El derecho de acceso a la información pública. La ineficacia de su ejercicio en México

AutorTeresa Dolz Ramos
CargoActualmente cursa el Doctorado Interinstitucional en Derechos Humanos en la Universidad de Guanajuato
Páginas21-39
Ciencia Jurídica
Universidad de Guanajuato
División de Derecho, Política y Gobierno
Departamento de Derecho
Año , núm. 
P. 
Fecha de recepción: 17 de febrero de 2020
Fecha de aprobación: 9 de junio 2020
Esta obra está bajo una Licencia Creative Commons Atribución-NoComercial-SinDerivados International, DDPG-UGTO
EL DERECHO DE ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA.
LA INEFICACIA DE SU EJERCICIO EN MÉXICO
e Right of Access to Public Information. e Ineciency of Its Exercise in Mexico
Teresa DOLZ RAMOS*
Sumario:
I. Denición del acceso a la información II. Su reconocimiento como derecho humano en instrumentos
internacionales III. Su reconocimiento en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos IV.
La reglamentación de su ejercicio en la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública
V. Importancia del derecho de acceso a la información VI. Conclusiones VII. Fuentes
Resumen: Dada su importancia, el eje rcicio efectivo del derecho humano de ac ceso a la información
ha sido considerado como in strumento efectivo para promover la participación ciudadana y
contribuir a la gobernab ilidad democrática.
Palabras clave: derechos humanos, acceso a la información, participación ciudadana,
gobernabilidad democrática.
Abstract: Given its importance, the eective exercise of the human right of access to information
has been conside red as an eective instrument to promote citiz en participation and thus contribute
to democratic governance .
Keywords: human rights, access to infor mation, citizen participation, demo cratic governance.
I. Denición del acces o a la información
Desde hace más de una década el vocablo transparencia ha sido incluido en el léxico cotidiano
de la población que pretende, con el mismo, calicar un hecho como algo que se hace abierta-
mente a una persona como quien actúa sin ocultar nada, calicativo del que no han quedado
exentas las acciones de gobierno. En ese sentido, si bien no existe una denición para dicho tér-
mino, para mejor comprensión de lo anterior partimos de la que al respecto nos brinda Rodrigo
Santisteban: “Es aquella acción del gobierno tendiente a la apertura de la información que está
en posesión de las entidades públicas al escrutinio de la sociedad, por medio de ciertos meca-
nismos para su clasicación, sin que esto implique la justicación de su contenido”.
De lo anterior se desprende señala el mismo Santisteban, el deber del Estado de publicar la
información que posee, y por otro lado el derecho de toda persona de acceder a esa informa-
ción, y agrega una obligación para este actor social consistente en sancionar al gobierno cuando
* Actu almente cursa el Do ctorado Interinst itucional en Derechos Huma nos en la Universidad de Guanajuato,
t.dolzramos@ ugto.mx
Santisteban , Rodrigo, “Transparencia”, Diccionar io de derecho de la informa ción, México, Miguel Án gel Porrúa,
, p. .
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CienCia JurídiCa. Departamento de Derecho. División de Derecho, Política y Gobierno, Universidad de Guanajuato - Año 9, No. 18, 2020
Teresa Dolz Ramos
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Ciencia Jurídica, ISSN impresa: 2007-3577, ISSN electrónica: 2007-6142 https://cienciajuridica.ugto.mx
DOI: https://doi.org/10.15174/cj.v9i18.352
la información difundida no es veraz y oportuna, lo que resulta congruente con los atributos
que a la transparencia gubernamental se conceden cuando se dice que la información otorgada
debe ser de fácil acceso, comprensiva, relevante y conable.
Jesús Rodríguez Zepeda opina que la transparencia en los asuntos del estado no es una moda
ni una ocurrencia académica de última hora sino un concepto de larga trayectoria intelectual,
que si bien no nació fácilmente tampoco se petricó con los años:
Ha sido sujeto a un continuo estira y aoja intelectual y política a lo largo de siglos, pues si para Platón
el conocimiento de las verdades de la política debe estar reservado al selecto club de los reyes, de los
aristócratas, del gobernante que está por encima de la plebe, dos mil años después, para Rawls ocurre
exactamente lo contrario: los políticos y gobernantes están obligados a razonar públicamente sus ac-
ciones y decisiones, deben rendir cuentas a los gobernados2.
Contrario a lo anterior, para López Ayllón la transparencia es un concepto relativamente nuevo
en el lenguaje político y jurídico, arma que hoy su uso es frecuente en el lenguaje políticamente
correcto y ha sido considerado como un valor en sí mismo. Mauricio Merino comparte la opi-
nión anterior y, además, vincula el término a acontecimientos más recientes:
La transparencia constituye realmente una novedad que, además, nació como consecuencia de una
reexión de talante económico: la piedra de toque que desató ese proceso fue la globalización de los
mercados y la necesidad de contar con mayor y mejor información sobre su verdadero funcionamien-
to, a partir de las regulaciones y la probidad de cada país. De ahí que los promotores principales de
las mejores prácticas de transparencia hayan sido, al menos en un principio, los grandes organismos
económicos internacionales, con la OCDE y el Banco Mundial a la cabeza4.
La exigencia de transparentar la actividad gubernamental surge del descontento de la población
y Bautista lo plantea así:
Uno de los reclamos de toda sociedad es la atención que ésta debe recibir de su gobierno. Dicha aten-
ción se maniesta a través de la satisfacción de las demandas de la comunidad política, así como
de una mayor expectativa en el nivel de vida de los ciudadanos. Sin embargo, ni los gobiernos ni
sus administraciones públicas logran cumplir de forma óptima estas exigencias. Ya sea en países con
economías débiles y carencia de recursos como en aquéllos con crecimiento económico y superávit
nanciero, existen una serie de actitudes antiéticas o antivalores en el seno de sus instituciones públi-
cas que impiden que se opere con la máxima eciencia anhelada y se alcancen por tanto los resultados
deseados, aún en los escenarios más realistas. Esta situación ha generado que las demandas ciudadanas
hayan rebasado la capacidad de respuesta de los gobiernos y que las instituciones públicas sean vistas
R Z , Jesús, Estado y transparenci a: un paseo por la filosofía polít ica, México, Instituto Nacional
de Transparencia, Acces o a la Información y Protección de Datos Personales, Cu adernos de Transparencia ,
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[en línea], disponible en: https://archivos.ju ridicas.unam.m x/www/bjv/l ibros///.pdf (consultada el  abr il
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de junio de ).

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