La cuestión de la personalidad legal más allá de la especie humana

AutorOscar Horta
CargoFundación Española para la Ciencia y la Tecnología
Páginas55-83
LA CUESTIÓN DE LA PERSONALIDAD
LEGAL MÁS ALLÁ DE LA ESPECIE
HUMANA
*
Oscar Horta
**
Resumen:
Se sostiene de manera habitual que los animales (no humanos) no pueden ser con-
siderados personas, razón por la cual no es posible efectuar una demanda en su nom-
bre. Este artículo examina tal idea. En él se anali zan en primer lugar los distintos
sentidos que el término “persona” ti ene en el ámbito coloquial, metafísico, moral y
jurídico, y se muestra que no hay una conexión necesaria entre estos. Asimismo, se
desgranan y evalúan los distintos argumentos a favor del antropocentrismo moral,
concluyéndose que ninguno de ell os tiene éxito. Finalmente, se argumenta que si se
continúa manteniendo la centralidad en el plano jurídico de la categoría de la perso-
nali dad, pero se excluye del alcance de esta a los animales de especies distintas a la
Palabras clave:
antropocentrismo, especismo, personalidad legal, personas.
Abstract:
It is often maintained that (nonhuman) animals cannot be considered persons, so it
is not possible to sue on their behalf. This article examines this idea. Firstly, it analy-
zes the different meanings that the term “person” has in the coll oquial, the metaphy-
sical, the moral and the legal realm. It shows that there i s no necessary connection
between these meanings. Then, the paper breaks down and assesses the different ar-
guments in favor of moral anthropocentrism. It concludes that none of them is suc-
cessful. Finally, the paper argues that if the category of personhood remains central
in the legal realm, but we keep on excluding nonhuman animals from its domain, we
Keywords:
anthropocentrism, speciesism, legal personhood, persons.
* Agradezco sus útiles comentarios a una v ersión previ a de este trabajo a Pablo de Lora
y L uís García Soto. Este trabajo ha sido reali zado en el marco del proyecto de investigación
“Bi oethical Underpinnings for the Consideration of Practical Di lemmas concerning the Interest
-
paña.
** Fundación Española para la Ciencia y l a Tecnología. Correo electrónico: ohorta@dile-
mata.net.
ISONOMÍA N o. 34 / Abril 2011
OSCAR HORTA
56
1. I ntroduccn
En el o 2004, en Cetacean Community v. Bush,1 un tribunal es-
tadounidense emitió una sentencia muy representativa del actual
estatuto legal de los animales (no humanos). Esta tuvo como objeto
la demanda interpuesta por un abogado en nombre de la “comunidad
mundial de cetáceos” contra el empleo por parte de la marina estado-
unidense del llamado “ Sistema de seguimiento sensor mediante sonar
activo de baja frecuencia (SURTASS LFAS) para la detección de subma-
rinos en período de guerra o de amenazas graves. El abogado represen-
tante de los cetáceos argumentó que el uso de este sonar vulneraría las
leyes federales que protegen a éstos, debido a los gravísimos daños que
les ocasiona.2
La sentencia acepabiertamente la existencia de tales daños, in-
dicando que “ [l]os efectos negativos del ruido subacuático en la vida
marina están bien reconocidos.3 Sin embargo, desestimó la demanda
debido a una razón de segundo orden que anularía la pertinencia de
su estimación. Esta consistiría en la imposibilidad de plantear una de-
manda en nombre de los cetáceos, pues los animales (no humanos) no
gozan de personalidad jurídica. En la sentencia se indicó que las nor-
mas protectoras de los mamíferos marinos, de especies protegidas, de
protección del medio ambiente y de procedimiento administrativo em-
plean el término “ persona” para quienes pueden actuar ante los tribu-
término de modo que incluya a los animales no humanos. La sentencia
concluyó, así, que “ [a] los animales no se les autoriza para demandar
en su propio nombre para protegerse a sí mismos.4
1 386 F.3d 1169 (9th Cir. 2004). El texto completo de la sentencia puede consultarse en
http://www.animallaw.info/cases/causfd386f3d1169.htm.
2 La parte demandante consideró que el uso del SURTA SS LFA S vulneraría la L ey protecto-
ra de mamíferos marinos, pero también la Ley de especies protegidas; l a Ley de protección na-
cional del medioambi ente y la Ley de procedimiento administrativo.
3 Ibid., en concreto, citando un estudio adjunto a la normativa regulando el uso del SURTASS
LFAS por la mari na estadounidense, la sentencia apunta: “ cualquier ruido de causa humana lo
mamíferos marinos de oír sonidos naturales a frecuenci as similares... los sonidos muy fuertes
tienen el potencial de causar reducción temporal o permanente en l a sensibilidad auditiva. Asi-
mismo, las señales acústicas intensos o l as explosiones pueden causar traumatismos en teji dos
asociados a órganos vitales para la audición, la producción de sonidos, la respiración y otras fun-
ciones” (67 Fed.Reg. 46,778, ci tado en 386 F.3d 1169 (9th Cir. 2004)).
4 Ibid.

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR