Defensa constitucional del Municipio mexicano

AutorIrma Wade Trujillo
CargoMagistrada Presidente de la Asociación de Magistrados de Tribunales de lo Contencioso Administrativo de los Estados Unidos Mexicanos, A.C. y del Tribunal de lo Contencioso Administrativo del Estado de Tabasco; ha participado en diversas publicaciones, incluida la revista Sacris Lex; es maestra en Derecho Constitucional, Amparo y Derechos ...
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Chihuahua y la inconstitucionalidad por omisión legislativa
DEFENSA CONSTITUCIONAL
DEL MUNICIPIO MEXICANO
Irma Wade Trujillo*
SUMARIO
I. Introducción; II. El municipio mexicano y su defensa consti-
tucional; III. Conclusiones; IV. Bibliografía
RESUMEN
blece al Municipio como la célula básica de la organización
política, donde se manifiestan las relaciones de los ciudadanos
con el derecho.
Sin embargo, no ha sido fácil para los municipios del país cum-
plir con los requisitos que demanda la ciudadanía, tales como:
la debida preparación de las autoridades municipales, el esta-
blecimiento de una normatividad sencilla y clara así como la
existencia de autoridades que vigilen el efectivo cumplimien-
to de la misma.
De tal suerte, se requiere revisar a profundidad el orden jurí-
dico mexicano, de tal suerte que permita replantear varios de
los principios constitucionales, así como las normas federales
y locales que lo regulan, para tener la posibilidad de responder
a los desafíos que se plantean, derivados de las actuales cir-
cunstancias del país.
Magistrada Presidente de la Asociación de Magistrados de Tribunales de lo Contencioso
Administrativo de los Estados Unidos Mexicanos, A.C. y del Tribunal de lo Contencioso
Administrativo del Estado de Tabasco; ha participado en diversas publicaciones, incluida la
revista Sacris Lex; es maestra en Derecho Constitucional, Amparo y Derechos Humanos y
licenciada en Derecho por la División Académica de Ciencias Sociales y Humanidades de la
Universidad Juárez Autónoma de Tabasco; cuenta con diversos diplomados en Derecho, Conta-
duría, Finanzas y Administración.
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Osbaldo Salvador Ang
I. Introducción
La Constitución Política de los Estado Unidos Mexicanos, establece
al municipio como base de la división territorial y de la organización
política y administrativa de las entidades federativas. Por lo tanto tie-
ne dos aspectos fundamentales: el sociológico, como unidad social,
local, de vecindad, y el político, como unidad política y administrati-
va de los estados de la República.
El municipio es pues, la célula básica de nuestra organización polí-
tica. Es el espacio donde se manifiestan las primeras relaciones de los
ciudadanos con el Derecho. En su ámbito de gobierno, el individuo
inicia sus relaciones con la función pública.
El quehacer municipal en México, a lo largo de la historia, ha sido
difícil, penoso, rodeado de barreras que limitan su esfera de gobierno,
frenando y hasta impidiendo cumplirle a la ciudadanía.
Reflexionar en torno al problema municipal y las vías de su fortale-
cimiento es abordar, sin duda, uno de los temas vitales de la vida de-
mocrática de nuestro país. El problema municipal se ha convertido en
razón de Estado ante la situación crítica que guardan la mayoría de los
municipios de México, aún y cuando se han hecho diversas reformas al
artículo 115 Constitucional, es evidente que se requiere de una revi-
sión a profundidad y replantear varios de los principios constituciona-
les y normas federales y locales que lo regulen, así como que los pro-
pios Municipios hagan un ejercicio congruente con las facultades que
tienen a su cargo, y puedan responder a los desafíos que plantean las
actuales circunstancias del país.
En este contexto, el tema de la defensa constitucional y la solución
de los conflictos en el municipio puede considerarse decisivo para su
desarrollo institucional, así como estratégico para mejorar el sistema
político nacional. Aún y cuando se ha logrado que se le incorporen en
la norma primaria sus derechos y actividades, es necesario construir
mecanismos que le garanticen de manera efectiva tales avances, así
como se le resuelvan de manera imparcial los conflictos que enfrenta
con otros órganos de gobierno o con los propios particulares.
Cabe decir, que en el Derecho Mexicano existe un vacío para un
control efectivo de la constitucionalidad local, ausencia que ha contri-
Irma Wade Trujillo

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