Decreto que reforma diversas disposiciones en materia de Violencia Política de Género

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Decreto que reforma diversas
disposiciones en materia de
Violencia Política de Género
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DECRETO por el que se reforman y adicionan diversas disposicio-
nes de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de
Violencia, de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Elec-
torales, de la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación
en Materia Electoral, de la Ley General de Partidos Políticos, de la
Ley General en Materia de Delitos Electorales, de la Ley Orgánica
de la Fiscalía General de la República, de la Ley Orgánica del Poder
Judicial de la Federación y de la Ley General de Responsabilidades
Administrativas.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados
Unidos Mexicanos.- Presidencia de la República.
ANDRÉS MANUEL LÓPEZ OBRADOR, Presidente de los Estados
Unidos Mexicanos, a sus habitantes sabed:
Que el Honorable Congreso de la Unión, se ha servido dirigirme
el siguiente
DECRETO
"EL CONGRESO GENERAL DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICA-
NOS, DECRETA:
SE REFORMAN Y ADICIONAN DIVERSAS DISPOSICIONES DE LA
LEY GENERAL DE ACCESO DE LAS MUJERES A UNA VIDA LIBRE
DE VIOLENCIA, DE LA LEY GENERAL DE INSTITUCIONES Y PRO-
CEDIMIENTOS ELECTORALES, DE LA LEY GENERAL DEL SISTEMA
DE MEDIOS DE IMPUGNACIÓN EN MATERIA ELECTORAL, DE LA
LEY GENERAL DE PARTIDOS POLÍTICOS, DE LA LEY GENERAL EN
MATERIA DE DELITOS ELECTORALES, DE LA LEY ORGÁNICA DE LA
FISCALÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA, DE LA LEY ORGÁNICA DEL
PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN Y DE LA LEY GENERAL DE
RESPONSABILIDADES ADMINISTRATIVAS.
Artículo Primero.- Se reforma el artículo 36, primer párrafo, y se
adicionan un Capítulo IV Bis, denominado "De la Violencia Política"
al Título II, compuesto por los artículos 20 Bis y 20 Ter; un segundo
párrafo al artículo 27; una fracción XIV al artículo 36; una Sección
Décima Bis, denominada "Del Instituto Nacional Electoral y los Or-
ganismos Públicos Locales Electorales" al Capítulo III del Título III,
compuesta por el artículo 48 Bis, de la Ley General de Acceso de
las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, para quedar como sigue:
TRIBUNAL ESTATAL ELECTORAL DE CHIHUAHUA

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