¿Qué debe entenderse por capacitación y adiestramiento para efectos de la LFT?

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Soy auxiliar de recursos humanos en una empresa manufacturera. Debido a que se abrirán nuevos puestos, los trabajadores que los cubrirán necesitan la capacitación o el adiestramiento correspondiente; por tanto, estoy tratando de modificar los programas de capacitación, adiestramiento y productividad para incluir estos nuevos procesos. Tengo entendido que existe diferencia entre capacitación y adiestramiento, pues la primera consiste en proporcionar conocimientos a nuevos colaboradores, mientras que el adiestramiento actualiza y reafirma conocimientos ya existentes; sin embargo, no me queda claro qué debe entenderse por capacitación y por adiestramiento para los efectos referidos.

Lector de Saltillo, Coahuila

Pregunta

¿Qué debe entenderse por capacitación y adiestramiento para efectos de la LFT?

Respuesta

Por capacitación, para efectos de la integración de los programas de capacitación, adiestramiento y productividad debe entenderse lo que señala el artículo 153-B de la LFT, como sigue (énfasis añadido):

153-B. La capacitación tendrá por objeto preparar a los trabajadores de nueva contratación y a los demás interesados en ocupar las vacantes o puestos de nueva creación.

Podrá formar parte de los programas de capacitación el apoyo que el patrón preste a los trabajadores para iniciar, continuar o completar ciclos escolares de los niveles básicos, medio o superior.

Según se aprecia, la capacitación tiene por objeto preparar a los nuevos trabajadores y a los demás interesados en ocupar una vacante o puestos de nueva creación.

En el caso del adiestramiento, debe entenderse lo que precisa el artículo 153-C de la LFT, es decir, el adiestramiento tendrá por objeto:

1. Actualizar y perfeccionar los conocimientos y las habilidades de los trabajadores y proporcionarles información para que puedan aplicar en sus actividades las nuevas tecnologías que los empresarios...

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