, seguimiento y evaluación de las políticas públicas dirigidas a la niñez.

Los ascendientes, tutores y custodios tienen la obligación de preservar y exigir el cumplimiento de estos derechos y principios.

El Estado otorgará facilidades a los particulares para que coadyuven al cumplimiento de los derechos de la niñez."

La Declaración de los Derechos del Niño, aprobada en 1959 por la Asamblea General de la ONU, establece que los niños cuentan con los siguientes derechos:

  1. El niño tiene derecho desde su nacimiento a un nombre y a una nacionalidad.

  2. El niño tiene derecho a disfrutar de los beneficios de la Seguridad Social, por lo tanto de alimentación, vivienda, recreo y servicios médicos adecuados. Los cuidados especiales que se le brinden al menor y a su madre, deben garantizarse desde antes de su nacimiento.

  3. Los niños con alguna enfermedad o discapacidad física o mental, deben recibir tratamiento, educación y cuidados especializados.

  4. Los niños, para el pleno y armonioso desarrollo de su personalidad, necesitan de amor y comprensión. Siempre que sea posible deberán crecer bajo el cuidado y responsabilidad de sus padres; salvo casos excepcionales, no deberá separarse al niño de corta edad de su madre. La sociedad y autoridades tienen la obligación de cuidar especialmente a los niños sin familia o que carezcan de medios adecuados de subsistencia.

  5. El niño tiene derecho a recibir educación, que será gratuita y obligatoria por lo menos en las etapas elementales, dicha educación debe favorecer su cultura general y permitirle desarrollar sus aptitudes y su juicio individual, su sentido de responsabilidad moral y social, para llegar a ser un miembro útil a la sociedad.

  6. El niño debe disfrutar de juegos y recreaciones.

  7. Los niños deben ser los primeros en recibir protección y socorro.

  8. El niño debe ser protegido contra toda forma de abandono, crueldad y explotación.

  9. No deberá permitirse al niño trabajar antes de una edad mínima adecuada y, en ningún caso se le permitirá que se dedique a alguna ocupación o empleo que pueda perjudicar su salud o su educación o impedir su desarrollo físico, mental o moral.

  10. El niño debe ser protegido contra las prácticas discriminatorias.

    Asimismo, la Convención sobre los Derechos del Niño, aprobada por la Asamblea General de la ONU en 1989 (cuya entrada en vigor fue en 1990) y...

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