Contrato de trabajo para capacitación inicial, ¿sabe cómo elaborarlo?

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Contrato de trabajo para capacitación inicial,
¿sabe cómo elaborarlo?
Introducción
El artículo 35 de la LFT establece la posibilidad de efectuar contrataciones de trabajadores sujetas a capacitación
inicial; por tanto, los patrones que deseen celebrarlo deberán poner especial cuidado en la elaboración del contrato
de trabajo que ampare esta modalidad.
Precisamos los principales aspectos por considerar en la elaboración de un contrato de trabajo para capacitación
inicial; antes, mencionamos los lineamientos que regulan este tipo de contratación.
Relación de trabajo para capacitación inicial
Fundamento legal
El artículo 39-B, primer párrafo, de la LFT estipula lo siguiente (énfasis añadido):
39-B. Se entiende por relación de trabajo para capacitación inicial, aquella por virtud de la cual un trabajador
se obliga a prestar sus servicios subordinados, bajo la dirección y mando del patrón, con el fin de que adquiera
los conocimientos o habilidades necesarios para la actividad para la que vaya a ser contratado.
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Según se observa, la relación de trabajo para capacitación inicial es aquella mediante la cual un trabajador se obliga
a prestar servicios subordinados, bajo la dirección y mando del patrón, con objeto de adquirir los conocimientos o
las habilidades necesarias para desempeñar la actividad para la que vaya a contratarse.
Taller de prácticas LABORAL
C1
2a. quincena
agosto 2017

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