Defensoría Pública Electoral para los Pueblos y Comunidades Indígenas
Autor | Lic. Rodrigo Moreno Trujillo |
Cargo | Magistrado del Tribunal Electoral del Poder Judicial del Estado de Jalisco |
Páginas | 64-65 |
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En recientes fechas, el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (tepjf) dio un paso importante para garantizar a los pueblos y comunidades indígenas un acceso pleno a la justicia electoral. Lo anterior, con la creación de la Defensoría Pública Electoral, (órgano auxiliar de la Comisión de Administración) con independencia técnica y autonomía operativa, encargada de prestar gratuitamente los servicios de defensa y asesoría electorales en favor de los pueblos, comunidades indígenas y personas que los integren, ante las Salas del Tribunal Electoral.
Entre otras funciones, dicha defensoría proporcionará servicios de asesoría y representación legal ante las Salas del Tribunal Electoral; coadyuvará con el Tribunal al acceso pleno a la jurisdicción electoral, al debido proceso y a la tutela judicial efectiva; y orientará a los pueblos, comunidades indígenas o alguna de las personas que los integren, sobre la naturaleza, contenido y alcances de sus derechos político-electorales. Es importante precisar que esta acción institucional brindará a las personas que integran estas comunidades, herramientas técnicas y de gestión que favorezcan el ejercicio de sus derechos relacionados con la materia electoral, con lo cual el Estado mexicano a través de la Sala Superior del tepjf acerca y favorece el acceso a la justicia electoral para este sector de la población.
La implementación de la Defensoría obedece a un robusto sustento jurídico, tanto constitucional como internacional. Es importante referir que la Constitución federal establece en su artículo 2, que la nación mexicana es única e indivisible, y tiene una composición pluricultural sustentada original-mente en sus pueblos indígenas que son aquellos que descienden de poblaciones que habitaban en el territorio actual del país al iniciarse la colonización y que conservan sus propias instituciones sociales, económicas, culturales y políticas, o parte de ellas. Asimismo, se reconoce su derecho de acceder plenamente a la jurisdicción del Estado. Para garantizarlo, en todos los juicios y procedimientos en que sean parte, individual o colectivamente, se deberán tomar en cuenta sus costumbres y especificidades culturales. De la misma manera, los indígenas tienen en todo tiempo el derecho a ser asistidos por intérpretes y defensores que tengan conocimiento de su lengua y cultura.
En el plano internacional existen una serie de previsiones que apuntan a esa misma premisa, como por ejemplo...
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