Criterios no vinculativos de las disposiciones fiscales y aduaneras. Se dan a conocer nuevos criterios

Páginas41-44

Page 41

El 31 de mayo último, la SHCP dio a conocer en el DOF la " Modificación al Anexo 3 de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2013", denominado Criterios no vinculativos de las disposiciones fiscales y aduaneras; esta modificación entró en vigor el 1o. de junio de 2013.

Mediante dicha publicación se adicionaron nuevos criterios, a saber:

Impuesto sobre la renta

Criterio Texto
28/ISR. Retención del ISR por la enajenación de acciones bursátiles. El artículo 60, primer párrafo de la Ley del ISR establece que los intermediarios financieros que intervengan en la enajenación de acciones realizadas a través de la Bolsa Mexicana de Valores, deberán efectuar la retención aplicando la tasa de 5% sobre el ingreso obtenido en dicha enajenación, sin deducción alguna. Asimismo, señala que no se efectuará la retención a que se refiere dicho párrafo, entre otros, en los casos en los que no se deba pagar el ISR conforme a la fracción XXVI del artículo 109 de la Ley del ISR.
Para las autoridades fiscales, es claro que la finalidad de la exención prevista en el artículo 109, fracción XXVI de la Ley del ISR desde su inclusión en dicha Ley (artículo 49, fracción XV vigente de 1979 a 1980; artículo 77, fracción XVI vigente de 1981 a 2001), fue beneficiar al gran público inversionista, no a los accionistas distintos de éste.
Dicha postura ha sido compartida por la Suprema Corte de Justicia de la Nación, entre otras, en la tesis 1a. XII/2009, en la cual afirmó que la exención mencionada "…persigue una finalidad objetiva y válida desde el punto de vista constitucional…": "…promover la diversificación de la propiedad empresarial en el país, en beneficio, principalmente, de pequeños y medianos ahorradores…".
Incluso el Congreso de la Unión, en la reforma de 2007 al artículo 109, fracción XXVI de la Ley del ISR, restringió la exención otorgada al gran público inversionista, para que sólo sea aplicable a los accionistas que, formando parte de éste, tampoco enajenen el control ni el 10% o más de las acciones de la emisora, de cualquier manera.
Por otra parte, la regla I.3.10.1. permite que los intermediarios financieros efectúen la retención a que se refiere el artículo 60 de la Ley del ISR, entre otros, a partir de la operación en que se enajene el 10% de las acciones de la emisora. Y señala que los intermediarios financieros no serán responsables solidarios en su carácter de retenedores, cuando no cuenten con la información necesaria para determinar si las personas físicas que enajenan las acciones están obligadas al pago del ISR.
Para las autoridades fiscales, resulta evidente que los intermediarios financieros sí cuentan con la información necesaria, cuando conocen o tienen razón para conocer que las personas físicas que enajenan las acciones sí están obligadas al pago del ISR, como es el caso de la existencia de información pública o hechos notorios.
En consecuencia, se considera que realizan una práctica fiscal indebida los intermediarios financieros que no efectúen la retención a que se refiere el artículo 60 de la Ley del ISR, cuando conozcan, por la existencia de información pública, que las personas físicas que enajenan las acciones sí están obligadas al pago del ISR.
Un caso en que los intermediarios financieros conocen, por la existencia de información pública, que las personas físicas que enajenan las acciones sí están obligadas al pago del ISR y, por tanto, deben efectuar la retención a que se refiere el artículo 60 de la Ley del ISR, es la transmisión de propiedad de las acciones de Grupo Modelo, S.A.B. de C.V., con motivo de la Reestructura Societaria y la Oferta Pública de Adquisición Forzosa dadas a conocer mediante folletos informativos el 5 de julio de 2012 y el 2 de mayo de 2013, respectivamente.
De acuerdo con la información pública más reciente, aproximadamente el 33% de las acciones representativas del capital social de Grupo Modelo, S.A.B. de C.V., se encuentra en el supuesto descrito.

Page 42

Criterio Texto
Las personas físicas cuyos ingresos hubiesen sido objeto de retención por parte de
...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR