Mi contabilidad. Beneficios para personas morales con ingresos de hasta 5 millones de pesos

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HACIEN DA
MI CONTABILIDAD
BENEFICIOS PARA PERSONAS MORALES CON
INGRESOS DE HASTA 5 MILLONES DE PESOS
Serv icio de Administración Tr ibutaria
En el án imo de impulsar la inversión productiv a,
la generación de empleos, y beneficiar la economía
de las micro, pequeñas y med ianas empresas, se es-
tableció, a partir de 2017, en el Títu lo VI I, capítu-
lo V III de la Ley del Impuesto Sobre la Renta, u n
estímulo para las personas morales, constitu idas
únicamente por personas físicas, con ingresos de
hasta 5 millones de pesos, que tiene los siguientes
benef icios:
× Tributar confor me a flujo de efectivo con las
siguientes dos modal idades para deter minar la
base gravable.
Ingresos efect ivamente cobrados menos
gastos efectiv amente pagados o,
Ingresos efect ivamente cobrados por
coeficiente de util idad.
× Deducir las compras de mercancía s cuando
estas se paga n; no hasta que se enajenan
(costo de lo vendido).
Lo anterior resulta muy benéf ico par a un impor-
tante nú mero de contribuyentes con pequeños ne-
gocios, ya que no tienen que pagar el ISR sobre un
ingreso que no ha sido cobrado ni esperar a la venta
de las mercancías par a poder deducir su costo.
Aunado a esto, podrán aplicar el estímu lo de la
deducción inmediata de las i nversiones de bienes
nuevos de activo f ijo, regulado en el “Decreto por
el que se otorga un estímulo fiscal en materia de
Deducción I nmediata de Bienes Nuevos de Activo
Fijo para las Micro y Pequeña s Empresas”.
En este contexto, el SAT en su continua búsqueda de
simplifica r y facilitar el proceso de cumplim iento
de las obligaciones f iscales, ha puesto en fu nciona-
miento una nueva herramienta digital, denomina-
da “Mi contabilidad”, que proporciona un esquema
ágil, senci llo, práctico y seg uro.
Con esta nueva herra mienta, a partir de la informa-
ción de los propios contribuyentes, pueden clasi fi-
car, en ing resos cobrados y ga stos deducibles paga-
dos, los CFDI que hay an emitido y recibido, y con
ello determinar, de manera automática, los pa gos
provisionales de ISR y los defin itivos de I VA, ade-
más de generar reportes contables básicos como
son:
× Clientes: detalle de fact uras por cobrar.
× Proveedores: detalle de factu ras por pagar.
× Ventas: detalle de factu ras cobradas.
× Gastos: detalle de fact uras pagad as.
× Deducción inmediata: deta lle de las
inversiones por las que se optó por aplicar esta
deducción mediante uso del estímulo.
× Deducción de inversiones: muestra el detalle
de las inversiones por las que se optó por
aplicar el % de depreciación.
Con esto, los contribuyentes tienen certeza en el
cumplimiento de sus obligaciones, pues saben que
lo que están declarando es la misma información
que tiene el SAT.
Los cont ribuyentes que elijan esta nueva opción y
la uti lización de l a herramienta para clasif icar sus
ingresos y g astos, quedarán relevados de las obli-
gaciones de:
× Enviar la contabil idad electrónica e i ngresar de
forma mensual la i nformación contable.
× Presentar la Decla ración Informativa para
Operaciones con Terceros (DIOT).
Es impor tante mencionar que, par a elegi r esta op-
ción, se debe presentar a nte el SAT el aviso de ac-
tualiz ación de actividades económicas y obligacio-
nes, a más tardar el 10 de ma rzo de 2017.
Por lo ant erior, para e stos contrib uyentes —adem ás
de los beneficios y a explicados, de “ tributar” con
este nuevo esque ma—, la ut ilización de la herra-
mienta dig ital les reduce importantes cargas admi-
nis tra tiva s y le s per mite s er muc ho má s prod ucti vos
y competitivos.

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