Deducción de servicios en el ISR, es innecesario informar el nombre y grado de capacitación de quienes los prestaron para demostrar su indispensabilidad. Tesis de la Primera Sala de la SCJN

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El artículo 27, fracción I, de la Ley del ISR (artículo 31, fracción I, de la Ley del ISR vigente hasta el 31 de diciembre de 2013) dispone que las deducciones autorizadas por la ley deben ser estrictamente indispensables para los fines de la actividad del contribuyente.

Al efecto, la ley no define qué debe entenderse por "estrictamente indispensables para los fines de la actividad del contribuyente"; por ello, la SCJN ha emitido algunas tesis referentes al tema: la Segunda Sala de la SCJN, en la tesis de rubro RENTA. INTERPRETACION DEL TERMINO "ESTRICTAMENTE INDISPENSABLES" A QUE SE REFIERE EL ARTICULO 31, FRACCION I, DE LA LEY DEL IMPUESTO RELATIVO (LEGISLACION VIGENTE EN 2002) , señala que se consideran gastos estrictamente indispensables aquellos que permiten la consecución del objeto social de la empresa y sin los cuales las actividades de ésta se verían disminuidas o tendrían que suspenderse. También destaca que el término estrictamente indispensable debe atender a los fines de cada empresa y al gasto específico de que se trate; por su parte, la Primera Sala de la SCJN emitió una tesis de rubro DEDUCCION DE GASTOS NECESARIOS E INDISPENSABLES. INTERPRETACION DE LOS ARTICULOS 29 Y 31, FRACCION I, DE LA LEY DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA , conforme a la cual precisa, en términos generales, que el carácter de indispensabilidad se encuentra estrechamente vinculado con la consecución del objeto social de la empresa, esto es, debe tratarse de un gasto necesario para que cumplimente en forma cabal sus actividades como persona moral y que le reporte un beneficio, de tal manera que, de no realizarlo, podría tener como consecuencia la suspensión de las actividades de la empresa o la disminución de ellas; es decir, cuando de no llevarse a cabo el gasto se dejaría de estimular la actividad de la misma, viéndose, en consecuencia, disminuidos sus ingresos en su perjuicio. Además, la tesis destaca que el término estrictamente indispensable debe atender a los fines de cada empresa y al gasto específico de que se trate.

Por otra parte, por lo que se refiere a la deducción de servicios para el ISR, las autoridades tributarias consideran que para demostrar la indispensabilidad de los mismos y de que proceda su deducción, los contribuyentes deberán proporcionar el nombre y demostrar el grado de capacitación de las personas que los ejecutaron; por tanto, esta situación se ha tenido que dirimir ante los tribunales.

Al efecto, la Primera Sala de la...

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