El derecho a la salud

AutorCorporativo Reyes Mora Advisors

El concepto actualseñala que la salud es, en realidad, la obtención de un determinado bienestar general, que se integra necesariamente por el estado físico, mental, emocional y social del sujeto. De aquí deriva entonces, un derecho fundamental más: el derecho a la integridad físico-psicológica.

Para poder entender lo anterior es necesario acudir al estudio de diversas normatividades tales como: la Constitución Políticade los Estados Unidos Mexicanos, los tratados internacionales,el derecho comparado, las diversas tesis y jurisprudencias delPoder Judicial de la Federación, entre otras.

El Artículo 1º de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece que:

Artículo 1º

En los Estados Unidos Mexicanos, todo individuogozará de las garantías que otorga esta Constitución, lascuales no podrán restringirse ni suspenderse, sino en loscasos y con las condiciones que ella misma establece.Está prohibida la esclavitud en los Estados UnidosMexicanos. Los esclavos del extranjero que entren al territorio nacional alcanzarán, por este solo hecho, sulibertad y la protección de las leyes.

Queda prohibida toda discriminación motivada por origenétnico o nacional, el género, la edad, las discapacidades, lacondición social, las condiciones de salud, la religión, lasopiniones, las preferencias, el estado civil o cualquier otraque atente contra la dignidad humana y tenga por objetoanular o menoscabar los derechos y libertades de laspersonas.

Por otra parte el Artículo 4º de la Ley fundamental establece que:

Artículo 4º

(Se deroga el párrafo primero)el varón y la mujer son iguales ante la Ley. Esta protegerála organización y el desarrollo de la familia.Toda persona tiene derecho a decidir de manera libre,responsable e informada sobre el número y elespaciamiento de sus hijos.Toda persona tiene derecho a la protección de la salud. LaLey definirá las bases y modalidades para el acceso a los servicios de salud y establecerá la concurrencia de laFederación y las entidades federativas en materia desalubridad general, conforme a lo que dispone la fracciónXVI del artículo 73 de esta Constitución.Toda persona tiene derecho a un medio ambiente adecuadopara su desarrollo y bienestar.Toda familia tiene derecho a disfrutar de vivienda digna ydecorosa. La Ley establecerá los instrumentos y apoyosnecesarios a fin de alcanzar tal objetivo.

Los niños y las niñas tienen derecho a la satisfacción de susnecesidades de alimentación, salud, educación y sanoesparcimiento para su desarrollo integral.Los ascendientes, tutores y custodios tienen el deber depreservar estos derechos. El Estado proveerá lonecesario para propiciar el respeto a la dignidad de la niñezy el ejercicio pleno de sus derechos.

El Estado otorgará facilidades a los particulares para quecoadyuven al cumplimiento de los derechos de la niñez.Toda persona tiene derecho al acceso a la cultura y aldisfrute de los bienes y servicios que presta el estado en lamateria, así como el ejercicio de sus derechos culturales.

El Estado promoverá los medios para la difusión ydesarrollo de la cultura, atendiendo a la diversidadcultural en todas sus manifestaciones y expresiones conpleno respeto a la libertad creativa. La Ley establecerá losmecanismos para el acceso y participación a cualquiermanifestación cultural.

Entre otros aspectos, la Carta Magna, otorga al gobernadolas siguientes garantías:

a) Que toda persona tiene derecho a la protección de susalud.

b) Que la Ley protegerá el desarrollo de la familia.

c) Que toda persona tiene derecho a un medio ambiente adecuado para su desarrollo y bienestar.

En diversas instancias internacionales suscritas por elEstado Mexicano, se establece lo siguiente:

Declaración Universal de los Derechos Humanos

Preámbulo

Considerando que la libertad, la justicia y la paz en elmundo tienen por base el reconocimiento de la dignidadintrínseca y de los derechos iguales e inalienables detodos los miembros de la familia humana;

(…)

La asamblea general proclama la presente DeclaraciónUniversal de Derechos Humanos como ideal común por elque todos los pueblos y naciones deben esforzarse, a finde que tanto los individuos como las instituciones,inspirándose constantemente en ella, promuevan, mediantela enseñanza y la educación, el respeto a estos derechos ylibertades, y aseguren, por medidas progresivas decarácter nacional e internacional, su reconocimiento yaplicación universales y efectivos, tanto entre lospueblos de los estados miembros como entre los de losterritorios colocados bajo su jurisdicción.

Artículo 1º

Todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidady derechos y, dotados como están de razón y conciencia, deben comportarse fraternalmente los unos con losotros.

Artículo 2º

Toda persona tiene todos los derechos y libertadesproclamados en esta declaración, sin distinción alguna deraza, color, sexo, idioma, religión, opinión política o decualquier otra índole, origen nacional o social, posicióneconómica, nacimiento o cualquier otra condición.Además, no se hará distinción alguna fundada en lacondición política, jurídica o internacional del país oterritorio de cuya jurisdicción dependa una persona, tantosi se trata de un país independiente, como de un territoriobajo administración fiduciaria, no autónomo o sometido acualquier otra limitación de soberanía.

Artículo 3º

Todo individuo tiene derecho a la...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR