Debe y Haber. Fray Luca Pacioli ¡no se equivocó!

AutorJosé Luis Elizondo Cantú
Páginas89-91

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13. 1 Todo tiene una explicación

Desde mis años de estudiante se nos enseñó que la parte izquierda de una cuenta “T” se le denomina Debe y la parte derecha Haber, pero nunca se nos dio una explicación de por qué se les llama así; de tal manera que aprendimos mecánicamente estos conceptos y la confusión aumentó cuando se nos dijo que los activos son los bienes y derechos (que se confunden o se identifican con el vocablo de Haber, y el pasivo y deudas que se confunden o se asimilan con el vocablo Debe de deuda o estar obligado a algo; sin embargo, se nos enseñó que los activos se contabilizan en el Debe y los pasivos en el Haber.

Esta confusión hace pensar a los recién ingresados a la carrera contable que el creador de la partida doble, fray Luca Pacioli, se había equivocado, pues en el Debe debería contabilizarse el pasivo (deudas) y en el Haber los activos (bienes y derechos).

Al interrogar a algunos de los profesores sobre el tema, estos contestaban que era cuestión de terminología y que cualquier palabra hubiese dado los mismos efectos. En el nivel de maestría, en alguna ocasión pregunté a un profesor de mucho prestigio el porqué de estos nombres y él solo contestó: “José Luis, eso no se pregunta”.

En la vida todas las cosas tienen una explicación racional y no es posible que el Debe y Haber, raíces esenciales de la contabilidad, no tuvieran una explicación lógica.

Durante muchos años mi duda seguía latente y solo por azares del destino, un buen día, mientras leía un libro de derecho romano, encontré la explicación del Debe y el Haber, la cual deseo compartir con ustedes y para que los contadores de México puedan argumentar por qué Debe y por qué Haber y no dar una explicación cantinflesca en donde solo se diga: Debe, Haber y no hay nada.

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En aquel libro también encontré lo que los romanos definían como relación de crédito, y en la que siempre hay un deudor o “debitor”, persona sobre la cual se tiene un derecho, o bien, la que tiene una obligación en favor de un acreedor y a su vez un acreedor o “creditor” o “habileitor”, es decir, persona que habilita o provee bienes y servicios y que a cambio...

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