Constitucion de sociedades

AutorFelipe Acosta Roca
Páginas31-50
ADMINISTRACION DE LAS AGENCIAS ADUANALES
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CONSTITUCION DE SOCIEDADES
Introducción
El término sociedad “de la palabra latina societas (de secius)
significa reunión, comunidad, compañía. La sociedad puede defi-
nirse metafísicamente como la unión moral de seres inteligentes de
acuerdo estable y eficaz para conseguir un fin conocido y querido
por todos.” 24
“Es una unión moral que requiere del acuerdo libre e inteligente
de varias personas para conseguir un fin común”,25 mismo que
puede ser de naturaleza mercantil, política o cultural, entre otras.
Para el caso que nos ocupa la Ley General de Sociedades
Mercantiles reconoce a las siguientes sociedades de naturaleza
mercantil:
1. “Sociedad en nombre colectivo;
2. Sociedad en comandita simple;
3. Sociedad de responsabilidad limitada;
4. Sociedad anónima;
5. Sociedad diplomática por acciones; y
6. Sociedad cooperativa.”26
24 Diccionario Jurídico Mexicano. Instituto de investigaciones jurídicas. Cuarta edi-
ción. UNAM. México. 1991. P. 2940-2942.
25 Ibid. P. 25.
26 Ley General de Sociedades mercantiles. Ediciones Delma. México. 2002. P. 335.
EDICIONES FISCALES ISEF
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Para el caso de una sociedad civil, debemos remitirnos al Código
Civil Federal y al del estado de que se trate, pues este ordenamiento
es quien la reconoce, de tal forma que al constituir una sociedad
u otra debemos observar que el acta constitutiva contenga en su
texto los fundamentos respectivos a cada ordenamiento.
Nuestro modelo se basará en la sociedad anónima y la civil, ya
que son las que generalmente utilizan los agentes aduanales para
facilitar la prestación de sus servicios.
Debo señalar que el acta que se constituya debe de formalizarse
con la intervención de un Notario Público, acto que se denomina
protocolización, e inscribirse en el Registro Público de Comercio.
1. SOCIEDAD ANONIMA
Una sociedad anónima es aquella “que existe bajo una denomi-
nación o nombre, compuesta por socios cuya obligación se limita
al pago de sus acciones.”27
El nombre o la denominación se determinará libremente, pero
deberá de ser distinta a la de cualquier otra sociedad (circunstancia
que se confirma al solicitar el permiso ante la Secretaría de Rela-
ciones Exteriores). Al utilizarse la denominación o el nombre, éste
siempre deberá ir seguido de las palabras “Sociedad Anónima” o
bien de su abreviatura “S.A.”
1. Los requisitos para constituir esta sociedad son:
Que por lo menos existan dos socios y suscriba cada uno
de ellos al menos una acción.
Un capital social no menor a $ 50,000.00 íntegramente
suscrito.
Que cuando menos el 20% del valor de cada acción paga-
dera en numerario se exhiba en dinero efectivo.
Que el valor de cada acción que haya de pagarse íntegra-
mente se exhiba con bienes distintos del numerario.
2. Contenido de la escritura constitutiva:
Los nombres, la nacionalidad y el domicilio de las perso-
nas físicas o morales que forman la sociedad.
27 Diccionario Jurídico Mexicano, Op. Cit. Pp. 2942-2945.

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