Los derechos humanos de los migrantes africanos en México: ¿realidad o retórica?

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AutorJessica y Lucett Guadalupe Martínez Cruz y Jiménez Martínez
CargoDocente en la Benemérita Universidad Autónoma de Puebla, México. / lucett.jime@gmail.com / orcid.org/0000-0002-1686-8838 - Docente en la Benemérita Universidad Autónoma de Puebla, México. / jessica.martinezcruz@correo.buap.mx / orcid.org/0000-0003-2106-9907
Páginas293-324
Los derechos humanos de los migrantes
africanos en México: ¿realidad o
retórica?* / The human rights of African
migrants in Mexico: reality or rhetoric?
Lucett Guadalupe Jiménez Martínez** / Jessica Martínez Cruz***
RESUMEN
A partir del año 2016, al 2019, llama la atención la pre-
sencia de un nuevo oleaje extracontinental: la llegada
de migrantes africanos de, Ghana, Nigeria, Camerún
y del Congo, a México. Entre las principales causas
se encuentran las guerras civiles, cuestiones de salud,
pobreza, cambio climático y hambruna. Todo ello ha
obligado a gran parte de la población a salir de sus
países natales, en busca de nuevas oportunidades y
mejora de la calidad de vida, dándose así una migra-
ción forzada de amplias magnitudes. Es por ello que,
en el presente artículo, se analiza el proceso migratorio
del reciente y particular éxodo de africanos a México,
y sus implicaciones jurídicas. Asimismo, se realiza una
interpretación hermenéutica de la jurisprudencia mexi-
cana, contrastándola con los retos a los que México
se enfrenta, como país que promueve el derecho al
refugio —propuesto por los diferentes instrumentos
de derechos humanos y la agenda global 2030—. La
investigación es de corte cualitativo, utiliza el método
hermenéutico y se basa en diversas teorías, como la
de la causación acumulativa y la teoría de redes. El
objetivo del artículo es responder a la pregunta: ¿En
qué medida la normatividad mexicana se aplica para
garantizar los derechos humanos de los migrantes
transcontinentales, provenientes de Ghana, Nigeria,
Camerún y el Congo?
PALAB RAS CL AVE: África, México, migración
extracontinental, Ghana, Nigeria, Camerún, Congo
derechos humanos, refugiados, hermenéutica.
ABSTRACT
From 2016 to 2019, attention was drawn to the
presence of a new wave of extracontinental migra-
tion – the arrival in Mexico of African migrants from
Ghana, Nigeria, Cameroon, and the Congo. Among
the main causes are civil war, health concerns, pov-
erty, climate change, and famine, all of which have
forced huge numbers of the African population to
leave the country of their birth in search of new op-
portunities and a better quality of life, leading to a
forced migration of great magnitude. For this reason,
the present article analyzes the migration process
involved in the recent and specif‌ic exodus of Africans
to Mexico and its legal implications. Similarly, it
conducts a hermeneutic interpretation of Mexican
jurisprudence, contrasting this with the challenges
faced by Mexico as a country that promotes the
right to refuge, as proposed by the various human
rights instruments and the 2030 Global Agenda. The
present study is based on qualitative research, using
the hermeneutic method, and is based on various
theories, such as cumulative causation and network
theory, all in service to responding to the following
research question: To what extent is the Mexican
legislation applied in order to guarantee the human
rights of transcontinental migrants from Ghana,
Nigeria, Cameroon, and the Congo?
KEY WOR DS: Africa, Mexico, extracontinental
migration, Ghana, Nigeria, Cameroon, Congo,
human rights, refugees, hermeneutics.
* Artículo de investigación. Recibido el 9 de febrero de 2020 y aceptado para su publicación el 22 de julio de 2020.
** Docente en la Benemérita Universidad Autónoma de Puebla, México. / lucett.jime@gmail.com / orcid.org/0000-
0002-1686-8838
*** Docente en la Benemérita Universidad Autónoma de Puebla, México. / jessica.martinezcruz@correo.buap.mx /
orcid.org/0000-0003-2106-9907
REVISTA DEL INSTITUTO DE CIENCIAS JURÍDICAS DE
PUEBLA, MÉXICO. E-ISSN: 1870-2147. NUEVA ÉPOCA
VOL. 15, NÚM. 47, ENERO-JUNIO 2021 / PP 293-324
10.35487/RIUS.V15I47.2021.685
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SUMARIO
1. Introducción
2. Marco metodológico y teórico para el estudio de la migración africana en México
3. El nuevo oleaje extracontinental: migrantes africanos en México
4. El marco jurídico mexicano y los derechos humanos ante la migración africana
5. El establecimiento de los migrantes africanos en México: un desafío para el país
6. Conclusión
1. Introducción
La migración ha sido uno de los fenómenos sociales más antiguos y relevantes
de la humanidad. Por ello, a lo largo de los años, se ha llevado a cabo una
categorización respecto a ella, haciendo una diferenciación entre el concepto
de migrante y refugiado. Aunque en muchas ocasiones estos conceptos se
utilizan de manera indistinta, la diferencia es que el último se ref‌iere al des-
plazamiento por un temor fundamentado de persecución, por razones de etnia,
religión, nacionalidad, pertenencia a un grupo social u opiniones políticas, que
no quiere o no puede reclamar la protección de su país para poder volver.1 La
presente investigación se enfoca en el análisis de los migrantes africanos de
Ghana, Nigeria, Camerún y el Congo que llegan a México pidiendo el estatus
de refugiados.
En la actualidad, presenciamos los niveles de desplazamiento más altos
jamás registrados. De acuerdo con datos del ACNUR (Alto Comisionado de las
Naciones Unidas para los Refugiados), en el 2018, se presentó una cifra sin
precedente, pues 68.5 millones de personas2 en todo el mundo se han visto
obligadas a huir de sus hogares; entre ellas hay casi 25.4 millones de personas
refugiadas, más de la mitad menores de 18 años. Además, se estima que hay 10
millones de personas apátridas, a quienes se les ha negado una nacionalidad y
acceso a los derechos básicos, como salud, empleo y libertad de movimiento, en
un mundo donde, cada dos segundos, una persona se ve obligada a desplazarse
como resultado de los conf‌lictos y la persecución.3
1 ALTO COMISIONADO DE LAS NACIONES UNIDAS PARA LOS REFUGIADOS, “Artículo 1A de la Convención de 28 de julio de 1951 relativa
al estatuto de los refugiados de las Naciones Unidas”, 2020. Disponible en: https://eacnur.org/es/convencion-de-
ginebra-de-1951-el-estatuto-de-los-refugiados
2 En 2011 había poco más de 15.2 millones de personas refugiadas en el mundo.
3 ALTO COMISIONADO DE LAS NACIONES UNIDAS PARA LOS REFUGIADOS, “Datos básicos, anuarios estadísticos”, 2018. Disponible en:
https://www.acnur.org/datos-basicos.html
LUCETT GUADALUPE JIMÉNEZ MARTÍNEZ / JESSICA MARTÍNEZ CRUZ
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LOS DERECHOS HUMANOS DE LOS MIGRANTES AFRICANOS EN MÉXICO: ¿REALIDAD O RETÓRICA?
De las cifras de los refugiados que hay en el mundo, se observa que, para
2018, 57% de ellos provenía de tres países principalmente: Siria con 6.3 millo-
nes, Afganistán con 2.6 millones y Sudán del Sur con 2.4 millones;4 este último,
perteneciente al continente africano. Cabe destacar que los países africanos
se caracterizan por contar con una vasta cantidad de recursos naturales, no
obstante, en vez de que esto sea benéf‌ico para la población africana, desde
tiempos remotos (colonialismo), ello les ha traído una gran cantidad de pro-
blemas: guerras civiles, inestabilidad política, hambruna, pobreza. Todo ello ha
desencadenado una ola migratoria que empezó dentro del mismo continente,
pero que se ha difundido a Europa y, muy recientemente, hasta América. Entre
los países de esta región destaca México, por su situación geoestratégica, pues
es un punto de recepción, emisión, paso de migrantes y refugiados debido a
su cercanía con Estados Unidos.
En la última década, en México se ha visto un incremento considerable de
la presencia de extranjeros de origen africano, tanto inmigrantes como refu-
giados. Las cifras de africanos solicitantes del estatus de refugiado pasaron de
5, en 2002, a 206 personas, en 2011,5 poniendo a prueba al sistema jurídico
migratorio mexicano, cuya tradición de refugio y protección humanitaria ha
distinguido al país en el concierto internacional. Es por ello que, en el desa-
rrollo del presente artículo, se realiza una interpretación hermenéutica de la
jurisprudencia mexicana, contrastándola con los retos a los que México se
enfrenta al promover el derecho al asilo y refugio, propuesto por los diferentes
instrumentos de derechos humanos y la agenda global 2030. Así, el objetivo de
la investigación es responder a la pregunta: ¿En qué medida la normatividad
mexicana se aplica para garantizar los derechos humanos de los migrantes
transcontinentales de Ghana, Nigeria, Camerún y el Congo?
De este modo, el artículo se divide en cuatro apartados. En el primero, se
hace un esbozo del marco teórico-conceptual del artículo, basado, sobre todo,
en la metodología empleada. Entre las teorías y métodos destacan la teoría de
redes, la teoría de la causación acumulativa, así como el método hermenéu-
tico. En segundo lugar, se hace una caracterización de la migración africana
a México del 2016-2019, es decir, se destacan los principales factores deto-
nantes de la migración y se analiza la travesía de los migrantes africanos de
Ghana, Nigeria, Camerún y el Congo hacia México, así como las peripecias a
4 ALTO COMISIONADO DE LAS NACIONES UNIDAS PARA LOS REFUGIADOS, “Datos básicos, anuarios estadísticos”, 2018. Disponible en:
https://www.acnur.org/datos-basicos.html
5 ESCRICH GALLARDO, TERESA, Migración y desarrollo. Refugiados africanos en México. Un análisis desde el intercultu-
ralismo y el enfoque basado en derechos, México, Sin Fronteras, 2013. Disponible en: https://sinfronteras.org.mx/
wp-content/uploads/2018/12/africanos-2013.pdf

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