Conclusión. La controversia directa sobre la defensa de la Constitución: un choque entre concepciones incompatibles

AutorLorenzo Córdova Vianello
Páginas271-292
CONCLUSIÓN.
LA CONTROVERSIA DIRECTA
SOBRE LA DEFENSA DE LA CONSTITUCIÓN:
UN CHOQUE ENTRE CONCEPCIONES
INCOMPATIBLES
ELTEMAde la garantía de la Constitución juega un papel cen-
tral en el ámbito de las teorías políticas y jurídicas de Hans
Kelsen y de Carl Schmitt. Como ha sido sostenido por algunos
estudiosos,1más que una confrontación técnico-jurídica sobre
lajusticiaconstitucional,eltemadela“defensadelaConsti-
tución” representa la continuación y el desarrollo lógico de las
respectivas teorías de las formas de gobierno elaboradas por
Kelsen y por Schmitt, y de alguna manera cumple la función
de “cerrar” sus correspondientes “sistemas” conceptuales.
La polémica sobre la garantía de la Constitución —que
fue el más conocido de los debates sostenidos entre Kelsen y
Schmitt— se desarrolló en tres momentos durante el periodo
a caballo entre los años veinte y treinta del siglo pasado. En
1928, Kelsen publicó en Francia un largo ensayo titulado La
garantía jurisdiccional de la Constitución,2en el cual sostiene, como
se verá con mayor detenimiento más adelante, que un orde-
namiento jurídico coherente y que funciona correctamente
necesita de la existencia de un control jurisdiccional de consti-
271
1En este sentido se pronuncian P. Petta, “Schmitt, Kelsen e il ‘Custode della cos-
tituzione’”, Storia e politica, XVI, núm. 3, septiembre de 1977, p. 543 y M. Barberis,
“Introducción” a H. Kelsen, La democrazia, Bolonia, Il Mulino, 1998 (nueva edición a
cargo de Mauro Barberis), p. 26.
2H. Kelsen, La garantie jurisdictionelle de la Constitution (la justice constitutionelle), versión
española: La garantía jurisdiccional de la Constitución, México, UNAM, 1974.
tucionalidad, es decir, de un mecanismo de revisión encomen-
dado a un tribunal específico que esté encargado de verificar
que la legislación y los demás actos de creación normativa que
le estén subordinados respeten los procedimientos y los conte-
nidos específicos que establece la Constitución y, en caso de
que así no ocurra, remedie esa situación a través de la anula-
ción de esos actos. En 1931 Schmitt publica, a manera de res-
puesta al ensayo kelseniano de 1928, La defensa de la Constitución,3
en donde considera también la necesidad de un control cons-
titucional que, no obstante, no debe ser ejercido a través de la
intervención de un tribunal —como proponía Kelsen—, sino
que esa función de garantía debería estar encomendada al jefe
del Estado. A este último le correspondería, en términos de
Schmitt, la función de “pouvoir neutre” que Benjamin Constant,
un siglo antes, le había atribuido a la figura del rey en una
monarquía constitucional. La réplica kelseniana a las tesis sos-
tenidas por Schmitt no se hizo esperar, y en el mismo año de
1931 ve la luz ¿Quién debe ser el defensor de la Constitución?,4texto
en el que se articula una cuidadosa crítica a las ideas schmit-
tianas, además de replantear de manera enérgica la solución
planteada por la Constitución austriaca de 1920 de “defender
la Constitución” a través de una específica Corte Constitucio-
nal.5Intentemos reconstruir en sus grandes líneas las propues-
CONCLUSIÓN272
3C. Schmitt, Der Hüter der Verfassung, versión española: La defensa de la Constitución,
Barcelona, Labor, 1931.
4H. Kelsen, Wer soll der Hüter del Verfassung sein?, versión española:¿Quién debe ser el
defensor de la Constitución?, Madrid, Tecnos, 1985.
5La Constitución austriaca de 1920, de cuyo proyecto Kelsen fue uno de los re-
dactores, instituía en su título VI, apartado b, al “Tribunal Constitucional”, que era
competente para: 1) decidir sobre la legalidad de las ordenanzas de las autoridades fe-
derales o estatales y, en caso de que fueran ilegales, anularlas (artículo 139); 2) pro-
nunciarse sobre la constitucionalidad de las leyes federales y estatales y anular aquellas
que fueran consideradas inconstitucionales (artículo 140); 3) recibir y resolver las im-
pugnaciones que fueran presentadas en contra de las elecciones del Consejo Nacional,

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR