Derecho internacional y derecho nacional en materia de seguridad aérea

AutorCintia Yaryura
CargoAbogada especializada en derecho aeronáutico y espacial.
Páginas475-514
[475]
Derecho internacional y derecho nacional
en materia de seguridad aérea
Cintia฀Yaryura*
La protección de la aviación civil contra amenazas
delictivas y de terroristas continúa siendo un
desafío importante para todas las autoridades de
aviación civil. Los sucesos del 11 de septiembre
de 2001, que minaron la confianza de los usuarios
del transporte aéreo, han tenido consecuencias
desastrosas en esa industria, por lo que se requiere
una respuesta acorde. La seguridad de la aviación
es un objetivo que compete a toda la comunidad
internacional, por lo cual se advierte la necesidad
de que los Estados, organizaciones internacionales
y los asociados de carácter público y privado de
la aviación civil internacional contribuyan con el
ente de financiación internacional para la seguridad
aeronáutica –IFFAS–, creado por el Consejo de la
OACI. Cabe a la OACI seguir desempeñando un
papel de liderazgo en la elaboración de estrategias
mundiales para la reglamentación y vigilancia de
la seguridad y la protección de la aviación. Los
cambios normativos y operacionales del transporte
aéreo internacional exige la elaboración de nuevos
métodos reglamentarios capaces de adaptarse a
los cambios y afrontar las nuevas circunstancias
imperantes. La adopción de medidas que
garanticen que el sistema que regula la seguridad
y la protección de la aviación existente continúe
funcionando de manera eficaz requiere de la
cooperación internacional y de los esfuerzos de
todos los Estados contratantes, de los organismos
regionales de aviación y de todos los que participan
de un modo u otro en la industria de la aviación.
The protection of civil aviation against criminal
threats and from terrorists continue as an important
challenge for the authorities into the civil aviation.
The events on september 11th 2001, were a reason
to confuse the users. As a result of it most of them
lost confidence in reference to the aerial transport,
it has had terrible consequences into the industry,
therefore it needs an answer in agreement.
The aeronautical safety is a concern which
belongs to the entire international community,
because of which is a warning for the states,
the international organizations and the people
related from a public or private character inside
the international civil aviation, to contribute
with the financial international oddity to get the
aeronautical safety –IFFAS–, created
by the OACIS´s cabinet.
Belongs to the OACI to keep holding a leadership
role, in making the world-wide strategies
for regulations and keeping a eye on safety to
protect the aviation. The decreed and operative
changes into this subject demands new
regulations able to be adapted and face
imperant circumstances.
The adquisition of different rules which are the
guarantee to be continued in a right way protecting
the today´s aviation through a safety manner,
requesting an International cooperation and the
big effort of the involved states, also the regional
organizations and from all of those in or out
of this matter in any way.
* Abogada especializada en derecho aeronáutico y espacial.
Sección Artículos de Investigación
476 alegatos, núm. 61, México, septiembre/diciembre de 2005
1. Introducción
El problema de la seguridad de la aviación civil ha adquirido singular relevancia para
la Organización de Aviación Civil Internacional –OACI y para los Estados que la
integran.
La seguridad presenta, en la aviación, aspectos especiales si se consideran los ries-
gos y daños que ella puede producir, y se toman en cuenta sus características esencia-
les como son la penetrabilidad, la velocidad y la internacionalidad.1
La seguridad constituye el más elemental objetivo de la navegación aérea; por tan-
to, los Estados deben lograr el más alto grado de uniformidad en sus reglamentacio-
nes, normas y procedimientos, justificándose así la adopción de medidas de seguridad
en toda la industria aeronáutica.
La seguridad en la aviación civil está vinculada con la operación de las aeronaves
en el espacio aéreo, con las operaciones aeroportuarias como medidas normales que
existen en todas las terminales aéreas, medidas de emergencia tendientes a enfrentar
y resolver los diferentes tipos de accidentes de aviación, o los atentados que puedan
producirse en los mismos y las medidas de contingencia referidas a las medidas de
seguridad complementarias que son necesarias para enfrentar niveles de amenaza
más elevados.
Puede afirmarse que la seguridad aérea incide permanentemente en todo cuanto se
relaciona directa o indirectamente con la operación de vuelo, pudiéndose establecer
las siguientes áreas:2
1. Antes del vuelo, que pueden ser: a) de carácter general; b) los que concretamen-
te afectan a un vuelo determinado.
2. Durante el vuelo: a) las que afectan al material; b) las que se refieren a las
personas; c) las que apoyan y protegen el vuelo; d) las que afectan a las instala-
ciones fijas.
SUMARIO: 1. Introducción. 2. Las normas internacionales relativas a la seguridad. 3. El Convenio
de Chicago de 1944. 4. Anexo 14. 5. Anexo 17. 6. Manual de Seguridad para la Protección
de la Aviación. 7. Manual de Planificación de Emergencia en los Aeropuertos. 8. Convenio de Tokio de 1963.
9. Convenio de La Haya de 1970. 10. Convenio de Montreal de 1971. 11. Protocolo de Montreal de 1988.
12. Convenio de Montreal de 1991. 13. Liberalización y reglamentación en la seguridad y la protección de la
aviación. 14. Quinta Conferencia Mundial de Transporte Aéreo. 15. Security. 16. Safety. 17. Documentos
de Viaje de Lectura Mecánica. 18. Prevención del terrorismo y narcotráfico. 19. Conclusiones. Bibliografía
1 Héctor Perucchi, Interceptación de Aeronaves Civiles. Libro XIII, Jornadas Nacionales de Derecho Aero-
náutico y Espacial, Mar del Plata, República Argentina, 1986.
2 Luis Tapia Salinas y Enrique Mapelli, Ensayo para un Diccionario de Derecho Aeronáutico. Instituto Ibe-
roamericano de Derecho Aeronáutico, del Espacio y de la Aviación Comercial, Madrid, 1991, pp. 121 y ss.
Derecho internacional y derecho nacional..., pp. 475-514
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A partir del año 2001 la actividad aeronáutica sufrió una importante caída tanto en
la frecuencia de vuelos como en el volumen de pasajeros transportados. A partir de
los actos terroristas del 11 de septiembre de 2001, la situación se agravó de manera
considerable, colocando a la actividad aérea en crisis internacional, sumándose el in-
cremento en el costo de los seguros y los combustibles. Cabe destacar que todas estas
circunstancias inciden gravemente en la seguridad aérea en general.
En Latinoamérica y particularmente en la República Argentina los concursos de
empresas aerocomerciales de cabotaje, la disminución del tráfico y los efectos de la
situación de emergencia económica incrementaron la relevancia de las cuestiones
relativas a la seguridad aérea.
2. Las normas internacionales relativas a la seguridad
Por las razones previamente señaladas los países que suscribieron el Convenio de
Aviación Civil Internacional –Chicago, 1944– resolvieron incluir en ese acuerdo nor-
mas relativas a la seguridad.
Existen, además, 18 anexos que complementan el Convenio de Chicago y que
han sido adoptados por los Estados relacionados con la seguridad y que actúan como
orientadores de las reglamentaciones nacionales.
Con el objeto de cumplir y hacer efectiva la normativa internacional, se han origi-
nado diversos instrumentos internacionales a los efectos de reprimir faltas y delitos y,
asimismo, adoptar medidas precautorias; esos convenios son:
Convenio sobre infracciones y ciertos otros actos cometidos a bordo de aerona-
ves, Tokio de 1963;
– Convenio para la represión del apoderamiento ilícito de aeronaves, La Haya de
1970;
Convenio para la Represión de Actos Ilícitos contra la Seguridad de la Aviación
Civil, Montreal de 1971;
– Protocolo de Montreal de 1988 sobre Actos de Violencia en los Aeropuertos; y
– Convenio sobre Marcación de Explosivos Plásticos para los Fines de Detec-
ción, Montreal de 1991.
Entre los anexos citados cabe destacar, por su relación con el tema en análisis,
el 14 referido a aeródromos y el 17 relativo a seguridad. Son complementarios de
estos anexos los Manuales sobre Seguridad para la Protección de la Aviación Civil
contra los Actos de Interferencia Ilícita y el de Planificación de Emergencia en los
Aeropuertos.

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