¿Se debe pagar el salario a una trabajadora doméstica que faltó a sus labores a consecuencia de una enfermedad que no es de trabajo?

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Laboro como contador independiente. Recientemente, una persona física a la que le llevo la contabilidad me comentó que su empleada doméstica tuvo problemas de salud a consecuencia de una infección no crónica en las vías respiratorias, y por ese motivo se ausentó durante una semana, la cual no se le pagó; sin embargo, la empleada doméstica solicitó a mi cliente el pago de su salario por los días en que no laboró, pues un amigo le comentó que su patrón estaba obligado a pagarle dicho salario. ¿Esto es verdad?

Lector de Tepic, Nayarit

Pregunta

¿Se debe pagar el salario a una trabajadora doméstica que faltó a sus labores a consecuencia de una enfermedad que no es de trabajo?

Respuesta

Sí, ya que el artículo 338 de la LFT señala que en caso de una enfermedad que no sea de trabajo, el patrón estará obligado a lo siguiente:

1. A pagar al trabajador doméstico el salario que le corresponda, hasta por un mes.

2. Si la enfermedad no es crónica, a proporcionarle asistencia médica hasta su curación o hasta que algún servicio asistencial se haga cargo del trabajador.

3. Si se trata de una enfermedad crónica y el trabajador ha...

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