¿Cuáles son los requisitos para suspender las labores en una empresa en caso de huelga?

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¿Cuáles son los requisitos para sus-
pender las labores en una empresa
en caso de huelga?
Soy gerente de recursos humanos
en una empresa que se dedica a la
elaboración de fármacos. Reciente-
mente, se inició la revisión del contrato
colectivo entre el patrón y el sindicato
de trabajadores. Debido a que no se
llegó a un arreglo entre las partes, el
sindicato ha emplazado a huelga a la
empresa y procederá a la suspensión
de labores en la misma. Desconozco
si existe algún requisito para que sea
procedente dicha suspensión.
Lector de Monterrey, Nuevo León
451. Para suspender los trabajos se
requiere:
I. Que la huelga tenga por objeto
alguno o algunos de los que señala el
artículo anterior.
II. Que la suspensión se realice por la
mayoría de los trabajadores de la em-
presa o establecimiento. La determina-
ción de la mayoría a que se refiere esta
fracción, sólo podrá promoverse como
causa para solicitar la declaración de
inexistencia de la huelga, de confor-
midad con lo dispuesto en el artículo
930, y en ningún caso como cuestión
previa a la suspensión de los trabajos.
III. Que se cumplan previamente los
requisitos señalados en el artículo
920 de esta Ley.
En este sentido, el artículo 450 de la LFT
dispone que para ser válida la huelga
deberá tener por objeto alguno de los
siguientes:
1. Conseguir el equilibrio entre los
diversos factores de la producción,
armonizando los derechos del trabajo
con los del capital.
2. Obtener del patrón o patrones la
celebración del contrato colectivo de
trabajo y exigir su revisión al terminar
el periodo de su vigencia, conforme al
capítulo III del título séptimo de la LFT.
3. Obtener de los patrones la celebración
del contrato-ley y exigir su revisión al
terminar el periodo de su vigencia, de
acuerdo con el capítulo IV del título
séptimo del mismo ordenamiento.
4. Exigir el cumplimiento del contrato
colectivo de trabajo o del contrato-ley
en las empresas o establecimientos en
que haya sido violado.
5. Exigir el cumplimiento de las disposi-
ciones legales sobre participación de
utilidades.
6. Apoyar una huelga que tenga por
objeto alguno de los enumerados en
los puntos anteriores.
7. Exigir la revisión de los salarios
contractuales a que se refieren los
artículos 399-Bis y 419-Bis de la LFT.
Según se observa, para suspender los
trabajos en una empresa se requiere que
la huelga tenga por objeto alguno de los
mencionados, que la suspensión se realice
por la mayoría de los trabajadores de la
empresa y que el pliego de peticiones
cumpla los requisitos que consigna la LFT.
Por tanto, se tendrá por procedente la sus-
pensión de labores en la empresa si ésta
cumple los requisitos referidos.
¿Cuáles son los requisitos para suspender
las labores en una empresa en caso de
huelga?
Al respecto, el artículo 451 de la LFT dispo-
ne lo siguiente:
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1a. quincena
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