El derecho comercial de cara al siglo XXI (de su atormentada coexistencia con el derecho administrataivo)

AutorJosé A. Ferro-Astray
CargoCatedrático por oposición de Derecho Comercial, en la Universidad de la República (Montevideo-Uruguay).
Páginas1-18
El derecho comercial..., pp. 000-000
1
alegatos, Núm. 56, México, enero/abril de 2004
La prospectiva del derecho comercial contemporáneo
recuerda sus concepciones históricas, que transitan de
un derecho de privilegio (medieval) a un derecho libre
(liberal burgués), y de una concepción objetiva (acto de
comercio) a una subjetiva (derecho de la empresa).
Amenazado otrora por la expansión de la norma civil,
tuvo después que defenderse del impacto del nuevo
derecho económico. Del entrecruzamiento de estos
criterios parecen darse un advenimiento del Estado
como heredero de la concentración industrial y un
avance del movimiento obrero hacia la cogestión de los
trabajadores; complementariamente, otra visión apunta
que el estatismo sólo implica la tecnocrática sustitución
en la dirigencia por una nueva burguesía, “capitalista
colectivo ideal”, defensora no de capitalistas
particulares sino de los intereses generales de su clase.
Instrumentalmente ello se funcionaliza mediante las
“invenciones” de las sociedades de responsabilidad
limitada y la personalidad jurídica de las sociedades,
máscaras de la hegemonía de los ejecutivos y de la
ajenidad de los accionistas.
Tanto la perspectiva conservadora como la perspectiva
socialdemócrata denuncian la crisis estructural de una
empresa privada únicamente legitimada por su utilidad
social, crisis que es sólo una dimensión de la crisis del
capitalismo. En ésta, socialización y privatización
conllevan una tormentosa relación en la cual el
derecho comercial coexiste con la actuación de la
administración pública. La búsqueda de su equilibrio es
el reto de los comercialistas del siglo XXI [L.C.P.].
**Catedrático por oposición de Derecho Comercial, en la Universidad
de la República (Montevideo-Uruguay).
**Tomado de una reciente versión teológica inglesa de los primeros
versículos bíblicos del Padre Nuestro [Our Father], versión que
sencillamente redondea la eternidad como atributo de la divinidad
El derecho comercial de cara al siglo XXI
(De su atormentada coexistencia
con el Derecho Administrativo)
José A. Ferro-Astray*
Our Father,
allmächtig and eternal,
God of the World coming;...**
del Padre, con dos acotaciones: primera, adjetivando al Padre como
todopoderoso (allmächtig) y eterno (eternal); y, segunda, enfatizando
su existencia, no sólo en el pasado y en el presente, sino presidien-
do en cuanto Dios (God) el devenir del universo (of the World
coming).
As the conserving perpective and the social
democrat perpective denounce the estructural cirsis
of privet company just legitimated by its social
utility, crisis that is just a dimesnion
of the capitalisism crisis. This socialization
and privatisation involve a stormy relation,
where comercial rigth exist at the same
with the public administration action.
The serch of balence is the chalenge
of the dealers in XXI century.
alegatos, Núm. 56, México, enero/abril de 2004
Sección Doctrina
2
**Cfr., en la reciente doctrina jurídica latinoamericana, respecto de
esta presencia del Padre Eterno en el devenir histórico de la Huma-
nidad, las precisiones de Cortiñas-Peláez, León, Poder ejecutivo y
función jurisdiccional (Contribución de derecho constitucional
comparado al estudio del Estado autoritario: del ocaso de la Justi-
cia en América Latina), 3a. ed., Santa Fe de Bogotá: Temis, “Prólo-
gos” por Enrique Giles-Alcántara y Eduardo García de Enterría,
“Estudio preliminar” por Ana María Trueba-Sánchez, 2003, LVIII +
342 pp., esp. pp. 281-284.
**Edición actualizada del original del maestro ríoplatense; sumario,
bibliografía, epígrafes, resumen y todas las anotaciones subpaginales,
por León Cortiñas-Peláez, investigador nacional de México; profe-
sor-investigador, por oposiciones abiertas de carrera, en la Universi-
dad Autónoma Metropolitana / Azcapotzalco y en la Universidad
Nacional Autónoma de México.
01Tena, Felipe de Jesús, Derecho mercantil mexicano, 19ª ed., Ciudad
de México: Porrúa Hnos., S.A., 2001, 607 pp.
02Cfr. Ehmke, Horst, Wirtschaft und Verfassung. Die Verfassung-
srechtsprechung des Supreme Court zur Wirtschaftsregulierung
[Economía y Constitución. La jurisprudencia constitucional de la
Suprema Corte de los Estados Unidos de América en materia de
regulación económica], Karlsruhe: C. F. Müller, 1961, 829 pp.
03Ortiz-García, Mercedes, “Gobernanza y sostenibilidad”, Madrid,
Revista de estudios de la administración local, núm. 289, mayo-ag.
2002, pp. 91-139.
SUMARIO:** I. Introducción. 1. Evocación de los grandes comercialistas en la doctrina comparada. /
II. Las nociones-claves clásicas. 2. Concepción y nacimiento. 3. Comerciante y acto de comercio. 4. Una nueva
subjetividad: La empresa. 5. Un derecho atormentado. 6. Autonomía comercial e invasión de la economía. 7. Del derecho
de la empresa y nuevas formas de contratación. 8. Fenomenología avasallante y necesaria normatividad. / III. Una
perspectiva conservadora. 9. El presente: El diagnóstico de la doctrina española. 10. La empresa:1 actor principal
pero acotado. 11. Colisión de normas jurídicas privadas y públicas. 12. Del heroísmo de la libre empresa.
13. Descomposición capitalista y solidaridad económica. 14. Estatismo empresarial y cogestión de los trabajadores. /
IV. Una perspectiva social-demócrata. 15. Una invalorable observación de la realidad histórica. 16. Convergencia
de liberalismo e intervencionismo.2 17. La burguesía dirige el intervencionismo. 18. Del Estado-empresario en el derecho
capitalista. 19. Estado capitalista y derecho de clase. 20. El gran instrumento: La sociedad anónima, personificada
y de responsabilidad limitada. 21. Personalidad jurídica y función ideológica. 22. Clase dominante y clase parasitaria.
23. La evolución: De la soberanía de asamblea a la administración ejecutiva. 24. Del agotamiento de la empresa
capitalista: Reforma financiera y programación democrática. / V. Una convergencia notable. 25. Diagnóstico
y pronóstico: La economía aún sin respuesta del derecho. 26. Legitimidad de la empresa privada: Sólo funcionalizada para
la utilidad social. 27. De la riqueza como fin: Lo comercial domina lo civil. 28. Parteaguas: Del derecho comercial nuevo
a la relación conflictiva en sede política. / VI. Algunas conclusiones algo provisorias. 29. Una crisis radical del derecho
capitalista. 30. Comercialización del derecho civil. 31. Solución de política y economía: Posterioridad del derecho.
32. Una socialización variada y diversa. 33. Privatización y gravitación del Estado. 34. El nuevo derecho económico:
Respuesta del derecho al reto de la economía. 35. Transformación y avance ético. VII. Vaivenes contradictorios del siglo
veinte. 36. La revolución silenciosa: De la socialización a la privatización. 37. La reversión de la presunta socialización
del derecho comercial. 38. Las recientes privatizaciones al margen de una ideología política: Costo/eficacia. 39. Una
recepción administrativista: A comienzos del siglo XX. 40. El reflujo: Hacia la privatización. / VIII. Tormentos del
derecho comercial 41. Comercial, un derecho atormentado. 42. El auge actual del hipercapitalismo. 43. Grietas del
sistema dominante. 44. La renovada misión del derecho comercial: Recomposición del desequilibrio. 45. Dos logros del
siglo XX. 46. El meollo secreto del siglo XXI. 47. Hacia la coexistencia de actuaciones públicas y privadas.3
48. Equilibrio de privatización y administración pública. / IX. Aparato crítico.
49. Bibliografía y hemerografía consideradas
I.Introducción
1. Evocación de los grandes comercialistas
en la doctrina comparada
Nos proponemos referirnos a los nuevos y pros-
pectivos lineamientos del Derecho Comercial, hoy
entrecruzado con el Derecho Administrativo. El tema
es más que apasionante, pero desde ya, casi lo consi-
deramos superior a nuestra capacidad de síntesis y
alertamos sobre la eventual imposibilidad de consi-
derarlo de manera medianamente exitosa. En ver-
dad, se trata de algo así como de un nuevo lecho de
Procusto o de recrear la parábola del niño que san
Agustín relataba, sobre la pretensión infantil de vol-
car en un hueco de arena toda el agua del mar. Pero
más que invocar a un santo, o a todos ellos si fuera
posible, parece más adecuado evocar, por mi parte,
a alguno de los grandes maestros del Derecho Co-
mercial, hoy flanqueados por distinguidos
administrativistas, que han intentado y a veces lo-
grado, afrontar parecido desafío.4
II.Las nociones-claves clásicas
2. Concepción y nacimiento
Tal como modernamente lo concebimos, nace el
Derecho Comercial en los primeros años del siglo
XIX, con la sanción del Código de Comercio fran-
cés del año 1807.5 Pero, en realidad, el derecho del
comercio había comenzado ya en la época medie-
04Entre otros, Vivante, Mossa, Garrigues, Ripert, Harlow, Hazell,
Jowell, Rawlings, Craig, Broseta Pont, Barrera-Graf, Galgano,
Cortiñas-Peláez, Sebastián M.-Retortillo, Rodríguez-Arana, Pina-
Vara, Tena, Solá-Cañizares, etcétera.
05Pina-Vara, Rafael de, “Conferencia ante el primer centenario del
Código de Comercio de México”, en Pina-Vara, Rafael de, Elemen-
tos de derecho mercantil mexicano, 26a. ed., ciudad de México,
Porrúa Hnos. S. A., 1998, XXVIII + 571 pp., esp. pp. 543-550.

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