¿Constituyen un acto definitivo o susceptible de ser impugnado las invitaciones o exhortos para corregir la prima de grado de riesgo de trabajo o actividad?

AutorLC Telésforo Avila García
Páginas18-20

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Introducción

¿Es ilegal la invitación del IMSS a corregir la actividad o prima de grado de riesgo derivado o no de la declaración anual de riesgos de trabajo? ¿Podemos considerarlo un acto definitivo? Cabe señalar que la regulación de estas invitaciones o exhortos resulta poco clara, ya que al menos en las disposiciones, que más adelante se consultarán, no se desprende su aplicación.

A mayor abundamiento, las notificaciones que lleva a cabo el IMSS para invitar o "exhortar" a los patrones para que corrijan de manera voluntaria su Declaración anual de la determinación de la prima en el seguro de riesgos de trabajo derivada de la revisión anual de la siniestralidad, presentada el pasado mes de marzo y en su caso presenten la declaración complementaria o en aquellos casos en que directamente la invitación se envía al patrón para corregir la actividad o prima de grado de riesgo, generan inquietud y molestia por parte de los patrones al desconocer si los exhortos deben o no ser objeto de impugnación ante las instancias legales conducentes. A continuación mis comentarios.

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Revisión anual de la siniestralidad

Recordemos que de acuerdo con el artículo 74 de la LSS, todas las empresas inscritas ante el IMSS tienen obligación de revisar anualmente su siniestralidad para determinar si permanecen en la misma prima, se disminuye o aumenta, dentro del plazo (febrero) que establece el artículo 32 del Racerf.

Es importante que para que el patrón determine su prima deberá llevar un registro pormenorizado de su siniestralidad, desde el inicio de cada uno de los casos hasta su terminación, estableciendo y operando controles de documentación e información que él genere, así como de la que elabore el instituto. Esta última debe ser entregada al trabajador o a sus familiares para que la hagan llegar al patrón, con el fin de justificar sus ausencias al trabajo o al momento de incorporarse el mismo.

No hay que olvidar que la siniestralidad se obtiene con base en los casos de riesgo de trabajo terminados durante el periodo comprendido entre el 1o. de enero y el 31 de diciembre del año de que se trate.

Con base en el cálculo anterior, la prima obtenida tendrá vigencia desde el 1o. de marzo del año siguiente a aquel en...

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