Declaraciones informativas 2019. Sujetos obligados a presentarlas

Páginas17-19
Declaraciones informativas 2019.
Sujetos obligados a presentarlas
De acuerdo con la regla 2.8.4.1 de la RMF para 2020, para los efectos del artículo 31, primer párrafo, del CFF y de
los artículos 76, fracciones VI, VII, X y XIII, 86, fracción V, última oración, 110, fracciones VI, segundo párrafo, VII, IX
y X, 117, último párrafo, 136, último párrafo, 145, séptimo párrafo, y 178, primer párrafo, de la Ley del ISR; 32, frac-
ción V, de la Ley del IVA y del artículo octavo, fracción III, inciso e, del “Decreto por el que se reforman, adicionan y
derogan diversas disposiciones de la Ley del Impuesto sobre la Renta, del Código Fiscal de la Federación, de la Ley
del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios y de la Ley del Impuesto al Valor Agregado, y se establece el
Subsidio para el Empleo”, publicado en el DOF el 1o. de octubre de 2007, los contribuyentes obligados a presentar
la información a que se refieren las disposiciones citadas, correspondiente al ejercicio fiscal de que se trate, incluyen-
do la información complementaria y extemporánea de las mismas, deberán hacerlo a través de la DIM (Declaración
informativa múltiple) y anexos que la integran, vía Internet o en medios magnéticos.
En este sentido, de acuerdo con las disposiciones fiscales mencionadas, los contribuyentes obligados a presentar
las declaraciones informativas correspondientes al ejercicio fiscal de 2019, con la información relativa al mismo año,
son los siguientes:
Contribuyente Declaración informativa
Personas morales del
régimen general.
1. La relativa al nombre, RFC, domicilio del contribuyente de que se trate, intereses nominales y
reales, tasa de interés promedio nominal y número de días de la inversión pagados en el año
de calendario inmediato anterior, respecto de todas las personas físicas a quienes se les hu-
bieran pagado intereses en términos del capítulo VI del título IV de la Ley del ISR (artículo 136,
último párrafo, de la Ley del ISR).
2. De las personas a las que durante el ejercicio inmediato anterior les hayan efectuado retencio-
nes de acuerdo con el artículo 145, tercero, cuarto y quinto párrafos, de la Ley del ISR (pagos
conforme al capítulo IX, De los demás ingresos que obtengan las personas físicas”, del título
IV de la Ley del ISR) (artículo 145, séptimo párrafo, de la Ley del ISR).
Taller de prácticas FISCAL
A17
1a. quincena
febrero 2020
Taller fiscal 889- 2a parte.indd 17Taller fiscal 889- 2a parte.indd 17 17/01/20 13:4117/01/20 13:41

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR