Decretos y Acuerdos de la Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores

AutorJosé Pérez Chavez - Raymundo Fol Olguin
Páginas1091-1128

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ACUERDO POR EL QUE SE DETERMINA LA CIRCUNSCRIPCIÓN TERRITORIAL EN LA CUAL EJERCERÁN SUS FACULTADES LAS AUTORIDADES FISCALES DEL INFONAVIT

(Publicado en el Diario Oficial de la Federación el 10 de agosto de 2012)

En ejercicio de las atribuciones y funciones que se establecen en el artículo 16 de la Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores, en relación con el artículo 5o. Del Reglamento Interior del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores en Materia de Facultades como Organismo Fiscal Autónomo, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 20 de junio de 2008, y

CONSIDERANDO

1. Que con fecha 20 de junio de 2008 fue publicado en el Diario Oficial de la Federación el actual Reglamento Interior del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores en Materia de Facultades como Organismo Fiscal Autónomo.

2. Que en la sesión ordinaria número 730, celebrada el 29 de febrero de 2012, el H. Consejo de Administración tomó la resolución RCA-3662-02/12, a través de la cual, con fundamento en la resolución RCA-3637-01 /12, tomada en la sesión ordinaria número 729, celebrada el 25 de enero de 2012, se otorgaron facultades de aprobación al Comité de Calidad de Vida, se aprobó el dictamen de la sesión número 32 de dicho Comité, celebrada el día 28 de febrero de 2012, con relación a la propuesta para la creación de la Delegación del Valle de México, y en esa misma sesión ordinaria número 730 se aprobó la resolución RCA-3663-02/12, apoyado en la citada resolución RCA-3637-01/12, aprobando la propuesta para la creación de la Delegación del Valle de México, la cual ejercerá sus atribuciones y funciones dentro de la circunscripción geográfica del Valle de México, especificada en la Declaratoria de la Zona Metropolitana del Valle de México, suscrita por el Jefe de Gobierno del Distrito Federal y el Gobernador del Estado de México.

3. Que en la sesión ordinaria número 734, celebrada el 27 de junio de 2012, el H. Consejo de Administración tomó la resolución RCA-3822-06/12, mediante la cual aprobó el cambio de denominación de la Delegación del Valle de México por Delegación Regional Metropolitana del Valle de México.

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4. Que el Acuerdo que determina la circunscripción territorial en la que las autoridades fiscales del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores, ejercerán sus facultades en materia fiscal, emitido por el H. Consejo de Administración mediante resolución RCA-2283-07/08, tomada en su sesión ordinaria número 687, celebrada el 31 de julio de 2008, y publicado en el Diario Oficial de la Federación el 22 de octubre de 2008, ha quedado desactualizado conforme a la nueva estructura administrativa del Instituto.

5. Que resulta indispensable actualizar el acuerdo de circunscripción territorial en la que las autoridades fiscales de este Instituto, ejercerán sus atribuciones en materia fiscal, con el propósito de dar seguridad jurídica a los contribuyentes frente a la autoridad.

6. Que de conformidad con lo establecido en los artículos 4o. Y 5o. Del actual Reglamento Interior del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores en Materia de Facultades como Organismo Fiscal Autónomo, el Director General del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores, envió al Consejo de Administración del mismo Instituto, la propuesta de la circunscripción territorial en que las autoridades fiscales de este Instituto ejercerán sus facultades.

7. Que en razón de lo anterior, el H. Consejo de Administración del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores, en ejercicio de las atribuciones y funciones que se establecen en el artículo 16 fracciones VI y XXII de la Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores, en relación con los artículos 4o. Y 5o. Del Reglamento Interior del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores en Materia de Facultades como Organismo Fiscal Autónomo, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 20 de junio de 2008, mediante la resolución RCA-3822-06/12, tomada en su sesión ordinaria número 734, celebrada el 27 de junio de 2012, y a propuesta del Director General, aprueba la circunscripción territorial en la cual ejercerán sus facultades las autoridades fiscales del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores en los términos siguientes:

Circunscripción territorial del Infonavit

Único.- Se acuerda la circunscripción territorial en que las autoridades fiscales del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores ejercerán sus atribuciones en materia fiscal, para quedar de la siguiente manera:

Delegación Regional Circunscripción territorial
I. Aguascalientes Dentro de la circunscripción geográfica que comprende el Estado de Aguascalientes.
II. Baja California Dentro de la circunscripción geográfica que comprende el Estado de Baja California.
III. Baja California Sur Dentro de la circunscripción geográfica que comprende el Estado de Baja California Sur.
IV. Campeche Dentro de la circunscripción geográfica que comprende el Estado de Campeche.

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Delegación Regional Circunscripción territorial
V. Coahuila Dentro de la circunscripción geográfica que comprende el Estado de Coahuila.
VI. Colima Dentro de la circunscripción geográfica que comprende el Estado de Colima.
VII. Chiapas Dentro de la circunscripción geográfica que comprende el Estado de Chiapas.
VIII. Chihuahua Dentro de la circunscripción geográfica que comprende el Estado de Chihuahua.
IX. Durango Dentro de la circunscripción geográfica que comprende el Estado de Durango.
X. Estado de México Dentro de la circunscripción geográfica de los Municipios de Acambay, Acúleo, Almoloya de Alquisiras, Almoloya de Juárez, Almoloya del Río, Amanalco, Amatepec, Atizapán, Atlacomulco, Calimaya, Capulhuac, Chapa de Mota, Chapultepec, Coatepec Harinas, Donato Guerra, El Oro, Ixtapan de la Sal, Ixtapan del Oro, Ixtlahuaca, Jilotepec, Jiquipilco, Jocotitlán, Joquicingo, Lerma, Luvianos, Malinalco, Metepec, Mexicaltzingo, Morelos, Ocoyoacac, Ocuilan, Otzoloapan, Otzolotepec, Polotitlán, Rayón, San Antonio la Isla, San Felipe del Progreso, San José del Rincón, San Mateo Ateneo, San Simón de Guerrero, Santo Tomás, Soyaniquilpan de Juárez, Sultepec, Tejupilco, Temascalcingo, Temascaltepec, Temoaya, Tenancingo, Tenango del Valle, Texcaltitlán, Texcalyacac, Tianguistenco, Timilpan, Tlatlaya, Toluca, Tonatico, Valle de Bravo, Villa de Allende, Villa Guerrero, Villa Victoria, Xalatlaco, Xonacatlán, Zacazonapan, Zacualpan, Zinacantepec y Zumpahuacán del Estado de México.
XI. Guanajuato Dentro de la circunscripción geográfica que comprende el Estado de Guanaiuato.
XII. Guerrero Dentro de la circunscripción geográfica que comprende el Estado de Guerrero.
XIII. Hidalgo Dentro de la circunscripción geográfica que comprende el Estado de Hidalgo.
XIV. Jalisco Dentro de la circunscripción geográfica que comprende el Estado de Jalisco.
XV. Metropolitana del Valle de México Dentro de la circunscripción geográfica de las Delegaciones Políticas de Alvaro Obregón, Azcapotzalco, Benito Juárez, Coyoacán, Cuajimalpa, Cuauhtémoc, Gustavo A. Madero, Iztacalco, Iztapalapa, Magdalena Contreras, Miguel Hidalgo, Milpa Alta, Tlalpan, Tláhuac, Venustiano Carranza y Xochimilco del Distrito Federal, y los Municipios de Acolman, Amecameca, Apaxco, Ateneo, Atizapán de Zaragoza, Atlautla, Axapusco, Ayapango, Coacalco de Berriozábal, Cocotitlán, Coyotepec, Cuautitlán, Chalco, Chiautla, Chicoloapan, Chiconcuac, Chimalhuacán, Ecatepec de Morelos, Ecatzingo, Huehuetoca, Hueypoxtla, Huixquilucan, Isidro Fabela, Ixtapaluca, Jaltenco, Jilotzingo, Juchitepec, Melchor Ocampo, Naucalpan de Juárez, Nezahualcóyotl, Nextlalpan, Nicolás Romero, Nopaltepec, Otumba, Ozumba, Papalotla, La Paz,

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Delegación Regional Circunscripción territorial
San Martín de las Pirámides, Tecámac, Temamatla, Temascalapa, Tenango del Aire, Teoloyucán, Teotihuacán, Tepetlaoxtoc, Tepetlixpa, Tepotzotlán, Tequixquiac, Texcoco, Tezoyuca, Tlalmanalco, Tlalnepantla de Baz, Tultepec, Tultitlán, Villa del Carbón, Zumpango, Cuautitlán Izcalli, Valle de Chalco Solidaridad y Tonanitla del Estado de México.

- TRANSITORIOS

Del Acuerdo por el que se determina la circunscripción territorial en la cual ejercerán sus facultades las autoridades fiscales del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores, vigente a partir del 11 de agosto de 2012 (DOF 10 VIII 2012)

Vigencia del Acuerdo

Primero.- El presente Acuerdo entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Abrogación del Acuerdo anterior

Segundo.- Se abroga el Acuerdo emitido mediante Resolución RCA-2283-07/08, tomado por el H. Consejo de Administración del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores, en su sesión ordinaria número 687, celebrada el día 31 de julio de 2008, publicado en el Diario Oficial de la Federación el día 22 de octubre de 2008.

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ACUERDO DE VENTANILLA ÚNICA DE RECEPCIÓN DEL INSTITUTO DEL FONDO NACIONAL DE LA VIVIENDA PARA LOS TRABAJADORES

(Publicado en el Diario Oficial de la Federación del 31 de marzo de 2009 y modificado el 13 de agosto de 2009, 4 de abril y 26 de septiembre de 2012 y 12 de agosto de 2013)

El Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores nace como un organismo de servicio social, con personalidad jurídica y patrimonio propios, teniendo como principal objetivo administrar los recursos del Fondo Nacional de la Vivienda para establecer y operar un sistema de financiamiento que permita a los trabajadores obtener crédito barato y suficiente destinado a la adquisición de...

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