¿Los sindicatos deben expedir comprobantes fiscales por la enajenación de bienes?

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En fechas recientes comencé a trabajar para un sindicato como asistente de contabilidad. Hace poco,

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para allegarse de más ingresos, el organismo decidió comercializar entre el público en general herramientas y otros artículos similares. Al efecto, tengo duda si dicho organismo está obligado a expedir comprobantes fiscales por la actividad referida, pues por las cuotas que recibe no tiene tal obligación.

Lector de México, DF

Pregunta

¿Los sindicatos deben expedir comprobantes fiscales por la enajenación de bienes?

Respuesta

El artículo 95, fracción I, de la Ley del ISR estipula lo siguiente:

95. Para los efectos de esta Ley, se consideran personas morales con fines no lucrativos, además de las señaladas en el artículo 102 de la misma, las siguientes:

I. Sindicatos obreros y los organismos que los agrupen.

. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

Por su parte, el artículo 101, fracción II, y antepenúltimo párrafo, de la Ley del ISR dispone lo siguiente (énfasis añadido):

101. Las personas morales a que se refiere este Título, además de las obligaciones establecidas en otros artículos de esta Ley, tendrán las siguientes:

. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

II. Expedir comprobantes que acrediten las enajenaciones que efectúen, los servicios que presten o el otorgamiento del uso o goce temporal de bienes y conservar una copia de los mismos
a disposición de las autoridades fiscales, los que deberán reunir los requisitos que fijen las disposiciones fiscales respectivas.

. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

Los sindicatos obreros y los organismos que los agrupen quedan relevados de cumplir con las obligaciones establecidas en las fracciones I y II
de este artículo, excepto por aquellas actividades que de realizarse por otra persona quedarían comprendidas en el artículo 16 del Código Fiscal de la Federación.
Asimismo, quedan relevadas de cumplir con las obligaciones a que se refieren las fracciones III y IV de este artículo las personas señaladas en el artículo 95 de esta Ley que no determinen remanente distribuible.

. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

Por último, el artículo 16, fracción I, del CFF establece lo siguiente:

16. Se entenderá por actividades empresariales las siguientes:

I. Las comerciales que son las que de conformidad con las leyes federales tienen ese carácter y
no están
...

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