De la Delegación de Facultades

AutorJosé Pérez Chavez - Raymundo Fol Olguin
Páginas429-429

Page 429

ARTÍCULO 2

Atribuciones y funciones de las Delegaciones Regionales

Las Delegaciones Regionales, además de las atribuciones que les corresponden conforme al presente Reglamento, realizarán las funciones que les delegue la Dirección General. Dichas atribuciones y funciones las ejercerán en representación del Instituto, en la circunscripción territorial que se les asigne.

ARTÍCULO 3

Delegación de facultades de las Subdirecciones Generales

Las Subdirecciones Generales delegarán facultades, previa autorización de los Órganos Colegiados y la Dirección General, por conducto de la Subdirección General de Delegaciones, a los titulares de las Delegaciones Regionales. Las propias Subdirecciones Generales tendrán a su cargo normar, planear, conducir y supervisar el ejercicio de dichas facultades.

ARTÍCULO 4

Acciones de concertación y coordinación de la Delegaciones Regionales

Las Delegaciones Regionales podrán concertar y coordinar acciones con representaciones de dependencias y entidades federales localizadas en el área de su jurisdicción, con gobiernos estatales y municipales, de acuerdo con...

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