¿Por cuánto tiempo está obligado un comerciante a conservar para efectos mercantiles los libros, registros y documentos de su negocio?

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Me dedico a la compraventa de artículos de joyería. Como parte de mis obligaciones mercantiles debo conservar los libros, registros y documentos de mi negocio; sin embargo, desconozco por cuánto tiempo estoy obligado a hacerlo.

Lector de Guaymas, Sonora

¿Por cuánto tiempo está obligado un comerciante a conservar para efectos mercantiles los libros, registros y documentos de su negocio?

Durante diez años, por lo siguiente:

El artículo 46 del Código de Comercio dispone lo siguiente (énfasis añadido):

46. Todo comerciante está obligado a conservar los libros, regis-tros y documentos de su negocio por un plazo mínimo de diez años. Los herederos de un comer-ciante tienen la misma obligación.

Por tanto, en el caso que nos ocupa, deberá conservar para efectos mercantiles los libros, registros y documentos de su...

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