Derecho de petición en lengua indígena

AutorManuel Francisco Cruz Florencia
CargoEstudiante de la Facultad de Derecho de la Universidad Veracruzana
Páginas146-149
Derecho de petición en lengua indígena
Caso César Cruz Benítez (Amparo en revisión 78/2014, sesionado por la
Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación el 18/06/2013,
México)
Manuel Francisco Cruz Florencia
El 10 de Octubre de 2012 César Cruz Benítez, indígena Hnähñu del Estado de
Hidalgo, presentó una queja ante la Comisión de Derechos Humanos del
Estado de Hidalgo por violación a sus derechos humanos, acto perpetrado en
un retén de la policía local. El quejoso realiza una petición de información a
dicha institución (Comisión de Derechos Humanos del Estado de Hidalgo) en
idioma Hñähñu. No recibe respuesta, ni información del status jurídico de la
queja.
El 31 de octubre de 2012 recibe contestación, la recibe en español, y sin la
información solicitada. Por ello, el 16 de noviembre de 2012 decide interponer
un amparo también en idioma Hñähñu- ante el Juzgado Segundo de Distrito
en el Estado de Hidalgo, reclamando la omisión de responder de manera
congruente y en su idioma indígena. Al ser admitida, después de los trámites
necesarios para la traducción, la demanda se convirtió en el primer amparo
presentado en idioma Hñähñu. En la que el quejoso, César Cruz Benítez,
solicitó que se reconozca el derecho de las personas indígenas a ser notificadas
y procesadas en su lengua materna.
Para la designación de un intérprete de lengua Hñähñu, el juzgado de
distrito, que carecía de intérpretes de esa lengua, solicitó a la Dirección General
de Atención a Indígenas de la Secretaría de Desarrollo Social del estado de
Hidalgo, a la Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas
del estado de Hidalgo y a las Secretarías de Educación Públicas del estado de
Hidalgo y la federal, la designación de un perito que tradujera dicho escrito;
todas respondieron negativamente, argumentando que el traductor se
encontraba de vacaciones, falta de atribuciones para designar intérpretes y falta
de presupuesto para contar con un traductor en lengua Hñähñu. Para el mes
de marzo de 2013 aún no se tenía designado intérprete para Cesar Cruz Benítez
y fue 5 meses después, el 23 de abril de 2013, cuando se designó intérprete.
Estudiante de la Facultad de Derecho de la Universidad Veracruzana, tutorado de
investigación en el Proyecto, “La prevención social de la violencia y el delito”. No. Registro
DGI, 154672013154. Actualmente realiza estancia de intercambio en la Universidad de Caldas,
en Colombia.
Letras Jurídicas ISSN1665-1529 Núm. 30 (Julio – Diciembre 2014)

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