Criterios Normativos del SAT 2013

AutorManuel Baltazar Mancilla - Honoré A. Bornacini Hervella - Eduardo Pliego Stoppelli - Vicente Romero Said
Páginas89-99
SELECCIÓN DE CRITERIOS NORMATIVOS Y NO VINCULATIVOS DEL SAT 2013
MÉXICO FISCAL
89
5.1. Selección de Criterios Normativos del SAT 2013
Normas Sustanti-
vas son de Apli-
cación Estricta
Cálculo en el
Momento de
Determinar el ISR
2/2012/CFF Normas sustantivas. Reúnen esta característica las aplicables para determi-
nar la pérdida fiscal.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 6 del Código Fiscal de la Federación, las con-
tribuciones se determinan conforme a las disposiciones vigentes en el momento de su causa-
ción.
Las disposiciones que establecen el derecho a un crédito o a un acreditamiento fiscal forman
parte del mecanismo para determinar las contribuciones.
Dado que la Ley del Impuesto sobre la Renta establece la facultad de disminuir la pérdida fis-
cal de la utilidad fiscal a efecto de determinar el resultado fiscal, e igualmente la de actualizar
la pérdida fiscal, las disposiciones relacionadas con el cálculo de dicha pérdida fiscal disminui-
ble, inclusive su actualización, son normas que forman parte del mecanismo de determinación
y del proceso para integrar la base del impuesto.
Por consiguiente, la pérdida fiscal disminuible se calculará conforme a las disposiciones vi-
gentes al momento de causarse el impuesto sobre la renta.
Determinación
del Factor de
Actualización
(desde julio y no
desde junio del
ejercicio)
65/2012/ISR Actualización de pérdidas fiscales. Factor aplicable.
De conformidad con el artículo 61 de la Ley del Impuesto sobre la Renta, el monto de la pérd i-
da fiscal ocurrida en un ejercicio debe ser actualizado multiplicándolo por el factor correspon-
diente al periodo comprendido desde el primer mes de la segunda mitad del ejercicio en que
ocurrió, hasta el último mes del propio ejercicio.
El artículo 7, fracción II de la citada ley, establece que para determinar el valor de un bien o de
una operación al término de un periodo el factor de actualización se obtendrá dividiendo el Ín-
dice Nacional de Precios al Consumidor del mes más reciente del periodo, entre el citado índi-
ce correspondiente al mes más antiguo del periodo.
Por tanto, en términos del artículo 7, fracción II de la Ley del Impuesto sobre la Renta, el
factor para actualizar la pérdida fiscal referida en el citado artículo 61 de la Ley del Impuesto
sobre la Renta, se obtendrá dividiendo el Índice Nacional de Precios al Consumidor del mes
de diciembre del ejercicio en que ocurrió la perdida, entre el correspondiente al mes de julio
del mismo ejercicio.
6/2012/CFF Actualización de contribuciones, aprovechamientos y compensación de sal-
dos a favor del contribuyente.
El artículo 17-A del Código Fiscal de la Federación establece que el monto de las contribucio-
nes, aprovechamientos, así como de las devoluciones a cargo del fisco federal, se actualiza-
rán aplicando el factor de actualización a dichos montos. Para determinar el factor de actuali-
zación se dividirá el Índice Nacional de Precios al Consumidor del mes anterior al más reciente
del periodo entre el citado índice del mes anterior al más antiguo del mismo periodo.

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