Declara Inconstitucional la SCJN 'Ley Bonilla

AutorEquipo Editorial
Páginas26-27
26 | Foro Jurídico
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Declara Inconstitucional
la SCJN “Ley Bonilla”
En una sesión remota transmitida en vivo por televisión, internet y
algunas redes sociales, el pasado lunes 11 de mayo el Pleno de Ministros de
laSuprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), declaró por unanimidad
de 11 votos la inconstitucionalidad del Decreto emitido por el Congreso
de Baja California (BC), que reformó el artículo octavo transitorio del
decreto 112 de la Constitución del Estado, publicado en el periódico oficial
local mediante el acuerdo 351 del 17 de octubre de 2019, que ampliaba de
2 a 5 años el periodo del Gobernador de BC Jaime Bonilla Valdés, decreto
conocido popularmente como “Ley Bonilla”.
Por Equipo Editorial
La totalidad de los ministros respaldaron en
todos sus términos el proyecto presentado
por el ponente Fernando Franco González
Salas, que de manera exhaustiva combatió todos
los argumentos de defensa presentados por el
Congreso del Estado de BC y por el titular del
Ejecutivo local, asegurando que la reforma era
inconstitucional porque se hizo violando el
artículo 105 de la Constitución que establece
claramente que cualquier reforma en materia
electoral debe hacerse antes de 90 días de que
inicie un proceso electoral, local o federal,
lo que no aconteció en este caso, en que la
reforma que amplió el periodo del gobernador
de 2 a 5 años fue incluso con posterioridad al
día de la votación, pretendiendo darle efectos
retroactivos, lo que igualmente constituye una
violación a la Ley Suprema.
Los ministros establecieron que la reforma
impulsada por el grupo parlamentario del PAN, que
entonces tenía mayoría en el congreso local, fue un
“atropello” a los derechos electorales, entre ellos
a votar y ser votado, así como a los principios de
la democracia en México, principalmente a la no
reelección y, por lo tanto, era un fraude a la ley.
En cuanto a los efectos del fallo, el Pleno señaló que
como consecuencia de la invalidez del Decreto de
reforma impugnado por la mayoría de los partidos
políticos nacionales (PAN, PRI, PRD, MC y por la
CNDH), deberá regresarse a la aplicación del artículo
octavo transitorio en su redacción original que
establece: “el Gobernador electo en el proceso electoral
de 2019, iniciará funciones el primero de noviembre
de 2019 y concluirá el 31 de octubre de 2021”. Es
decir, será gobernador solamente dos años.
Antecedentes de la “Ley Bonilla”
En las elecciones locales del pasado 3 de junio de
2019 Jaime Bonilla Valdés, candidato a Gobernador
de BC por la coalición “Juntos Haremos Historia”,
conformada por los partidos Morena, PT y PES,
obtuvo el 50.38% del total de los votos emitidos
durante la jornada electoral, alzándose como el
incuestionable ganador de la elección, expidiendo
la autoridad electoral local su constancia de
mayoría, declarando que su periodo de gobierno
sería por dos años. Sin embargo, un mes después,
el 9 de julio, el diputado Víctor Manuel Morán,
de Morena, presentó ante el Congreso de BC una
iniciativa de reforma al artículo octavo transitorio
de la Constitución local, para que el próximo
gobernador, Jaime Bonilla, pudiera permanecer en
el cargo cinco años, af‌irmando que realizar nuevas
elecciones en dos años representaría un gasto
sustancial para el erario estatal.

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