Control Aduanero en el Despacho. Conceptos

AutorAndrés Rohde Ponce
Páginas43-45

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Sobre el control aduanero, en sus diversas fases, ámbitos y materias recayeron muchas de las reformas legales, como se muestra a continuación. Por esta razón, se destinan varios apartados a la explicación temática de las reformas legales divididas por sus principales subtemas. En el caso de este primer apartado se presentarán las que afectan a los conceptos y generalidades del despacho aduanero.

1. Redefinición

Como más adelante se expondrá en el lugar correspondiente, la modificación legal introdujo la regulación jurídica del sistema electrónico aduanero, y en virtud de que el legislador desde este momento inicial abarcó todas las fases del procedimiento aduanero incluyendo también y por supuesto al despacho aduanero, por lo que consecuente con esa medida ha reformado la ley para adicionar a la definición tradicional la condición esencial de que se lleve a cabo mediante el empleo del sistema electrónico aduanero. El artículo 35 reformado establece:

"ARTICULO 35. Para los efectos de esta Ley, se entiende por despacho aduanero el conjunto de actos y formalidades relativos a la entrada de mercancías al territorio nacional y a su salida del mismo, que de acuerdo con los diferentes tráficos y regímenes aduaneros establecidos en el presente ordenamiento, deben realizar ante la aduana, las autoridades aduaneras y quienes introducen o extraen mercancías del territorio nacional, ya sea los consignatarios, destinatarios, propietarios, poseedores o tenedores en las importaciones y los remitentes en las exportaciones, así como los agentes aduanales, empleando el sistema

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electrónico aduanero. El Servicio de Administración Tributaria establecerá mediante reglas, lo procedente en relación al uso del sistema electrónico aduanero en los casos de contingencias derivadas de caso fortuito o fuerza mayor."

Como se aprecia, con el texto vigente no podrá legalmente considerarse que se realiza el despacho aduanero sin el empleo del sistema electrónico aduanero. Sólo podemos suponer que el legislador contempló una excepción al empleo obligatorio del citado sistema electrónico, al señalar que el Servicio de Administración Tributaria establecerá lo procedente en relación a su uso en...

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