La Corte da la estocada a la fiesta brava

AutorCarlos Soto Morales
Páginas16-18

Page 16

No es un secreto que la tauromaquia está llegando a su final.1Cada día más gente se identifica con la canción Vergüenza, del grupo Ska-P (cuyas primeras estrofas se reproducen más adelante en este artículo). Poco a poco las corridas de toros tienen menos asistentes y encuentran mayores críticas y resistencia por parte de los antitaurinos. Eufemismos como “fiesta brava”, “arte” y “cultura”, que otrora justificaban la barbarie, ahora son sustituidos por adjetivos que retratan fielmente esa actividad: sadismo y tortura.

A pesar de que estamos frente a una actividad en estado terminal, corresponde al Estado dar la estocada final para terminar con este “entretenimiento”. En nuestro país son cada vez más los municipios o entidades federativas que prohíben las corridas de toros. Uno de los ejemplos es Coahuila, que en 2015 reformó la Ley de Protección y Trato Digno a los Animales,2prohibiendo expresamente “las corridas de toros, novillos, becerros o vaquillas y rejoneos”.

Esa ley fue impugnada por una empresa dedicada a la promoción de corridas de toros. El asunto se tramitó en un juzgado federal, y en marzo de 2016 se negó el amparo solicitado por la quejosa. Esa sentencia fue combatida y, eventualmente, remitida a la Suprema Corte de Justicia de la Nación para que nuestro máximo tribunal resolviera, en última instancia, si tal prohibición violaba, o no, derechos humanos.

El expediente se turnó al ministro José Fernando Franco González Salas, quien presentó un proyecto de resolución3conirmando la negativa del amparo.

Page 17

De este documento destacan las siguientes ideas:

- Coahuila (y, por ende, el resto de las entidades federativas) tiene competencia constitucional para prohibir las corridas de toros.

- La prohibición no implica violación a la libertad de trabajo o de comercio.

- Las carreras de caballos, los rodeos y la charrería (que no están prohibidos) no se encuentran en la misma situación que las corridas de toros, ya que aquéllas no tienen al maltrato animal como elemento esencial del espectáculo. En la tauromaquia se persigue la mutilación y posterior muerte del toro.

- Las leyes que buscan proteger y brindar un trato digno a los animales abonan en beneficio de la sociedad en general; asimismo, hacen efectivo el disfrute del derecho a un medio ambiente sano, reconocido en el artículo 4º de la Constitución federal.

- El derecho humano a un medio ambiente sano implica, entre otras cosas, la responsabilidad de la ciudadanía...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR