Derecho Mercantil Mexicano. Parte 10

Páginas181-200
184 J
.A.CINTO
P
.A.L:G.A.RES.
-
el
e plaza. Con posterioridad al
1?
de
Enero
de 1872,
en
cuya
focha
se
expidió
er
arancel vigente,
se
han
cuotizado otros artículos;
entre
ellos
las
drogas y
medicitas
que
conforme
á,
la
tarifa
de dicho
aran
-,
cel
pagaban
ei 88 p g sobre valor de factura: el número de las
mer-
cancías
especificadas asciende
en
la
actualidad
á 1,378. Las
mercan-
cías
qu
e
deberán
pagar
snsderechos sobre valor de factura,
quedaron
reducidas
á la
ropa
hecha
, drogas medicinales, alhajas de oro y
plata,
bastones con purro de oro y plata, y relojes de bolsa.
El
artículo 22
del
Arancel
determinó, que
si
al
hacer
et
despacho de estas
mercancías
. se
observaba
que
eraa
muy
bajos los precios especificados en
las
factu-
_
ras
y
]labia
motivos·
para
sospechíllr fraüdes, se procediese al aforo
por
tr~s peritos, nomÚrados nno p(ir
la
aduaüa, otro
por
el importador
-y
un
tercero
en
discordia
po~
ambo~." . · ·
125.
Como,
lbs productos de las ac1uauas exteriGres forman casi
las
dos
tei;cerás
partes
de las
rentas
de
la
nacion, los
aranc
,eles
tienen
q
ue
obedecer á dos propósitos: el
ele
il'it_
egrar
el presntmesto de in-
gresos y el
de
proteger
algunas
industrias
nacionales silsceptibles '
de
gran
desarrollo,
ya
estableciendo derechos protectores,
ya
declamu-
d,o
libres ~e todo impue_
st?
.
~
_é,
ie~~?S
a~t_í?lllos ó
materias
primas
ne-
cesarias
para
aquellas _
ind_us~ri
:as:
~n
e?t~ _senticl0, estableoienclo _
al~
gunás
otras
moclificac~~n~~
-
~ª~
[!,
e_vita~ . ar~~trari~c~acles
en
-
e~
cobro
de los derechos aduana~~,:1
_..
~?
_
ha?
expedil~o _los _
~r
_es aranceles poste-
riores
al
analizado
por
el Sr. D.
Matías
.R9mero
y.
.
d,e)os
cuales
da-
mos las convenientes e~pÜ~~ciones'
e1i
-
e1
lib~o sigúiente,
en
el
capítu-
('
. . -
....
-. ' \
lo, relativo á los'impuestos sobre comercio , exterior~
:A.llí
,veremos
tambien
011
~1 es el
or~g-~1{
y.
Íb;
~oti~os
por
.que s~bsist~
la
llamada.
zona
libre.
'En
cuanto á los derechos
de
exportacion,
han
gravita
do
' 1
..
, . , . .
casi exclusivamente sobre
el
oro,
la
plata
y el palo de
tinte;
pero
aun
-
que
la
ley de 1_0
ele
, Mayo de
1~26,,
ese
i~puesto
qlle
tam
bien
se extendió á
la
circulacion de dinero
en
el
interior
ele
la
nacion, per-
sistió á tra.:-és de-muchos ~íios ~odificados
por
varias
disposiciones,
últimamente
ba
quedado reducida
~
lo~qi
1e
s'e previene
en
la
ley
de
6 de
Junio
de 1887; que
en
su
lugar
respectivo1
insertaremos.
En
cuan-
to
al
comercio interior,
ha
estado
en
lo general sujeto no solo al sis-
tem~
ele
contribuciones'
directas
establecidas por leyes (de las qilo
hacemos lma
lig
era
euumeracion en el'
libro
II
ele
esta
obra
al
hablar
de
los
impuestos
:nil
comercio), sino que
ba
seguido
perpetúandose
eL
sistema de alcabalas, que aunque algLmas veces fué snprimiclo
en
to-
DERECHO
MERCANTIL
MEXICANO. 1S5
da
la
Federacicn ó por algunos Estados,
ha
sido preciso
,olv
er
{L
él
porque
la
mayor
parte
de las
rentas
púbÜcas del
Distrito,
territorios
y Estados de
la
nacion, se forma
ele
los productos
ele
ese impuesto.
En
la
actualidad, con excepcion
de
dos ó
tres
Estáclos, los veinticua-
tro_
restantes, que forman
la
Federacion
Mexicana,
tienen
estableci-
do e"e impuesto; y
aunque
últimamente
la Secr.etaría
de
Hacienda,
conoci·entlo los inconvénientes que
presenta
la forma
ne
cesaria
de
re-
caudaciou de esa
renta
al lib'
r'e
-tráfico por me_dio
de
ferrocarriles que
atraviesan
diversO'S'
Estados, ·
ha
,convocaüo
uu
Congreso económico
para
resolver este probiema;
aunque
la Constitucion
de
1
_857
en
su
artículo
l24
previno
que
para
el
d·e
Junio
·
de
1858
quedarian
abo-
lidas
las alcabalas;
aunque
más
tarde
fné reformado
est
o
precepto
por
decreto
de
2H
de Noviembre .
de
84,
aplaz-a,nclo
para
ol
l'
.'
de
Diciem-
hre
·de
18861Ja
supre
si
on:
ele
álcabalas, no
ha
sido posible ll
egá
r á este
resultado y lo más que se ha .:ionseguiclo es
atenuar
los i.ncouvenien-
tt1s
de ese impuesto con arreglo á
las
bases del
decretó
de 22
el
e ·No-
viernbre de 86, que en
su
lugar
respectivo ins~rtaremos.
En
el men-
cionado Congreso económico se
pre
se
ntaron
·
proyectos
verdadera-
mente
inaceptables, 'tanto bajo,
su
aspecto ecünómico y fiscal, como
ba:i?
su
aspecto constitucional,
pues
se llegó h
asta
pretender
que
(;}l
Miaisterio
de
Hacienda
fuese
el
administrador
de
las
rentas
de los
Estados
que
iban
ú.
sustituir
.á• las 'aicabalas suprimidas. Solo en el
Distrito
Fedora1 y territorios-produce el derecho
ele
alcabalas, llama-
do
hoy
der
·echo de consumo especto
el
e'
Mectos
extranjeros
· y u.ere:
chos
de
portazgo
respecto
de
los ·nacionales, más
de
millon y medio
de pesos.
126. :
Durante
el período .de
la
independencia tambi.en
ha
tenido
1
alternativas
Ja legislacion sobre monopolios
ele
industrias
determi-
nadm,, pues ·
aunque
al
.,-erificarse l a indepenclencla '
vino
por
.
tierra
casi todo el sisterria hacenclario col¿nial-y con él casi todo
el
conjun-
to
de monopolios que formaban
gran
parte
de las
rentas
de aque-
lla
adm
inistracion,
si
n embargo, sl'I.bsistieron· algunos,
que
aho
ra
de-
rogados,
ahora
rflvi vidos segun los siste.rnas adoptados
por
las diver-
sas· administraciones
que
ha tenido el país, segl~n lo
exigían
la
s
necesidades del momento ó segun las teorías de los Ministros de
Ha
-
cienda, no llegaron á desaparecer
por
completo é
irr
evocablem
ente
si~~ hasf-a
,ue
0
la
;Constitud
icirÍ
d~
];~57
prohibió en sus
artícu
lo's
y
28
todo monopolio
industrial
y comercial, excepto los
ele
acu
ña-
186
JACINTO
P.A.LL.A.RE5.
cion de inoneda y correos que reservó al
Estado
y ~levó al rango ele
garantía
indivicllrnl
la
liberta.el
p~Lra
ejercer todo trabajo útil y
hones-
to.
Una
ligera ielea
ele
las ~icisitudes qne
ha
tenido el comercio
en
s~1s
rela,ciones
co
.R
la
Jegislacion
patria,
uos la puede
dar
la
siguien-
te
inópsis
ele
las principales leyes
expedidas
desde 1821, en las
que
·
no
hacemos.figurar las
que
ya hemos citado
anteriormente
y las
que.
están vigentes y ampliaremos
en
el
libro
signiente:
127.
l.
Decr.eto de 26 de
Enero
de 811 (1) declarando la liberta.tl
del comercio de azogues que {mtes
estaba
estancado .
.
II.
Decreto
ele
12
de Mayo
ele
811.
Sobre'libertad
de fa.briéaci0JJ.
Y.
venta
ele
aguardiente
de mezcal:
III.
16
de
Abril
de 811.
Decl::¡.ranclo
l!;l,
libertad
de
la pezca
que
ántes
estab3¡ monopolizada. i
IY
. 26 de Septiembre üe 811.
Libertad
el
.e fabricacion y
~enta
de
naipes.
Y. 17
de
Enero de 812. ExtinciOIJ.
del
estanco
de
cordobanes, ·
alumbre, estaño y
pl01;fiO.
-yr. 15 de.Enero
de
838.
Sobre exenciones á las fabricas de
papel.
VIL
19
de Abril d6 838. Exención de irp.puesto
{L
las
platas
del
Estado
de Chihuahua.
VIII.
3
ele
.TÍmio
· de 40. Permitiendo,
pefü
solo
en
ciertos ca.sos,
la i1nportacion de
1naderas
extranjeras.
IX.
20
de
Febrero
de
41.
Facultando
al
Ejecutivo
para
transigir
·cuestiones so.b.re permiso lle importacion de efectos prohibidos.
X. 20 de Diciembre de
41.
Prohibicion
importar
tabaco á
la,
República. '
XI.
21 de Octubre de 41. Se marnla,n
quemar
los al·godones y la-
nas introdnciclos á
la
República .
.
XII.
21
de Julio de
42.
Se
decreta
el estanco tlel
salitre
y
azufre.
XIII.
28
de Septiempre de
42.
Se
prohibe
establecler en las
costas
fábri::ms de hilados,
para
impedir importaciones fraudulentas.
XIV.
12
de Marzo de
8:U.
Se
suprime
el
impuesto gravosísimo
-sobre pulperfas ó tienclas de abarr:otes. '
XV. 23 de Marzo de
811.
Se dftclaran libres
de
alcabalas las
ven
tas
,
ele
embarcaciones.
1 Comprendemos en
este
e.:tracto
la
legislacion
de las
Cor~~
Espafü,la_s
anterior
á
la
Independencia,
por
ll
a
ter
sentado
las
bases
de
un
· s
istema
más
li-
beral.
188
JACINTO
l'.A.LL.A.RES.
XXXIV.
21
,Tunio
de
831. Se
declara
que
los
Estados
no
puellen
gravar
el comercio
exte
rior
, sino
por
derechos de consumo.
XL"'CV. 9 Mayo de 832. Se
derogan
las leyes
que
permitían
la
ex.
poTtacJon de oro y
plata
en
pasta
ó sin .
quintar.
·
XXXY.I.
26
Mayo
de
823.
Se
deroga
la
ley
de 23 de Mayo
ele
29,
que
suspendió el estanco del tabaco.
XXXVII.
24
Mayo
823.
Pueden
los
Estados
aumenta
r con
un
tanto
más los derechos
de.
consumo.·
XXXVIII.
23 Noviembre de 832.
Se
establece
un
impuesto di-
recto sobr~ todv giro mercantil.
,
XXXIX.
9
Septiembre
de 835. Se snspenden los permisos
que
concedia el Ejecutivo
para
la
exportacion
de
plata.
XL. ·7
Julió
de
36.
Se
establece el uerecho
ele
patente
ó
contripu.
cion
directa
sobré giros .mercantiles.
XLI.
29
Marzo
ele
837. Se
decreta
la
llamada
pauta
de
cr,misos,
re.
gfamentado los documentos, papeles y elemas requisitos con que
de.
bia
hacerse el comercio
interior
y las
penas
do
contrabautlo.
·
XLII.
11
Abril de 837. Se
mandan
esta~lecer
puntos
de depósito
en
los puertos marítimos.
XLIII.
15 .Abril
ele
37.
· Se reglamenta, el estanco
del
tabaco
.
·
XLIV.
20
Junio
de 37.
Se
decretan
impuestos á
la
importacion
del oro y
plata
en
pasta
.
. ,
XLV.
2 SeptitJinbre de
37.
Se
declara
que no necesita
guías
J:;i¡
circulacion interior del dinero.
XLVI.
2 Noviembre lle 38.
Se
reglamenta
el impuesto de
aleaba
.
las
int
eriores.
XL
VII.
1?
Enero de
39.
Se
reglamen:a
el estanco del tabaco.
XLVIII.
26
Noviembre
ele
39. Se establece
un
derecho
de consu-
mo sobre efectos extranjeros.
XLIX
.. 6 Noviembre de 40.
Se
establecen varios impuestos
al
co-
bre
extranjeró. ·
L.
25
Novie~
bre
de
40.~xenciou
de
impuestos
tt
las ferias.
LI.
4
Septiembre
41.
Se módifica el impuesto
de
derechos
de
consumo.
LII.
19
Octubre
d'o
41.
Se
deroga
la ley
de
25
de _
Noviembre
de
39, que aumentó el flerecho
de
consumo . .
LIII.
io
Noviembre 41., Se
grava
la
exportacion de oro y
plata
que
se hace por Guayi:nas y l\fozatlan.
190
JACINTO
PALLA.RES.
LXXV.
30
Enero
54.
Se
promulga
una
acta
de navégacion ó
ley
obre
comercio exterior,
basada
sobre
sistema
proteccionista.
LXXVI.
·5
Febrero
857. Se
promulga
la
Constitucion
que
es\a-
blece como derechos del hombre
la
prohibi:cion de monopolios y
li-
bertad
del trabajo.
LXXVII.
15 Marzo
,61.
Se dec
lara
libre
el
inter
es
en
el
mútuo
usurario (este principio
está
sancionado en las leyes ci'viles vigentes).
LXXVIII.
21 Enero
68.
Suprimiendo
toda prohibicion
contra
el
comercio exterior ó sea .declarando
libre
la
importa
cion de
toda
cla-
se de mercancías.
T,XXIX:.
30
Mayo 68.
Declarando
rentas
federales,
entre
otras,
los.impuestos
so-bre
el comercio
exterior
y sobre
la
moneda.
LXXX.
2 Mayo
68.
Restricciones á los impuestos
que
puedan
poner los Esta(los
al
comercio
que
se
h::i,ga
entre
ellos.
LXXXI.
23 NoviembTe 55. Se
suprime
'el
tribunal
superior
mer-
cantil
.
LXXXII.
16 Mayo
54.
Se
expide el1 Código Mercantil,
llah:1.ado
Cótligo·
de
Lares.
LXXXIII.
7 Junfo
56.
Se
declara
vilirlo·
el
reglamento
de
c0rre
'.
clor~s
de
rn
de Juli:q
ae-
54
. '
128. Como se pór
esta
serie
de
disposiciones, al
inaugurarse
en
.
1876
la
actual admínistra-cion, onrnnadá de'
la
revol
u:c
ioü de ·
Tuxte
-
pec, todas las graneles refoI'ri:las sociales, económicas y fiscales
rela-
. cionaclas cori
la
libertacl del comereio ó
que
tendían
{1,
protegerlo,
· estaban
ya
consumadas. y
habí
an pasado á
la
categoría
de principios
de
derecho público nacional; todas
las
administrac~ones ant~rioresha--
bian
dado algun contingente de
iniciativa
y reformas legales,
para
fa-
vorecer el trafico int\)rior y exterior;
pero
todo el impulso
que
uia
.
de los Gobiernos, se estrellaba
ante
el
eterno
obstáculo y la
anarquía
coustant~ del país.
Bn
el
órcl-eu
práctico
el comercio no pQdia pros-
perar
:sin
vías de co'rmm;cac ion
puramente
artificiales (puesto
que
no las
hay
naturales
en el país), que
-'
facilitaran
tanto
el trá1ico · in-
te
.
rior
como las exportaciones de los
productos
nacionales y abara-
tasen
el valor
de
las importaciones.
Pero
estas
vías
artificiales, es
decir,
nna
r
ed
ferrocarrilera que
ap
ro.
ximase los diver'Süs centros
ele
produccion agrícola,
industrial
y
minera
del país, no
podrían
cons:
truirse
sino con capitales extranjeros, y éstos
necesitab
.
an
la
garan-
tía, de
un
gobierno estable y de
una
paz permiinente
para
compro·
/
DERECHO
MERC:A.NTIL MEXIC.A.NO.
191
meterse
en-grandes especulaciones; y
por
este motivo
era
ya
una
frase vulgar de nuestros estadi
stas
y
hombres
pensadores, frase
que
reasumía
la
situacion económica del país,
la
de
que
"pl\'ra
que
hubie-
ra
paz en M~xico se necesita~an ferrocarriles, y
para
que
hubiera
ferrocarriles se necesitaba que
hubiera
paz;''
Bste
círculo vicioso
·
parecía
insoluble; y por esto se
ha
creído
que
la
administracion
lla- ·
ruada de Tuxtepec, tiene
un
título
imperecedero á
la
gratitud
nacio-
nal
por
haber
resuelto ese problema que
parecía
insoluble.
Hay
que
advertir,
sin embargo,
qt{e
esa solucion, como
la
de todos los pro-
blemas sociales,
1,e
debe
era.
gran
parte
al
desenlace
natural
de
los
acontecimümtos anteriores
q1rn
tocan el
momento
_histórico
en
que se
hace
visible
su
·resultado, prodnc;enclo
la
ilnsion de
a.tribuirá
causas
secundarias y del momento lo que es efecto de .
otras
causas ocultas
y remotas.
Efectivamente,
corno hemos visto, las
grandes
revolu-
ciones económicas estaban
ya
realizadas en
la
esfera
de
la
legisla- ·
cion;
la
paz universal
que
siguió
en
toclo el mundo· á
la
g
uerra
de
los Estados
Unidos
y
á,
la
guerra
de
Francfa
y Alemania,
habia
cau-
sado
una
superabundancia
ele
capitales y
plétorá
ele
inclustr,
ia
en
.los
principales pueblos productores,
qu\')
buséabáii mercados
para
dar
si.-
licla
á,
estas riquezas;
la
facilitlad de las cor1nrni~aciones
marítimás
y
terrestres
y el
gmn
desarrollo del crédito público, se esforzaban
en
multiplica
r los ééntros consumidorns y :de tráfico interna.ci'onal;
en
estás circuustl:J,nc(ás, .México d _eliia
se
r solicita.clo
por
todos los pue-
blos con
quiel.ie~;-h:ab
ta
es~a(1{>
en.f~lacioúe~ d~ comercio, como
una
gran
plaZlb
:para-
colocar·
caritales
y a:Hmxmtar
el
consumo
de
indus-
,.
trias
, extranjeras; -de los
tr!3s
-eJernent0s ó factores
que
habian
desga-
..
. ' .
'-
rrado
cou _bastante
energía
.1
to
clo el
país
( el
partido
conservador,
ef
par
.tidó
liberal
y el que podíamos
llamar
partido
puramente
anár-
quico ó revolilcionario), uno éllos, el
partido
conservador,
había
sido irrevocabiem
eút
e vencido, no
quedando
por
19
mismo mós que \
.el partido ,liberal
en
lucha
con los eleme
ntos
anárquicos
tradiciona-
les;
esto;1
, ele'men~os an,árquicP~
habían
sido combatidos
enérg
ic
a-
.;
mente
désde
la
época del triunfo·
clel
Gobierno Republicano
en
.1867,
y aliá,ndose á eHos Í~r~vol·
~~i~~
atlministracion-de T~xtepe~, logró
por
medio
ele
contemporizaciones '
en
parte,
y
en
parte
por
medio
ele
mecliclas violentas ó iuteresarlos en
la
paz
pública
ó destruirlos com-
pletam
en
te
por
el terror.
Así
es como se
ha
resuAlto el
problema
de
la
paz á
cusa
consese
ha
sacrificado todo: el sistema repre- ·
192 J A.CINTO P .A.LLARES.
sentativo,
la
libertad de comicios, las garantías constitncionales,_
la
forma federativa de la que solo.
ha
quedado la
estructura
apare
nte,
pu
es en el fondo, el Ejecutivo federal es el que imprim
E)
t
oclo
el ruo-
movimiento políti
co
, econótnico y social
qu
e caracteriza el
ac
tual
período de nues
tr
a historia. Armado con este poder, que
cu_e
nta
con la aquiescencia
tácita
de la nacion; el Gobierno actual e
ntró
en
francas relaciones
co
n t odas las
na
ciones de
Europa
con las que
yo
r
el reconocimiento que hicieron del imperio de Maximilia n
o,
se
gua
r-
daba
una
.
actit
ud hqstil sostenida por
la
s aclministraciones de
Jua-
r'
ez
y Lerdo; reconoció,,liquidó y consolidó la. antiquísima deuda con-.
traída
con Lóndres y llamada inglesa, obteniendo así que
lo
s
capi
-
tal
es europeos ·
bu
scasen cbnfiatlamente coloc
::i.c
iou en Méxi,:o ' ( l
);
1
"1JJl
cap
ita
!,
inglés en
Méxieo.-~efiriéndose
la
"R
ev
ue
Sud-AÍnericaine
" á
las
su
-
mas
d
!3
ca
pital
inglés
inv
ert
idas e
mpr
esas m
ex
icana
s, escribe
en
nno
de
sus
nú-
meros más
recient
es
lo
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británicas
registradas
en
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mer
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Mexican Investme
nt
Corpuration . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 500,000
Mex
ic
an Association . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 500,000
Guadalcázar, Quicksilver
Mines..
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Monterey and Gulf R
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Mexico City Prope
rty
Sindícate
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Adventurers
of
Mexico
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50
,000
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xican
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000
British Mexican Exploration.
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.....
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5,
000
Mexican
Portland
Cement
Co
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Mexican
Int
ernational
Bank
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$35.2
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35
no-
minale
s.
De.
18
86 á
30
de
Junio
de 189 l
la
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total
de
capital
es ingleses
destinados
á
empresag mexicanas y r
eg
is
trados
en
Londres
ha
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7.
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· Esto equivale á
234.G93,67-5"
pesos mexicanos á 44
peni
ques, ó sea cerca
de
l.
200,000
de
fran~os.
Si
es cierto
que
u
na
parte
de
la
s sociedades organizadas
ll
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ron
á
di-
solverse,
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cierto que
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mayor
ía
está
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funcionando
en
aq
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República,
En
es
to
s último3 tiempos
ha
habido
en
Lóndres
una
verdadera
plétora
de
ofor
tas
DERECHO
l\IBIW
ANTIL
MEXICÁNO.
193
.
consagró ó
ha
consagrado más de noventa millones del presupuesto
de egresos al desarrollo de nuestra
red
ferrocarrilera ( que
en
la ac.
valores mexicanos,
para
l
os
cuales se
muestran
fa
vorablemente dispuestos los ca-
pitalis
tas ingleses.
aquí ahora
un
a reca
pitulacion
d,e
las Compañías
extranjeras
que se
han
for-
mado
durante
el
año
de 1890,
para
funcionar
en
negocios mexicanos.
aquí
aparte
del
capital
extra
njero
inver
tido
en
el empr
éstito
pa,ra subvencio-
nes ferrocarrileras
de
,!;6.
000,000, el monto y los nombres d e
estas
Compañías:
Inglesas: Londres
and
Ame
rican
Syndicate, Londres, ,!;25,000.
Anventurers,
L6n-
dr
es, 50,000. llfoxican. Subsidi
se
d Colonization
and
Land
Company, Londres, 500,000-
British
Bank
of
Centr
al America, Londres, 200,000.
Princesa
Mining
Company,
London, 125,000 British-Mex
ican
Exploration
Symdicate,
Londr
es, 25,000.
The
Mex-
ic
an
Assoéiation, Londres, 500
,0
00.
Th
e Mexic
an-Eng
li
sh Syndicate, Londres,
50,
000.
The
American
Exploration
and
Dev~lodment Syndicate, 200,500. Société d'Explo-
ration
Mexicaine,
Londres
100,000. Mexican
Portland
Cement Oompany, Londre¡¡
20,
,000. Mexican
Investme
nt
Corporation. Londres 500,000. Mexico
City
property
Syndicate,Londres 85,
000.
Dolores Mines,
Londres
150,000.
The
British
and
Mex
ican
'
Intern
at
ional
Bank,
Limit
ed, Londres 1,000. The
Bank
of Veracruz,
Limited
100,000,
South
American
and
Mexican Company 'l.000,000. The Mexican Ce
ntral
AmericanRail-
way
Oompany, Londres900,
000.
Guadalcáza r Quicksilver Mines Comp
any,
Londres
400,000. Silver_
MinesofLa
Luz,Londres 210,000. Pachuca,
Zaeualtipan
and
Tampico
Railway,
Londr
es
l.
000 ,000. Mexican Ooncessions Trust, Londres
5.
Mexiean(Anahuac)
Government
Conceisions
Tru
st
Conipany,Londre~ 160,
000
.
Atlas
Mining
Exploration
and
Investment
Company,
Londr
es 100,000. Mexican
States
and
Tr
ading
Syndicate,
Londr
es.10,000.
Mexican
Car
Trust,Londres
10
0,000.WesternRa
il
way
Oompanyof
Me-
xico,
Londr
es231,000. Moxican
LouthernRailwayCompany
,Londres 1.000
,.
000. Rail-
way
Oonstruction
and
Maintenance Company of Mexico, Londres ,100,000. Lower
California
Development
Company, Londres 350,000. Grf;at
San
Antonio
Mining
Company, Londres 300,000. ll'l:exican Rosario Company
(de
minas-mining),
20,000.
Mexican Mineral. Zone
and
Exploration
Company.
Londr
es 100,000.
Mexic11,n
Un
-
it
ed Chartered
Bank
of
Ooahuila,
Londr
es
201,000. Londres, Texas a.
:rid
Mexiqau
In·
vestment
Trust
Company,
Londr
es 25,000 .
Woordrw
Hopperand
Oo
..
Londres
and
Mexico, 40,000.
San
Andrés
Tuxtla
(Mexico) Cigar ·
and
Tobaeco Gompany, Londres
50,000.
Ventanas
Sil
ver
and
Gold Mines Oompany, Londres 500,000.
Londres
and
Mexico
Oontract
Corporation,
Londr
es 12,000. 4-nglo-l\'l:exican
Saw
Mills
Com-
pany, Londres 5.000 . Chiapas, Syndicate, Lo ndres 30,000.' .
'.!'GW,
,Bll.475,505,
Amedcanas:
ChihuahuaMining
Company,_
capital
600,000
.'
El
Petseró
Goldand
Silv
é:r
llfüling
Cumpany, Chicago 4.000,000. Mexican
Br
ew
ing
Oomp:;my. Óhicago
250.000.
La
Providencia
Maning Company,
Santa
Fé, New Mexico, 100,000. Mex-
ican
Rai
l
way
Development, Chicago 100,000,
Villa
Oonstruction _Company, West
Virgini
a,
5.000,000. Kansas
Oity_
and
Me:ici?ah
Investment
Company
Kansas
City,
500,000.
La
Estrella
and
La
Mmerva
Mmmg
Company, 10.000,000.
Syndicate
for
building
Sinaloa, Sonora
and
Chihuahua
Railway;
Lima, Ohio
and
New
York. ...
21.640;
000.
Nuevo
Leon
$melting,
Refining
and
Manufaeturing
Company
. . , ,
250 .900. New Colorado Gold
and
Sil
ver
Mining
and
Millin Company, Chioago . ; .
250.000. New Colorado Gold
ánd
Rilver
Mining
and
·
Milling
Company', Chicago
2.000,000.Durango Timb!)r Oompany, Maine 2.000,000. La
Luz
Mines '
and
Victoria
Tunnel
600,000.
Branch
of
El
Paso
National
Bank
at
Juarez
30,000, Mexican Onyx
Company,
Ne1v
York
1,500,000. MexicanMetallurgical Company, New
York
400,000,
~exican,
Telegraph
Company, New York 500,000. Kansas
City
and
Mexican Tras-
p,
ortation
COmpany, Missouri 500,000, Mexican Machine Company,
Illinois
100,000.
Chicago, Iowa
and
Pacific
Railway
Company 100.000
,000
. llfexican Marble Oompany,
Chicago 3.000,000.
Durango
Steel
and
Iron
Oompany,
Iowa
5.000,000. Anglo-Ame-
.
rican
Company J.000.000.
Pan-American
Bank,
Kansa.s
City
;200,000.
Mexipan Gold ,
'
Saving
Oompany,
Illinois
1.000.000.
International
-
Mining
Company, Wisconsin
..
,
1.000.000. Cedros
Island
Mining
and
J\1illing Company
of
Mexico,
California
........
.
1.000.000. Mexican
Northern
Rolling Stock Company, Kansas
City
Mo.
25
.000. Me-
xican
Silver
·
Mining
Company, Chicago 2.400,000. Mocte1mma Milling· Company,
California
100,000, · 13
194
JACINTO
PALLARES.
·
tnalidacl cuenta, con
más
J e diez mil
lómetros), (1)
ab
riendo
así
vfas
ciles
al
comercío con los
Estados
U nídos y
al
de
in
terior
del
país; puso
en
ejecucion,
quizá
con
un
rigor
excesivo
para
los
propie-
Total
$168.805,000 .
RESUMEN:
41
Compañías inglesas: capi
ta
l t
ll.47
5,505.
31
Compañías american
as
:
capital
$
16
8.805,00 0.
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1889.
30 Compaílías
ingl
esas:
capital
.!;
7. 855 ,
000
10 Comp
añías
americana~:
capital
$1
7.
575,000.
Difer
en
cia
á favor de 18
90
.ll3
.620,505,
cap
it
al inglés.
$15.123,000
capital
ameri@a
no.-(
"Revista
financiera.")
1 El-
único
ferroearril
de
impor
tanc
ia
que
ex
i
stía
ántes
de
1880
era
·
el
de
Ve-
r
ac
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as
dificultades
con
que
·
lu
chó
para
poder
concluirse
se
pu
eden
conocer
por
la
siguiente
hi
storia
de
l
Ferrocarril
de
Veracrilz:
Esta
v
ía
obtuvo
diez concesiones
del
gobierno m
exicano
ántes
de
llegará
com-
pletarse.
La
prim
era concesi
on
fué
otorgada
el
31
de
Agosto
de
1837, y
bajo
ella
se
hicieron
l
os
estudios
del
terreno
y
algunos
trabajos
prepa
r
ator
ios.
En
31
de
Mayo
de
1842 se
  • una
    nueva
    conces
    ion
    á
    una
    compañía
    y el gobie
    rno
    destinó
    g r
    andes
    s
    um
    as
    para
    ayud
    ar
    á su construccion;
    pero
    so
    lo se
    construyeron
    l
    kilómetros
    hasta
    Noviembre
    de
    1850 en
    que
    la
    compañía
    aba
    ndon
    ó
    la
    concesion
    .
    Desde
    Noviembre
    de
    1850
    hasta
    el 31
    de
    Agosto
    de
    1857
    estuvo
    en
    ma
    nos
    del
    g
    o-
    bierno
    y se
    construyero
    n 1·
    mill
    as.
    El
    31
    de
    Mayo
    de
    1857
    se
    otorgó
    un
    a
    con
    -
    cesion
    á Antonio
    Escandon
    , p
    ero
    no se
    adelantó
    en
    su
    cons
    truccion
    hasta
    el
    5
    de
    Ahril
    de
    1861,
    en
    cuya
    fecha
    se
    obtuvo
    unanneva
    conc
    esion
    de
    l gobierno,
    mo-
    dificando
    mater
    ial
    mente
    la s disposiciones
    de
    la
    concesion
    ante
    rior,
    Cuando
    ocu-
    rrió
    l
    a.
    inter
    vencion. l
    as
    auto
    rid
    ades
    francesas
    entraron
    en
    un
    a
    rr
    eglo con
    Es-
    candan
    y
    su
    contrato
    f ué
    recon
    _ocido
    por
    Maximiliano,
    con
    cierto
    s
    cam
    bios
    favo-
    rab
    les a l
    concesionario
    ..
    Dura
    nte
    el
    rég
    im
    en
    francés
    y
    de
    Maximiliano,
    Escan-
    dan
    con
    str
    u133
    millas
    de
    vía; y
    al
    r,aer Maxi m
    ili
    ano
    recurrió
    el
    concesionario
    al
    Gob
    iern
    o
    republicano
    para
    r
    evalidar
    su
    concesiou, y á
    pesar
    de
    haber
    sido
    un
    decidido
    soste
    nedor
    de los
    france
    ses y
    de
    los enemi
    gos
    de
    la
    República,
    el
    Go-
    b
    iern
    o,
    en 27
    de
    Noviembre
    de
    1867;
    hi
    zo
    con él
    un
    nuevo
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    ato
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    condi-
    -.
    ci
    ones
    más
    li
    berales
    que
    en la
    anter
    ior concesion, y l a vía
    quedó
    finalmente
    con-
    clu
    ida
    en
    Ener
    o
    de
    1873
    bajo
    la conces
    ion
    de
    Escandan,
    diez y
    seis
    años
    despues
    del
    primer
    contra
    to
    9-e
    éste, y
    treinta
    años
    despue
    s d e
    la
    primera
    corícesion.
    Aparec
    e.
    de
    un
    conLr
    ato
    celebrado
    entr
    e
    Escandan
    y los Sres. Smith,
    Knight
    &
    Company,
    de
    Lóndres,
    par
    a
    la
    construccion
    del
    ferrocarril,
    que
    el
    primero
    ha-
    bría
    de
    reci
    bir
    $2.
    000
    ,
    000
    en
    concepto
    de
    comision. I
    gnórase
    cuánto
    recibió
    de
    otros
    contratistas
    ó apoderados .. El flete
    pagado
    por
    los
    materiales
    para
    cons
    -
    truir
    el
    cam
    ino
    de
    hierro desde
    la
    ex
    .
    tremidad'
    comenzada
    en
    la
    ca
    pital
    de
    Mé-
    xico
    subía
    á $3,310,847.
    El
    ·
    capital
    de
    la
    vía
    ha
    sido
    fijado
    por
    la
    pre
    s
    ente
    com-
    pañía
    en
    $26.195,600,
    pero
    prin
    cipios d e 187
    3,
    á
    fin._de
    proteger
    la
    línea
    de
    sus
    obligaciones
    en
    pi
    é,
    el
    cap
    ital
    fué
    aumentado
    hasta
    $35.370,647; en 1874 bíz_ose
    aún
    otro
    aumento
    ha
    sta
    ll
    e
    gar
    el c a
    pital
    á $37.782
    ,8
    26; y
    aho
    ra
    resulta
    del
    últi-
    mo
    informe
    de
    la
    Directiva
    que
    se-
    ha
    recibido
    autórizacion
    para
    acreéentarle
    hasta
    $40.000,000. , _
    .
    En
    cuanto
    al
    ferrocarril
    de
    Te
    hu
    a
    ntepec,
    que
    está
    para
    terminar
    ,
    aquí
    algu-
    _
    nas
    obsei;vaciones
    sobre
    su
    import
    a
    ncia
    . , '
    . .El
    pro
    ye
    cto
    de
    construccion
    del
    ca
    nal
    de
    Panamá
    ha
    dado
    or
    igen
    á
    algunas
    consideraciones
    en
    Alemania
    que
    á
    continuacion
    reproduzco.
    Se
    toma
    en
    cuenta
    la
    -
    diferencia
    de
    las
    distanc
    i
    as
    entre
    los,
    varios
    puerto
    's
    principale
    s
    de
    Europ
    a, América y Asia,
  • :pERECHO
    MERCA
    NTIL
    MEXICANO.
    195
    tarios,
    la
    ley de terrenos baldíos
    t1
    e
    22
    de·
    Julio
    de 1863; relacionán~
    dol_a C
    (?U
    la
    Gle
    Di
    ciemb
    re
    de 1883 sobre colonizacion, logrando asi
    la
    reivinclicacion nacional
    ele
    muclios terrenos, la fundacion de a
    l-
    gunas colonias, l a amortizacion de
    gran
    parte
    de valores de crédito
    público y la creacion de muchas propiedades in muebles
    rt icula-
    res ( 1
    );
    c~lebró
    tr
    atados de comercio· con va:·ias naciones,
    ta
    nto
    de
    Honghong
    .................
    .
    Yokohama
    .........
    : ..
    .....
    .
    Melbourne
    .. .. :
    ............
    .
    Aucklan........
    .....
    ....
    .. . .
    "'
    San
    Franci
    sco
    .......
    ..
    "
    Val
    paraíso
    .
    .............
    .
    DE
    LlVEl~POOL
    .'
    Por
    el cabo de Buena
    Esperanza.
    Millas inglesas:
    13,640
    1
    5,
    :315
    '
    ]2,598
    12;057
    13,719
    10,167
    DE
    NUEV.A·-
    YORK
    .
    Por
    el canal
    de
    Por
    . Panamá.
    ~uez.
    Millas ingle
    sa,~.
    Millas inglesas.
    9,805
    ll;54
    0
    11,231
    12,706
    H,087
    12,
    41
    2
    '12,
    869
    11,549
    7,799
    7,349
    Po
    r el cabo
    de
    Buena
    Por
    el
    ca
    bo
    de
    Hon
    ghong
    : .
    .....
    .'
    ................
    ..
    ......
    .
    Yokohama
    ..... . . .. ...... . :
    .............
    .. .
    Melbourne
    ................................
    .
    Auckland
    ... "
    ""
    .. . , ...
    ........
    ..... .
    ....
    .
    l
    ~spe
    ranza. Hornos.
    14,701
    15,690
    13,030
    14,505
    .
    Po
    r el canal
    de
    Suez.
    17,650
    l 7,180
    19,900
    11,8
    60
    ,
    Por
    Panam:1.
    Honghong
    ..
    ...
    .... ..
    ....
    .. . .. .
    ............
    · 11,796 ll,!l'38
    Yokohama...
    ....
    .
    .......
    ... ...
    ......
    ......
    1:~,4
    71
    9,563
    Melbourne
    ..........
    .....
    ....
    .. :..
    .........
    ·13,162 10,260
    Auckland
    ....
    ...
    ...
    ..
    ..
    .....
    ......
    ...
    :..
    ....
    14,637 · 8,940
    Atendiendo
    á
    esas
    cif,ras no ,
    puede
    n
    ega
    r
    que
    para
    Europa
    el
    c
    ana
    l
    de
    Suez
    ·ofrece
    mayores
    ventajas
    que
    el
    proyectado
    canal
    de
    Panamá.
    Pero
    América,
    y
    sobr(!
    todo
    l
    as
    grandes
    ciudades
    del
    Este
    de
    Amqrica,
    sacaráµ
    ma
    yores
    .
    ventajas
    del.caµal
    de
    Panamá.
    · Los
    emporios
    de
    la
    industria
    y
    el
    comerc
    io
    en
    la
    o
    bsta
    a,.ue
    ricana
    del
    Atlántico
    ;
    lleg
    ar
    án
    á
    tener
    por
    medio
    del
    canal
    de
    Panamá
    una
    vía
    de
    co
    municacion
    direct
    a con el Pacífico, y
    ademas
    con
    China,
    Japon
    y Aus-
    .
    tralia.
    Las
    venta
    jas
    que
    el
    canal
    .
    de
    Panamá
    ofrece
    á
    Europa,
    se
    limitan
    á
    una
    comunicaci'on
    más
    directa
    con
    las
    islas
    del
    Océano Pacífico y
    con
    la
    costa
    am
    e-
    rican
    a d·el
    Padfico.
    En
    cuanto
    á
    Alemania,
    su
    comercio
    con
    Auckland,'la
    costa
    a
    mericana
    del
    Pa-
    cífico, China y
    el
    Japon,
    probablemente
    aumentará
    despues
    de
    con~trnido
    el
    ca-
    nal
    de
    Panarná;
    sin
    embargo,
    no
    serán
    grandes
    l as
    ventajas
    que
    sa
    ·
    cará
    del
    canal
    de
    Panan¡á,
    porque
    la
    mayor
    parte
    de
    su
    expor'tacion
    para
    aquellos
    paí,~es
    se
    efectúa
    en
    ·buqrres
    ingleses,
    Para
    remediar
    eficazmente
    las
    ·
    desventajas
    que
    se
    notan
    para
    ·
    otras
    direcciones
    ,
    se
    propone
    el
    establecimiento
    ·
    de
    grandes
    líneas
    de
    9
    vapores
    al'emane·s
    subvencionados
    por
    el
    Gobierno
    del-Imperio
    .
    ··
    _ , •
    ·•
    1
    Durante
    ·
    el
    año
    de
    ·
    1'856
    ·
    se
    expidieron
    76
    títulos,
    composiciones
    ·,
    ó
    arreglos
    ,
    cc¡n
    los
    propietarios,
    amparando
    una
    superficie
    d~ 691,356
    hectáreas;
    se
    desJ.inda-
    i;on 2.150,293
    hectáreas,
    y se
    adjudicaron
    de
    1
    ~
    de
    Enero
    de
    ·8·7·á
    Diciembre
    de
    88,
    expidiéndose
    10,856
    títulos,
    34.898,160
    hectáreas
    fuera
    de
    los
    .terrenos
    ·
    adju-
    dicados
    ·á
    los
    indios,
    .á
    los
    que
    se
    repartieron
    147,572
    hectáreas,
    expidiéñdoseles
    4.,560
    :
    títulos.
    ·
    Desde
    el
    año
    de
    1881 á 1888 se
    han
    de~lindado
    por
    varias
    compañías
    concesio-
    l
    1
    _,
    196 ~.A.CINTO
    PALLARES.
    Enropa yOIUO d e las .Améri~as; concentró en las pocleres federales
    la
    narias
    de
    co
    lo~izacion
    365.787,7
    80
    hectáre
    .
    as,
    (Íe
    las
    que
    utilizaron
    las
    cqm¡:,añías
    11.958,348,
    produciendo
    al
    Gobi
    erno
    en
    amortizacion
    de
    su
    crédito
    11.459,514
    de
    pesos
    y
    siendo
    la
    s
    colonias
    óstablecidas
    hasta
    1888 l
    as
    siguientes:
    Oolonias.
    . . Colonqs.
    Colon
    ia
    Porfirio
    Diaz,
    establecida
    por
    el
    Gobierno
    en
    el
    Distri
    ,
    to
    de
    Ct~aú-
    tla
    Estado
    de
    llforelos
    ...........
    .. , . , . ,
    .............
    ,
    ...
    ,
    ......
    , ; , . ,
    ...
    _.,
    · · · · · .. , 115
    Colonia
    Manuel
    Gonzal
    ez;
    establecida
    por
    el
    Gobie,
    rno
    en
    el
    Canton
    de
    Huatusco,
    d el
    Estado
    de
    Veracruz
    ........
    ....
    ...
    ...
    ..
    ............
    .. .
    ......
    .....
    . .. 402
    Co
    lonia
    Cárlos
    Pacheco,
    Establecida
    pop
    EJl
    Gobierno
    en
    el
    Distrito
    de
    · ·
    (['latlanqui,
    dél
    Estado
    de
    ·
    Puebla
    ....
    : .. ,,, .
    .....
    , ...
    ........
    ......
    .
    .....
    ........
    ... .
    C
    olonia
    ,.
    Fornandez
    Lea
    l,
    establec
    ida
    por
    el
    Gob~erno
    en
    el
    Distrito
    de
    · O
    holula
    en
    el
    Estado
    de
    I'uebla
    .. .. :
    ................
    .....
    .............
    ,
    ..........
    ..
    3:o
    390
    Colonia
    Di~z G
    uti
    errez,
    ·
    establecida
    por
    el
    Gobierno
    en
    el
    Distr
    it
    .o
    Ci}1,
    L
    dad
    del
    Maíz,
    Est«do
    de
    San
    Luis
    Potosí
    ..
    . :.
    .................
    .
    .......
    ..........
    l34
    Co
    lonia
    Ser.icnltura,
    estnbiecida
    por
    el Gob,ierno e n
    el
    Di
    _stri~o
    de
    T~-
    nancingo,
    Estado
    de
    México
    ..........
    .
    .......
    ...
    ................
    .
    ..
    ..
    .....
    , ..
    ..
    ... .
    Colonia
    La
    Ascension
    ,
    estable
    ci
    da
    por
    el
    Gehi
    ¡3rno
    en
    el E
    st
    ~
    do
    ae
    ·
    Ol¡'i
    -
    huahua
    .....
    .... ..
    .....................
    ...
    ......
    ..
    ....
    ......
    .
    .......
    .. .... ..
    .........
    .....
    .
    Co
    loni
    a
    Aldana,
    est¡blecÍd:Í:
    por
    el
    Gobierno
    en
    el
    Distrito
    Federal
    .....
    .
    Co
    loni
    a
    San
    Pablo
    Hidalgo,
    estableeida
    por
    '
    el
    Gobierno
    en
    el
    Distrito
    de
    Cnautla,
    del
    Estado
    de
    Morelos.:
    .....
    ...
    ..............
    .
    ....
    .
    ...................
    . .
    C
    olonía
    San
    Vicente
    de
    Juarez,
    establecida
    por
    el
    Gobierno
    en
    el
    Distri
    -
    to
    d·e
    Ctrnutla,
    del
    Esta
    do
    .
    de
    Morelos .
    ..........................
    ... ,
    .........
    ; ... .
    Ooloni~
    San
    Rafae
    l Z
    aragoza,
    establecida
    por
    el
    Gobierno
    en
    el
    Distrito
    de
    Cuautla,
    del
    Estado
    de
    Morelos ..
    ....
    .....
    '.
    ...
    ... , .
    ....
    :
    ...............
    .
    ......
    .
    Colonia
    Jüare
    .
    z.
    establecida
    n
    el
    Estado
    de
    Chihuahua
    por
    la
    compañia
    Gómezdel
    Campo
    y socios
    ...
    .
    ................
    :
    ...
    :
    ...
    ...
    ...........................
    .. .
    Colonia
    d.e
    Tapachula,
    esta
    ·bl
    ecida
    por
    los
    Sres. ()lay
    Wise
    y
    socios
    .....
    .
    Co'l?niá ·
    cid
    del
    Leon,
    establecida
    en
    el
    Estado
    Oaxaca
    por
    el
    Sr. Da~
    me! Levy ................. .
    .........
    .
    ......
    , ...
    ..
    ........
    ...........
    ......
    ......
    .....
    ......
    .
    Colonia
    ,d.e
    Guanajuato,
    es.
    tablecida
    por
    eI"Sr.
    I,2;n
    acio
    Fr~n
    ·
    chi
    Alfaro.
    Coloni
    .a ,
    Lerdo,
    establecida
    -
    por
    el
    C.
    Guillermo
    ·A¡:1drade
    eil
    la
    márgen
    1
    izquierda
    del
    _
    Rio
    Oolorndo
    ..
    .......
    ....
    .....
    .. : .. :: .
    ...
    :
    ..........
    ..
    ...
    :
    .....
    ,
    ......
    .
    Colo.
    r;iia
    del
    Pacífico,
    establecida
    en
    la
    Baliía
    tle
    ·
    Topolobampo
    ·
    por
    los
    Sre~;
    Jhon
    ~ ·
    Rice
    y'
    ~lbert
    I~·.
    Orr~n
    ......
    : ..
    ......
    .
    ...
    ........
    ..
    ...
    ...
    ....
    .. , ..
    · · Oolpnia,s
    pptenpaientes
    á:
    la
    Oo
    r
    npañía
    Memie..ina· intarna,cional.
    Go
    loµ,ia
    Cários
    Paqh
    ,
    eco,,
    compréndi.endoJas
    tres
    .
    ciudades:
    San
    'ca~·Io~,
    .
    l¡a
    Ensenad¡i. y ·
    Runta
    Banda
    ... . ... :.:
    ..........
    , .. : ...
    ....
    .........
    .........
    , ... , .. .
    Colonia
    Rom{lro,Rubio,
    en
    San
    Qui0.tin
    .....
    .
    ......
    ,.:
    ....
    ...
    .........
    ......
    .'
    .......
    . .
    Qol9¡¡:ta
    de
    San
    Vicente
    .. :
    ...
    ,
    ....
    .'
    ....
    , .
    .......
    .":
    ..... ,:
    ............
    .
    ......
    .. ..
    ......
    .:._
    ...
    .
    ?,294
    ·111
    196
    83
    124
    650
    93
    ,.
    10
    37
    190
    ·95
    735
    60
    .138
    ----
    Sm;na
    ...
    .. .
    6,3
    .19
    . ,
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    1,77-0
    .•
    Total.
    ....
    ;r 6,319
    DERECHO
    MERCANTIL
    MEXICANO.
    197
    acultad para legislae en materias mercantiles de crédito público y
    de minas; expidió los Códigos respectivos y
    la
    ley de 6 de
    Jnuio
    e
    1887, conce<
    liernl:o
    grandes franquicias á la
    industria
    minera., autori-
    zanüo al Ejecutivo
    para
    celebrar ~ontratos
    Je
    concesion
    de
    vastas
    zonas mineras, con objeto de
    atraer
    el capital extranjer.o y favorecer
    el desarrollo
    ele
    esa industria; expidió antnceles ,en relacion con las
    franquicias concedidas por las anteriores leyes; y finalmente1 ann
    sa-
    liéndose del rigorismo constitucional, conceclió franquicias y privi-
    legios á los e~tablecimierrtos bancarios y fomentó la creacion de otros
    establecimientos de crédito, de
    lo
    s cuales algunos no
    han
    prosperado,
    pero otros funcionan activamente, como puede verse en lo que dire-
    mos en
    el
    siguiente libro.
    129.
    El res'nltado, debido en
    parte
    á ~stas dfaposicioncs, pues muy
    principalméhte se debe á los catorce años
    ele
    · completa
    paz
    en
    que
    ha
    vivido
    el
    país, no Sti
    ha
    hecho esperar mucho tiempo: los capi-
    tales extránjeros -
    han
    venido ·
    {1
    bqscar colocacion en indus
    trias
    ferro-
    carrilerás, mineras y
    aun
    agrícolas: los valores fidnciaribs del créfli-
    to nacional y de las diversas empresas bancarias, industriales y de, .
    otras sociedacles anónimas,
    so
    n cotizados ventajosamente ,en el ex-.
    tranjero; los procluctos de las rentas públicas
    han
    aumentado consi-
    derablemente; el movimiento de importac1ones y exportaciones,
    so-
    bre todo e'stas últimas
    han
    s1.1biclo
    notable~ente; y por
    t1ltin'lo,
    es ya
    casi próbábl()
    qu
    e-
    se
    resuelva el problema del equi!i:lJrio
    entre
    los in-
    gresos y los egresos, que
    ha
    si-do
    el torinento driránte
    mis
    ele
    oincuen-
    . ' '
    ta
    años de
    to.dos
    nuestros financieros, así como tambien-se resolverá el
    dificilísimo problema de unificar-en
    tod-os
    los Estados
    'los
    im_puestos
    inclirectos al comercio.
    Para
    mejor-comprendér tódos estos resulta-
    dos, remitimos .á nuestros lectore·s al siguiente libro en que damos á
    conocer toda la legislacion vigente en materia
    de
    derecho público
    mercantil; pero como
    imela
    refleja mejor laº situacion económica, de
    mi país que
    la
    estadística comparada, insertamos á
    co
    ntinu,acion los
    datos más sustanciales que servirán de resúmen y uomprobacion á
    todos los conceptos que hemos emitido en este capítulo.
    Presupuestos 6 gastos.
    De
    1821 á 1867 los presupuestos de gastos federales no alcanza-
    ban
    mayor cifra de 18 millones de pesos; pero · aquí en los úl ti-
    mos años el aumento creciente de los gastos ó rentas consideradas
    en
    lo
    s presupuestos legales:
    198
    JACINTO
    PALLARES.
    ' . .
    CUADRO
    estadístico que
    manifi
    es
    ta los ingresos que
    1868 á
    1889,
    segun los datos ministr.ados
    por
    --
    INGR
    EJERUICIOS FISCALES.
    Aduanas
    m
    arít
    ima
    s
    Renta
    del
    timbre.
    y
    front
    fr
    i
    zas
    .
    1868 á 1869 . .
    ....
    .
    ...........
    9.160,685 06 1.894,141 78
    1869
    ,,
    1870
    ..................
    8.510,531
    66
    1.897,893 77
    1870
    ,,
    1871 .
    ....
    ........
    ..
    . ·
    ..
    10.884,953
    72
    2.001,227 35
    187.1
    ,,
    1872
    ...
    .........
    ..
    ....
    9.062,771
    25
    1.877,630 21
    1872
    ,,
    1873 .
    ..........
    !
    ......
    9,244,204
    67
    2.222,501 45
    \ ·
    1873,,
    1874
    ..................
    11.509.,548 53 2.28
    8,544,
    25
    · 187 4
    ,,
    1875
    ................
    ~
    . 10.126, 143 54. 2.466,754 37
    1875
    ,,
    1876
    ..
    ...
    ·
    .-
    ..
    .
    ....
    .....
    9.177,786 32 2.143,294
    77_
    1876
    ,,
    1877 ;
    .............
    . ;
    ..
    9.319,673 30 1.783,135 81
    1877
    ,,
    1878
    .........
    : . . .
    ...
    . . 13.449,850
    3Q
    2.913,866 78
    187~
    ,,
    · 1879
    .................
    : 10.464
    ,6
    77
    26 3.003,146 60
    1879
    ,,
    1880
    ........
    .
    ......
    ..
    12.754,517
    ··
    53 3.847,990
    32
    1880
    ,,
    J 881· .
    ......
    ....
    ....
    ..
    -14.462,213 ·
    77
    3.678,722 ·43
    1881
    ,,
    1882
    ..
    -'
    ......
    "
    .....
    : _,. 18.030,436 22 4.308,951 34
    1882
    ,,
    1883
    ............
    ..
    ...
    '.
    19.119,726 20
    ¿1.583,Q90
    75
    1883,,
    1884
    ...
    : . . .
    ..
    '.
    ..
    ,
    ...
    _;_ 16.776,304 52 · ~.985,281 09
    1884
    ,,
    1885
    ..............
    .'
    ...
    15.555,254 02 5.720,641 · 94
    1885
    ,,
    18"86-
    ..................
    15,480,374
    77
    5.434,132 -85
    ·
    1886,,
    1887
    .....•
    ...
    ·
    ...
    .
    ..
    ...
    17,539,547 39 5.801,014
    54
    1887
    ,,
    1888 . .
    .....
    :
    ..
    .
    ....
    ...
    19.675,422
    66
    6.4-14,
    429
    16
    1888,, ,1889
    .........
    .
    ..
    ·,
    ...•.
    19.973;340'
    61
    7.5~7,612 · 94
    Totales
    ....
    .
    ...
    ..
    .......
    }
    280.27~963
    . . 1 .
    4¿0
    75
    .814,004 1~50
    \
    ( .
    /
    DERECHO
    l\'IERCAN'rIL lYiEXICANO. 199
    '
    ...
    ha
    tenido el Tesoro Federal, en
    e?
    período de
    la Seccion 4
    <::>
    de la Secretaría de Hacien_da.
    \
    ESOS .
    . -
    Administracion
    Contribuciones.
    principaldeR
    entas
    Ramo5 diversos. TOTAL.
    directas.
    del
    Di
    s
    tritoF
    edera\
    y
    Territorio
    s.
    658,514
    34
    1.417,174 78 1.751,850
    22
    14.882,366 18
    485,4
    51
    73 - 1.312,859 24 1.471,505 19 13.678,241 59
    502,146
    64
    · 1.381,284 64 1.264,037 36 16.033,649
    71
    471,228 78
    l.3
    8
    1,6f>O
    41 2.491,763 53
    15.2
    85,044 .
    18
    477,654 75 1.208,288
    94
    .2.586,590 .
    13
    15.739,239 94
    524,494 76 1.259,335
    10
    2.318,233 46 17.900,
    156
    1(1
    531,149 69 1.266,338
    5()
    3.207,530 16
    17
    .507,916 2(i
    1.350,705
    56
    1:089,692 29 .'1.504,749 99
    17
    26B,
    .228
    93
    1.957,9'18 55 926,826 .S8 4.421,219 26
    18
    .408,803
    8(
    538,300 09 1.120,473 38 1.750,147 53 19.772,638 n
    559,217
    21
    1.018,483 95 2.765,599
    94
    17.811,124 96
    592,688 48 1.175,883
    S2
    2.752,957 33 21.124,037 53
    630,680 04 1.187,696 34 3.213,411
    00
    23,172,723 58
    680,558 85 1 .334,396
    41
    3.924,627 73 28.278,970 5 5
    758,515 90 1.468,470 20 4.759,980 73 30.689,783 78
    829,895
    13
    2
    .1
    49,225 06 4.544,222
    15
    28.284;927 9 5
    1.092,667 58
    1.
    472,367 72 3.388,797 87 27.229,729 13
    1.187,0 14 71 1.553,661 73 3.115,689 66 26.770,873 7~
    1.
    22
    7,
    381
    17
    1.591,948
    87
    2.551, 925 03
    28
    .711,817 00
    1.
    247.760 82 1.290,393
    36
    3.663,393 62 32.321,399 62
    1.
    334,032
    41
    1.803,244 39 2.117,751 4 1 32.745,981 76
    17.638,007 19 28.409,696 1 01
    6
    1.
    ~6?,983 30 463. 705,
    654
    40
    '
    \
    200 J.!.
    CINT
    O
    PALLAR
    ES
    .
    En
    cuanto
    á,
    los presupuestos
    de
    l
    as
    ,
    dem
    as
    entidades
    de la
    fede-
    racion, aquí los datos
    relativ
    os
    al
    año
    el
    e
    18
    4 (t 1885, por
    no
    te-
    nerlos auténticos de fecha posterior,
    no
    figuran
    do
    los
    EstMlos
    de
    Guanajuato, San Luis Potosí y
    Zacat
    ecas
    , c
    uyo
    pres
    upuestos pue-
    den calculars(J en dos millones de pesos:
    Estados
    [e
    gresos
    . Egresos.
    Aguascalientes
    ....
    .
    ...........
    ..
    ....
    $ 9 078 $
    10,270
    Campeche .
    .........................
    .
    2,111
    8,
    697
    Coahuila
    ....
    ......
    .................
    .
    53,342
    67,313
    ·Colima
    ......
    .
    ..
    ·
    .......
    .
    ..
    ......
    ...•.
    8,753
    6,8
    05
    Chiapas
    .....
    ..........
    ...
    ...........
    .
    19,295
    21,
    240
    Chihuahua .
    .....
    .
    ....
    ..
    .
    ..
    ...
    ;
    .....
    ·
    ..
    1 4
    5,617
    82,337
    Durango .
    ...
    ....
    ,
    .....
    .
    ...........
    .
    14,885
    18,274
    Guerrero
    ...
    .
    ..........
    ;
    ..
    .
    ......
    .
    ...
    .
    Hidalgo .
    ..........
    ...
    ..............
    . 6<5,092
    77,0
    50
    47
    956 7
    3,
    618
    Jalisco
    .......
    ..........
    ............
    .
    564
    ,433
    631,363
    México
    ..
    ........................
    ...
    .
    43
    ,094
    43
    ,
    094
    Michoacan
    ..........................
    .
    197,
    66
    197
    ,
    665
    Morelos
    ...............................
    .
    99
    ,209
    95,594
    Nuevo Leon
    .......
    . ·
    ................
    _
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    .
    En
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    DERECHO
    MEl.W.A.NTIL
    MEXICANO.
    201
    1
    V
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    FISCAL DE LA PROPIEDAD.
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    ESTADOS.
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    ..
    .
    ..
    552,509 691,286 1.243,795
    Colima
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    1.
    660,905 1.674,561 3.335,466
    Coahuila
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    2.682,496 7.037,300 9.719,79.6
    Chih
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    ...
    . . . 1.846,730 3.507,000 • 5 .353,730
    Ch
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    _ .... 2.653,331, 4.404,548 7.057,879
    Guanajuato
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    . _ . 9.665,977 20.405,659 30.071,636
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    . _ . 1.993,712 . 11.503,400' 13.497,112 .
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    ......
    . _
    ....
    __
    . 2.559,311 11.82
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    · 14.384,737
    Jalisco
    ....
    ..
    .......
    . . . 21.404,529 33.052,342 54.456,871
    México
    ..
    ......
    .
    ..•....
    4.444,651 18.946,445
    23
    .391,096
    Michoacan
    ..
    ..
    .........
    8.381,994 15~733,201 24.115,195
    Morelos
    .....
    ...
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    _. _.
    _.
    1.0M,059 4.193,315 5.257,374
    Nuevo
    Leon
    ........
    __
    . 5.029,463 4.555,327 9.584,790
    Ü'J.xaca
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    ..
    ..
    ...
    6.178,534 5.562,766 11,741,300
    Puebla
    ....
    .......
    ·
    ..
    . . . ]5.411,678 14.,609,866 30.021,544
    Querétaro
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    ..
    . . .
    ..
    .
    ..
    5.686,547 5.760,000- 11.446,547
    San
    Luis
    Potosí.
    .......
    5.625,608 7.928,04S 13.553,650
    Sinaloa
    ......
    .
    ......
    •. 3.530,226 2.478,656 6.008,882
    S-onora ..
    ............
    _.
    2.350,600 4.872;900
    7.
    223,500
    Tabasco
    .......
    ........
    1.622,490 2
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    !68,785 4,591,275
    Tamaulipae
    ..•.
    ..
    ......
    4.264,665
    1.
    950,270 6.214,935
    Tl
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    . .
    .....
    .....
    ..
    1.957,026 5.088,690 7.045,716
    Veracruz
    ...
    ..
    •.....
    ..
    32.561,926 . '15.276,652 47.838,,578
    YuMtan
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    .
    ...
    ...
    · 2.500,000 ' 2.874,508 5.
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    acatecas
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    5.774,416 9.841,235 15
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    101
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    lifornia
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    . 459,326 3.896,200 4.355,526 .
    Territorio
    de Tepic
    .....
    2.354,800 . 2.817,580 5.172,380
    Totales
    ...
    ...
    .
    _.
    $258.403,185 237.669,173
    49($
    ,072,358
    \
    / .
    Respecto
    de
    productos
    de
    aduanas
    exteriores,
    aquí
    los
    datos
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    .
    1801.
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    1802
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    .
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    .
    1805 .
    ....
    .
    ..
    .. .
    1806
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    .
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    . . .
    180$
    .....
    ....
    .
    1809
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    .
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    ...
    .
    .....
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    ..
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    ..
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    ......
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    1815
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    ..
    1816
    ......
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    1817
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    .
    1818 . .
    ..
    .....
    .
    1819
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    .
    1820 .
    ..
    . .
    ....
    .
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    IM
    PORTACION.
    NACIONAL.
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    1.407,253 392,482
    3.834,398 1.67G,036
    1.963,577 1.224,417
    1.647,473 371,229
    11.fí39,219 8:851,640
    10.614,803 7.878,486
    10.412,324 4.493,736
    1.
    514,473 574,963
    1.825,579 327,295
    3.662,053 694,032 .
    2.367
    ,5
    38 655,646
    10.252,698 6,914,607
    10.806,38f 6,366,846
    5.200,413 4.970,419
    2.616,718 1.336,673
    3.241,439
    ·,
    · 2 .353,665
    2,060,123 5,882,180
    3.
    080,
    37
    5 5. 758,261
    2,748,294 4
    .7
    93,276
    2,398,825 2,109,956
    1.794,658 751,179
    3.693,923 2.464,256
    5.068,856 4,462,140
    6.549,825 $ 5,453
    ,8
    34
    520,472 9,604
    1.799,735 1.104,177
    5.510,434 .
    2.'744
    ,6
    47
    3.187,994 4.197,946
    2,018,702 274,882
    20.390,859 25.564,57 4
    18.493,289 7.498,759
    14.906.060 14.275,420
    2.089,
    43G
    10,200
    2:152,874
    ..
    .....
    ...
    .
    4.356,085
    ...
    .
    ..
    .
    ..
    . .
    3.023,184 4
    .4
    20,488.
    17.167,305 16.33~,812
    l'.7.1
    43,230 9.446,943
    10.170,832 6.227,250
    3.983,39] 3.722,230
    5.595,104 · . 9.237,454
    7.942,303 7.240,921
    8.838,636 4.3,26,207
    7.541,570 3.556,247
    4.508,781
    5.ll3
    ,194
    2.545,837 2.271,949
    6.15
    8,
    179 4.552,765
    9.
    530,996 7.305,678
    $1
    07.779,800 $ 78.345,313$186.125,113 $
    14
    4.894,181
    DEREQHO
    l\'IERCANTIL MEXICANO . 203
    .
    DE
    ESPAÑA
    puerto
    de Veracruz con los
    de
    España
    en
    los
    25
    años
    · ereccion del Consulado de Veracruz, hasta el de
    1820
    EXPORTACION.
    '
    GRANA
    .
    SU
    VALOR,
    1
    AZÚCAR,
    1
    SU
    VALOR,
    1
    OTROS
    .
    FRUTOS,
    TOTAL.
    '
    @)
    6,112$
    439,6091
    @ 346,361 $1.347,231 $ 63,659$ 7.304,333
    $38 54,471 60,835 ,159 ,834 14,7±1 238;650
    12,220 804,903
    79
    ,568 212,691 108,588 2.230,351)
    40,602
    2,703,471 150,881 479,062 384,290 . 6.311,470
    5,150 379,256 87,570 287,277 331,587 5.196,066
    3,848 '298,258 9,148 25,157 229,04
    .5
    827,342
    43,277 3.303,470 43f,867 1.454,340 3.543,935 33,866,219
    27,25
    1 2,191,399 483,914 1.495,056 831,858 12.017,072
    11,737 I.220,193
    ..,,
    381,509 1.097,305 1.440,253 18.033,371
    . . . . --...... --
    ....
    -
    ...
    .
    ...
    ................ -
    ....
    --
    .. ..
    ..
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    --
    10,200
    4,254
    42i'j,40Q
    25,857 µ4,624 312,
    99J
    803,037
    2,823 282,300 5,288 13,220 317.213 612,733
    7,374 737 400 lH,917 39,834 719,259 5.916,981
    ..
    ·'
    21,560 2.587,200 241,246 482,492 2.416,722 . 21.825,226
    20,415 2,449,800 119,726 269,383 629,887 12.796,orn
    11,215 1.211 ,220 95,016 237,540 401,322 8.077,332
    7,664 766,400 ' 12,236 30,575 '122,451 4.641,656
    6',38'1
    724,080 . 7,657 19,142 . 56,730 10.037,406
    2,993 959,160 ....... -
    ..
    --
    ...
    --
    ......
    --
    . 122
    ,3
    05 8.322,386
    21¡006 2.520,720 ................ -
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    : 325,190 ' 7.172,117
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    . 1.476,420
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    -........
    --
    -----
    --
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    1.903,200 ...............
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    4,961 . 545,710 -
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    -
    --
    ..........
    ..
    --
    -......... 18,505 2.836,163
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    ....
    -
    ---
    ..
    81,214 7:064,827
    15,956 01.675,380 7,100 24,850 . 366,064 9.371;972
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    415:$32.090,268:@2.565
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    731¡$13.129,
    117,$197.853,297
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