¿Es deducible para el ISR la adquisición de un servicio cuyo comprobante no contiene el régimen fiscal del contribuyente que lo enajenó?

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Soy contador de una persona moral del régimen general de la Ley del ISR que se dedica a la fabricación y venta de velas aromáticas y para

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iluminar. Recientemente, la empresa llevó a servicio de mantenimiento a dos de sus camionetas que utiliza para la distribución de sus productos a los clientes. Por este servicio, el taller extendió un comprobante impreso, el cual no contiene el régimen fiscal del contribuyente que lo expidió, por lo que tengo duda si se puede deducir en el ISR el gasto con base en tal comprobante.

Lector de Cuernavaca, Morelos

Pregunta

¿Es deducible para el ISR la adquisición de un servicio cuyo comprobante no contiene el régimen fiscal del contribuyente que lo enajenó?

Respuesta

En nuestra opinión, sí es deducible, por lo siguiente:

El artículo 31, fracción III, primer párrafo, de la Ley del ISR establece lo siguiente (énfasis añadido):

31. Las deducciones autorizadas en este Título deberán reunir los siguientes requisitos:

. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

III. Estar amparadas con documentación que reúna los requisitos de las disposiciones fiscales y que los pagos cuyo monto exceda de $2,000.00 se efectúen mediante cheque nominativo del contribuyente, tarjeta de crédito, de débito o de servicios, o a través de los monederos electrónicos que al efecto autorice el Servicio de Administración Tributaria, excepto cuando dichos pagos se hagan por la prestación de un servicio personal subordinado.

. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

A su vez, el artículo 29-B, fracción I, del CFF indica lo siguiente (énfasis añadido):

29-B. Los contribuyentes, en lugar de aplicar lo señalado en los artículos 29 y 29-A de este Código, podrán optar por las siguientes formas de comprobación fiscal:

  1. Comprobantes fiscales en forma impresa por medios propios o a través de terceros, tratándose de contribuyentes cuyos ingresos para efectos del impuesto sobre la renta, declarados en el ejercicio inmediato anterior, no excedan de la cantidad que establezca el Servicio de Administración Tributaria mediante reglas de carácter general. Dichos comprobantes deberán expedirse y entregarse al realizar los actos o actividades o al percibir los ingresos, y cumplir con los requisitos siguientes:

  1. Los establecidos en el artículo 29-A de este Código, con excepción del previsto en la fracción II del citado artículo.

  2. Contar con un dispositivo de seguridad, mismo que será...

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