Los derechos humanos y el humanismo

AutorRubén Pacheco Inclán
Páginas31-43

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“¿Pero qué era el humanismo? El amor de los hombres, nada más, y por eso mismo el humanismo no era otra cosa que una política, una actitud de sublevación contra todo lo que manda y deshonra la idea del hombre”.

Thomas Mann

El humanismo, en el actual esquema postmoderno, está influido por corrientes del pensamiento relacionadas con la naturaleza humana, desde los inicios del recorrido histórico racional hasta la concepción de los derechos humanos en la actualidad. Los planteamientos más arraigados son aquellos cuya impronta sigue siendo evidente en los valores que se imprimen a la ética y moral postmoderna; las definiciones sofistas, pasando por los criterios del helenismo imperial griego, así como las corrientes religiosas de los mil años del medioevo, sin olvidar el impulso neo racionalista de la etapa ilustrada, complementada con el movimiento moderno de los siglos XVIII y XIX; todos ellos han influido, significativamente y seguirán influyendo, en el camino del pensamiento ético-filosófico en nuestra América Latina, que sin lugar a dudas, tiene venas diversas que alimentan las bases humanistas del pensamiento iusfilosófico, que, a su vez, dan vida a la esencia de los derechos humanos en el postmodernismo actual.

Diversos son los antecedentes que han permeado en la concepción actual de los derechos humanos, los citados antecedentes religiosos, filosóficos, sociológicos, ideológicos, éticos y morales heredados

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de etapas históricas que nos precedieron, se reflejan en gran medida en la concepción actual de este criterio que nos invade, nos convence y nos seduce, principalmente, en el continente americano; y por consecuencia a todos aquellos países que como México están influidos en la concepción católico-cristiana. No podemos olvidar que somos historia y que lo que hoy presentamos como sociedad se encuentra constituido, invariablemente, por lo que otros han hecho de nosotros32. Es imposible pensar que nuestra identidad sea reflejo de quienes hemos querido ser; más al contrario, somos en atención a un horizonte comprensivo social que se identifica con nuestra historia. Por ello, resulta indispensable identificar los antecedentes que sostienen fundamentalmente los criterios de la concepción postmoderna de los derechos fundamentales.

Al considerar, la frase del filósofo francés Jean Paul Sartré es imposible no sobrecogerse con su contenido. En todos los ámbitos del quehacer social, somos lo que las corrientes contingentes del pensamiento van formando en nuestro esquema comprensivo, que a su vez influye en el entorno social. No podemos negar que en el campo de los derechos humanos ha sucedió lo mismo. El concepto, como hoy lo identificamos, se ha nutrido de diferentes corrientes del pensamiento, siendo amalgama que requiere ser acotada a las necesidades de hoy.

En este punto, cabe reflexionar acerca de la contingencia de hechos que -atendida como la coincidencia universalmente multiplicada

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de sucesos- conlleva a la concurrencia fáctica que da origen a lo que es. En esta afirmación podemos citar al autor Yamandú Acosta que señala:

Del planteamiento de Roig surge también que la afirmación de este sujeto no es necesaria al modo de las esencias dominantes en la tradición de la filosofía occidental, sino que muestra un elevado grado de contingencia, que encuentra en el humanismo francés de Sartré uno de los antecedentes más radicales del humanismo contemporáneo”33 .

En tal afirmación, resulta congruente atender entonces al llamado inicial de Jean Paul Sartré: “somos lo que hacemos con lo que otros han hecho de nosotros”.

Ante tal sentencia es importante atender al autor uruguayo cuando plantea:

“esta afirmación reivindica desde el presente de la afirmación, derechos respecto del pasado en la construcción de derechos del futuro, en un ejercicio del pensamiento filosófico en el que la objetividad no renuncia al punto de partida inevitablemente subjetivo que se identifican prospectivo y proyectivo con pretensión de performatividad.”34

Es claro el filósofo uruguayo al considerar que, si bien es cierto, construimos con elementos del pasado los proyectos del futuro, hoy somos lo que nuestro pasado ha estructurado a favor de este presente. En tal contexto, y dicho sea de paso, coincide también con la aseveración

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analizada, con anterioridad, de Sartré. Debemos adentrarnos, entonces, con intención y rigor lógico al conocimiento de aquellos elementos constitutivos de nuestro presente y, en particular, de este presente social humanista del que deriva el concepto de los derechos humanos.

A partir del pensamiento sofista35, que es base innegable de toda ideología humanista, es menester adentrarnos al eje central de su origen; cuyo orden humano es un orden de convicción que se distancia de la ley natural que corresponde, primordialmente, al criterio helenista conceptual de la naturaleza humana. Esta escisión significativa colocada en las postrimerías del siglo IV y V antes de nuestra era, donde la corriente sofista sostenía en la cosmogonía griega un origen con tintes casi deístas en el ser humano; mientras que, el pensamiento racional Socrático representado, principalmente, por Platón y Aristóteles parte este estudio considerando, fundamentalmente, el cisma del mundo ideal y el mundo tangible, tomando como referente de todo derecho y parámetro al hombre, justificando el mundo del deber ser que es el ideal. Desde esta escisión de pensamiento, se allana el camino que va dirigiendo estas dos grandes vertientes, derivadas de la antigüedad griega clásica dominante e influyente, no sólo para su época sino para todas las generaciones venideras.

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En este devenir histórico no se puede negar la influencia filosófico-religiosa impresa durante la época medieval, desde la patrística36 hasta la etapa escolástica37, y que en su conjunto, constituyen la etapa panteísta que asienta las bases más profundas y arraigadas en el pensamiento latinoamericano del derecho y, más hondamente, en los denominados derechos humanos. Es por eso que, resulta por demás relevante penetrar a los elementos que forman la etapa del medioevo.

Atendiendo, invariablemente, los escenarios medievales europeos desde el 325 d.e. con el Emperador Constantino y su conversión religiosa, el Imperio Romano de occidente funda, ejemplarmente, una metafísica en donde aparece por primera vez la humanidad como esencia de lo humano dentro del Derecho Canónico, que forma dentro de este campo un cuerpo único y sistemático de Leyes que fue constituyendo el modelo legal que inundaría Europa y, posteriormente, América. La Biblia ha sido considerada el ordenamiento central al que había que consultar para fundamentar los criterios religiosos que, necesariamente, regían al...

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