Los derechos de las audiencias

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Guillermo A. Tenorio Cueto (coord.), Flores Editor, México, 2017

Los llamados derechos de la audiencia tienen un itinerario corto pero no por ello poco profundo. El término audiencia en materia de las libertades informativas está situado en el grupo de personas susceptibles de recibir un mensaje por parte de los medios de comunicación. No sólo se entiende como un grupo que escucha, sino también como un grupo que lee, observa y mira, y que recientemente se hace de información en las nuevas plataformas digitales.

Los primeros intentos regulatorios del Estado respecto de los contenidos han estado ceñidos a una intervención preponderante. Así encontramos la legislación en materia de impresos que va desde mediados del siglo XIX hasta mediados del XX, donde el poder soberano dictaba el marco de actuación de lo que se podía decir o no en los medios de comunicación. En esa legislación encontramos fundamentalmente prohibiciones que restringían abiertamente la libertad de expresión a partir del paradigma de la llamada "censura previa". En algunos sistemas de corte autoritario o totalitario de mediados del siglo XX el protagonismo de esta figura fue relevante para el menoscabo de la consagrada libertad. México no se escindió de dicha tendencia. La legislación de imprenta de 1917 o la legislación en materia de radio y televisión originaria de mediados de los años sesenta dan cuenta de las disposiciones arbitrarias y claramente de censura que el Estado mexicano propuso.

Sin embargo, las nuevas formas de la comunicación y, sobre todo, los incipientes desarrollos tecnológicos que aparecieron en el mundo, comenzaron a empujar un cambio de paradigma, el cual no podría suscitarse sin la concreción de una libertad de expresión más abierta que supusiera el...

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