Propuesta a la Asamblea Nacional Constituyente para reformar la seguridad social en la nueva Constitución Política de la República del Ecuador. Fundamentos de la reforma de seguridad social

AutorDr. Joaquín Viteri Llanga
CargoEx Director del Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social. Former Director of the Ecuadorian Social Security Institute.
Páginas65-67

Page 65

Propuesta a la Asamblea Nacional Constituyente para reformar la seguridad social en la nueva Constitución Política de la República
del Ecuador

Proposal submitted to the National Constituent Assembly to reform social security in the Political Constitution of the Ecuadorian Republic

Fundamentos de la reforma de seguridad social

Autor: Dr. Joaquín Viteri Llanga

Los sistemas de seguridad social que imperan en el mundo, son bien definidos o adoptan el sistema alemán del Canciller Otto Von Bismark, o imponen

el creado por el inglés Lord William Beveridge. El sistema bismarckiano, aunque se inició en 1883, a fines del siglo XIX, se consolidó en 1911, con la expedición del Código de Seguros Sociales que unificó las leyes dictadas por Bismarck. La influencia de la seguridad social alemana proliferó en toda la Europa continental y también en los países latinoamericanos. Los sistemas bismarckianos se caracterizan por establecer que los sujetos protegidos son los trabajadores, que entregan sus aportes para financiar las prestaciones por las contingencias sociales de enfermedad, maternidad, invalidez, vejez, muerte y desempleo. En este modelo de seguridad social se encuadra el sistema de seguro social ecuatoriano.

La Constitución Política de la República del Ecuador, expedida por la Asamblea Nacional Constituyente de 1998, en su Sección Sexta “De la Seguridad Social”, artículo 55, determina que “La seguridad social será deber del Estado y derecho irrenunciable de todos sus habitantes. Se prestará con la participación de los sectores públicos y privado de conformidad con la ley”. Con esta proclama fundamental, el texto constitucional establece la necesidad de un nuevo sistema de seguridad social que se aparte del sistema vinculado por el Derecho del Trabajo, bajo cualquier modalidad, según el cual solo las personas que prestan servicios bajo dependencia o realizan una obra o servicio de manera autónoma o sin relación de dependencia, están protegidos por el sistema previsional, para que se universalice su cobertura

Foundations of the social security reform

Author: Dr. Joaquín Viteri Llanga

Social security systems that prevail in the World, are either defined by or have adopted the German system from Chancellor Otto Von Bismarck,

or impose the one created by Lord William Beveridge in England. The Bismarckian system, although it began operating by the end of Century XIX, in 1883, was consolidated in 1991, with the issuing of the Social Securities Code that unified the laws dictated by him. German social...

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