Decreto por el que se modifica el diverso publicado el 30 de octubre de 2003 (DOF 28/XI/2006)

AutorJosé Pérez Chavez - Raymundo Fol Olguin
Páginas919-921

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Presidencia de la República.

VICENTE FOX QUESADA, Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, en ejercicio de la facultad que me confiere el artículo 89, fracción I, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y con fundamento en los artículos 39, fracción III del Código Fiscal de la Federación y 31 y 36 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, y

CONSIDERANDO

Que el 30 de octubre de 2003 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el "Decreto por el que se otorgan diversos beneficios fiscales a los contribuyentes que se indican", mediante el cual se estableció un estímulo fiscal para el sector de autotransporte federal de carga y de pasajeros, con el objeto de promover la sustitución de vehículos usados por nuevos;

Que el 12 de enero de 2005 se publicó en el mismo órgano de difusión una modificación al Decreto señalado, a fin de hacer extensivo el estímulo mencionado al sector público de autotransporte de pasajeros urbano o suburbano;

Que con el propósito de impulsar los programas de sustitución de vehículos usados por nuevos, destinados al autotransporte urbano y suburbano de pasajeros, resulta conveniente permitir que cuando el distribuidor autorizado no pueda acreditar el estímulo fiscal antes mencionado, contra el impuesto sobre automóviles nuevos ni contra contribuciones locales, por no tener carga fiscal por las contribuciones mencionadas, pueda cederlo aun tercero para que éste lo aplique contra los gravámenes indicados, siempre que la Entidad Federativa que haya celebrado el convenio con la Secretaría de Hacienda y Crédito Público para la aplicación del citado estímulo fiscal, así lo autorice, y

Que una de las formas de adquisición de vehículos dedicados al autotransporte es el arrendamiento financiero, por lo que resulta conveniente permitir la aplicación del estímulo fiscal en cita a los enajenantes de vehículos nuevos cuando se transmita la propiedad al arrendador financiero, por lo que he tenido a bien expedir el siguiente

DECRETO

Adiciones al decreto del 30 de octubre de 2003

Primero.- Se Adicionan los artículos Décimo Sexto D, con un último párrafo; Décimo Sexto E y Décimo Sexto F al "Decreto por el que se otorgan diversos beneficios fiscales a los contribuyentes que se indican", publicado en el Diario Oficial de la Federación el 30 de octubre de 2003 y modificado mediante los diversos publicados en el...

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