El crédito agrícola en México

AutorManuel Gómez Morín
Páginas137-146

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Edición facsimilar, México, 1991.

El 10 de febrero de 1926 fue expedida en México una Ley de carácter federal, cuyas prevenciones están encaminadas a hacer posible y fácil el uso del crédito a los agricultores. Pocos días más larde, el 15 de marzo del mismo año de 1926, y utilizando el impulso que permitió la creación del Banco de México, centro de la economía del país, quedó establecido el Banco Nacional de Crédito Agrícola, primera de las instituciones especiales creadas por la ley de 10 de febrero y base de toda su organización.

Este libro es un ensayo de divulgación de las ideas que deben regir la constitución y el funcionamiento del banco y de las sociedades de Crédito Agrícola. Por razones personales, no es una crítica de la Ley. Tampoco, visto el propósito del libro, una exposición ni un análisis sistemático de sus prevenciones. Un intento, nada más, de hacer accesible para los que no están habituados al manejo de textos de la Ley, el conjunto de ideas y de propósitos cuya clara expresión puede resultar en cierto modo borrada por el carácter necesariamente imperativo e incoordinado del precepto legal.

Quedan de este modo fuera del alcance del libro, el examen y la discusión de algunos asuntos cuya importancia jurídica o económica exige un amplio trabajo monográfico de exposición y crítica que quizá más tarde vendrá a completar la breve relación contenida en estas páginas.

El régimen peculiar de organización de los agricultores, la naturaleza jurídica de las Sociedades de crédito, el valor del sistema prendario agrícola y su oponibilidad a terceros, la hipoteca con acreedor innominado, el nuevo procedimiento notarial, el cambio de "prescripción-excepción" por la "prescripción-acción", los métodos de publicidad del Registro del Crédito Agrícola, la fuerza de las inscripciones y su engranaje con el Registro ordinario; la posible creación, mediante los preceptos de la Ley, aparentemente adjetivos nada más, pero con vigorosa substantividad, de un régimen jurídico-económico de propiedad más accesible y más eficaz que el pronosticado en proclamaciones retóricas de principios más o menos revolucionarios.

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He aquí otros tantos temas de estudio cuya índole y cuya extensión, además de rebasar los límites que a este libro imponen su carácter y la capacidad de su autor, deberán ser motivo de comentario ilustrado y especial.

La Ley está concebida como resultado de una multitud de antecedentes doctrinarios e históricos y tiende a realizar un múltiple conjunto de objetivos. El primer resultado de su lectura es la sorpresa ante su compleja diversidad y su ambiciosa extensión. Mas para quien conozca un poco las dificultades que en todas partes ha ofrecido la organización del crédito agrícola y conozca también a México, resultará justificado el intento legislativo de agrupar en un sistema comprensivo, amplio, el enorme conjunto del crédito y los de la producción y la vida rural mexicanas.

Desde 1910, y especialmente desde 1915, viene desarrollándose en México, con grandes trastornos y dificultades, una acción dirigida a modificar la situación de la agricultura y de la población rural mexicanas. Tal acción se ha manifestado casi exclusivamente por una serie de medidas encaminadas a hacer un nuevo reparto de la tierra cuya propiedad estaba en unas cuantas manos.

Cualesquiera que sean los defectos de esta acción, ella ha sido consecuencia del más elemental espíritu de justicia en cuanto ha tratado de restituir a la población rural, propiedades de que "legal" o ilegalmente había sido ésta despojada, o precedente forzoso de todo programa de organización económica de México.

Pero hasta ahora, la acción agraria poco ha adelantado a la fórmula de los días de lucha. En esos días, el objetivo de la acción era vencer una resistencia jurídica, establecer un nuevo postulado social. Vencer la resistencia de un régimen de propiedad individualista, exclusivo, napoleónico y acuñar el principio de que la tierra es bien público y está sujeta a las exigencias de la colectividad.

Por eso, la fórmula agrarista para la lucha proclamó solamente -y con un gran acierto de fórmula polémica- la necesidad de restituir las tierras a quienes habían sido despojados de ellas y de dotar con tierras a los agricultores que no las tenían. No se hicieron discriminaciones, no se pensó en una organización distinta de la militar necesaria para la guerra, no se intentó un programa de realización posible, sistemático y comprensivo. Ni hubieran podido hacerse estas cosas, porque la guerra no existe ni tolera la lenta labor de una discriminación.

Mas una vez pasado el período de lucha, vencida la resistencia jurídica y económica del antiguo régimen y proclamado el nuevo principio de organización, se ha seguido creyendo que toda la tesis agraria, que todo el programa de mejoramiento en ella implicado, no demandan otra cosa que tomar tierras de los latifundios y entregárselas a los campesinos.

Por odio y por violencia inútil y verdaderamente contrarrevolucionaria, la acción del Estado nacido de la Revolución Mexicana, en el problema del campo, ha sido deplorablemente estrecha.

La acción agraria, con raras excepciones, pasó de impulso vital a tópico burocrático, cuando no a mera conveniencia política. Se inventaron necesidades

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donde no las había y se han dejado sin satisfacción necesidades verdaderas. En vez de investigar en cada caso concreto la situación espiritual y económica de los agricultores y de la tierra; en vez de llevar una acción ordenada a un fin serenamente establecido, después del triunfo militar y político, se han despilfarrado energías y tiempo en hacer una indistinta aplicación de supuestos principios generales y en mantener un estado de violencia que debió haber concluido hace mucho.

Y por más que la pasión o la necesidad políticas han procurado conservar este estado de cosas, a nadie se oculta ya que ni el reparto de tierras solamente habrá de resolver el problema agrario, ni que tal reparto siquiera será hacedero si no va acompañado de otras medidas que complementen económicamente la posesión de la tierra y, sobre todo, que hagan posible el trabajo libre a quienes nunca lo han ensayado antes, que enseñen la responsabilidad a quienes no han sido responsables, que eduquen y orienten, que permitan vivir y que enaltezcan. El momento doloroso de la lucha pasó ya, y quedan definitivamente adquiridos los beneficios del dolor. El momento simbólico del reparto de tierras debe convertirse ya en trabajo fecundo. No hay...

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