Deducción inmediata (arts. 220 y 221 LISR)

Páginas35-35
CASOS PRACTICOS 35
CASO 14
DEDUCCION INMEDIATA
(Arts. 220 y 221 LISR)
Datos:
Descripción Servidores y equipo de cómputo
LISR Art. 220-I-e) (1) Decreto
Fecha de adquisición Jul-12
Monto original de la inversión 680,475
Porciento de deducción 88% 94%
Período transcurrido Dic-13
Período de actualización Mar-13
Meses del período 9
Desarrollo:
Monto original de la inversión 680,475
Por:
Factor de actualización 1.0375
INPC (Ultimo mes primera mitad período de adquisición
al cierre del ejercicio)*Mar-13 108.9041
Entre:
INPC (Fecha de adquisición del bien) Jul-12 104.964
MOI actualizado 705,993 705,993
Por:
Tasa de deducción 88% 94%
MONTO DE LA DEDUCCION INMEDIATA 621,274 663,633
* INPC estimado.
(1) Decreto del 28 de noviembre de 2012, en el se indica que se podrá disminuir la deducción inmediata en los pagos provisionales desde el mes
en que se realizó y hasta el mes de diciembre.
Decreto DOF 30 de marzo de 2012, Transitorio Tercero fracciones VIII y IX.
Libros sugeridos:
Aplicación Práctica del ISR de las Personas Morales.

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