Derechos Humanos y Mecanismos Alternativos de Solución de Controversias

AutorMtra. Ma. Elena Pacheco Velio Mejía
CargoAsesora en Mecanismos Alternativos de Solución de Controversias en la PGR
Páginas20-23

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Sistema de Justicia Penal Acusatorio

México atraviesa por la implementación de un sistema de justicia procesal penal. Antes de la reforma del 18 de junio de 2008, la sociedad en general entendía que la forma de resolver un problema de índole penal era que un tribunal dictara una sentencia condenatoria; sin embargo, debido a la saturación del sistema procesal, tanto la víctima como el imputado se enfrentaban a una dilación en la justicia. Era urgente un cambio en la procuración de justicia que proveyera de mecanismos alternativos para que, a través de estos, a las víctimas u ofendidos les fuera reparado el daño causado sin la necesidad de esperar una sentencia condenatoria.

Los Mecanismos Alternativos de Solución de Controversias (masc) además de poner fin al conflicto penal de manera pronta, también brinda una solución a la conflictiva penal para las partes a través de soluciones alternas establecidas en el artículo 184 del Código Nacional de Procedimientos Penales. Ahora la ley, con el Sistema de Justicia Penal Acusatorio, establece que existen soluciones alternas, como los acuerdos reparatorios para solucionar el conflicto penal, logrando resarcir el daño a la víctima, así como con el cumplimiento de las obligaciones contraídas en el acuerdo reparatorio; para así una vez aprobados por la autoridad competente, extinguir la acción penal. Esto implica romper el paradigma de que sólo cuando el imputado está preso se procura justicia.

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El modelo de justicia restaurativa nos permite aplicar un sistema penal encaminado a la reinserción social del victimario y de la víctima, otro gran cambio de paradigma nos aproxima a un derecho garantista propio de un verdadero estado democrático.

Por eso, la justicia alternativa representa todo un reto tanto para la sociedad en general como para los abogados y autoridades competentes, porque nos obliga a conocer y aplicar los mecanismos de solución de controversias en materia penal. Su finalidad es propiciar, por medio del diálogo, la solución de las controversias que surjan entre miembros de la sociedad con motivo de la denuncia o querella referidos a un hecho delictivo, mediante procedimientos basados en la oralidad, la economía procesal y la confidencialidad.

Los acuerdos reparatorios son aquellos celebrados entre la víctima u ofendido y el imputado que, una vez aprobados por el...

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