La Constitución ante el derecho internacional indígena. Tarea pendiente del Estado mexicano

AutorSaúl Ramírez Sánchez - José Enrique Victoria Saavedra
CargoEstudiante del Programa de Doctorado en Derecho en el Instituto de Investigaciones Jurídicas, UNAM, Estación Noroeste de Investigación y Docencia; miembro fundador de la organización Agenda Ciudadana por el Desarrollo y la Corresponsabilidad Social A.C. - Estudiante del Programa de Doctorado en Sociología en la UAM-Azcapotzalco y encargado del...
Páginas641-656
641
La Constitución ante el derecho internacional indígena. pp. 641-656
La Constitución ante el
derecho internacional
indígena. Tarea
pendiente del Estado
mexicano
Saúl
Ramírez Sánchez*
José Enrique
Victoria Saavedra**
Resumen
A
partir de 1992, al igual que en otros países de Latinoamérica, el Estado mexi-
cano ha venido reformando diversos ordenamientos jurídico s, incluyendo la Constit u-
ción polít ica con el objetivo de reconocer los derechos de los pueblos indígenas, sin
embargo, no se ha podido concreti zar en u na reforma que satisfaga l as demandas de
las organizaciones, comu nidades y pueblos originar ios. En este sentido, hacemos un
análisis, de algunos datos sociodemográcos a cien años de la promulgación de la Cons-
titución mexicana de 1917, para continuar, con el estudio de cómo las reformas constitu-
cionales en materia de derechos de los pueblos indígenas hechas a la Constitución vigent e
están inconclusa s a pesar de los avances de los dere chos de los pueblos indígenas en el
ámbito internacional.
Abstract
Since 1992, as in other Latin-American countries, the Mexican State has been reforming
various legal orders in cluding the Constitution with the goal of recog nizing the human
rights of in digenous peoples, nevertheless, it ha s not been possible to implement a
reform that f ulll the demands of organi zations, communities and indigenous peoples.
In this sense , one hundred years after the promulga tion of the Mexican Con stitution of
1917, we ma ke a nal yze abo ut s ome soc iod emo gra phic da ta, to c ont inu e wi th t he study
of how the constitu tional reforms in the rights of indigenou s peoples made to the curr ent
Constitution are inconclusive despite th e advances in the r ights of indigenous peoples
at the international le vel.
Sumario: I ntroducción / I. Los pueblos i ndígenas en la actualidad / II. México y las r eformas
constitucionale s inconclusas en materia de derechos de los pueblos i ndígenas / III. Conclusiones
/ Fuentes de consulta
* Estudiant e del Programa de Doctor ado en Derecho en el Inst ituto de Investigacione s Jurídicas, UNAM ,
Estación Noroeste de I nvestigación y Docencia; miembro fu ndador de la organización Agend a Ciudada-
na por el Desar rollo y la Corresponsabi lidad Social A.C.
** Estudiant e del Prog rama de D octorado en Sociología en la UAM-Azcapot zalco y en cargado del Área
de Derechos Hu manos de la organiz ación Agenda Ciudada na por el Desarrollo y la Corresponsabil idad
Social A.C.
Sección Artículos de Investigación
642 alegatos, núm. 97, México, septiembre/diciembre de 2017
Introducción
El 22 de septiembre del 2014 se celebró en el seno de la Organización de las Nacio-
nes Unidas una reunión de alto nivel denominada “Conferencia Mundial de los Pue-
blos Indígenas” (CMPI), en ella, el Presidente de la República Mexicana, licenciado
Enrique Peña Nieto, refrendó su compromiso para “lograr el ejercicio efectivo de los
derechos de los pueblos indígenas”, proponiendo que al docu mento nal de dicha
Conferencia se le incorporen, entre otros, los siguientes planteamientos:
Que la Agenda de Desarrollo Post 2015 procure los derechos de los pueblos in-
dígenas.
Que la participación de los pueblos origina rios en los trabajos de la ONU, sea
bajo un estatus distinto al de Organizaciones No Gubernamentales.
Que se ar monicen las leyes nacionales, siguiendo el espíritu de la Declaración
sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas y que el Consejo de Derechos Hu-
manos de las Naciones Unidas, en consulta con los pueblos indígenas, pueda
monitorear, evaluar y mejorar la aplicación de esta declaración en cada Estado
miembro.1
Propuestas presentadas por el Jefe del Estado mexicano ante otros cancilleres o
Jefes de Estados miembros de la Asamblea General de las Naciones Unidas que, no
obstante de instaurarse como compromisos de la Nación, no han llegado a ningún
término, sobre todo, por cuanto hace a la última propuesta de las antes transcritas,
al parecer la más importante para los pueblos indígenas de México, pues la operati-
vidad de la armonización daría como resultado una reforma constitucional de “gran
calado” en materia de derechos humanos de los pueblos indígenas, tal y como se
comprometió el poder Ejecutivo al inicio del actual sexenio.
Consideramos que el incumplimiento de estos compromisos internacionales de-
riva principalmente de la falta de empuje y voluntad por parte del Ejecutivo federal
ya que con la gura con stitucional de la Iniciativa Preferente2 tiene la capacidad de
incidir directamente en la agenda del Poder Legislativo Federal.
1 Palabras del Pre sidente de los Esta dos Unidos Mexicanos, licenciado En rique Peña Nieto, du rante la
Sesión Plenaria de la Con ferencia Mundial de los Pueblos In dígenas, Presidencia de la Repúbl ica, lunes,
22 de septiembre de 2014, http://ww w.cdpim.gob.mx/v4/index.htm l.
2 De a cuerdo con lo establecido en el A rtículo 71 constitucional “el día de la ape rtura de cada p eriodo
ordinario de sesione s el Pre sidente de la República podrá pre sentar hast a dos i niciativas pa ra trámit e
preferente, o señalar con tal ca rácter hast a dos que hubiere presenta do en per iodos anteriore s, cuando
estén pe ndientes de dict amen. Cada iniciativa deber á ser discutid a y votada por el Pleno de la Cámara
de su origen, en un pla zo máximo de treint a días naturales. Si no f uere así, la iniciativa, e n sus términos
y sin m ayor trámite, será el pri mer asunto q ue deberá ser discutido y votado en la siguiente sesión del
Pleno. En caso de ser aproba do o modicado por la Cáma ra de su origen, el respectivo p royecto de ley o
decreto pas ará de inmediat o a la Cámara revi sora, la cual deber á discutirlo y vota rlo en el mismo plazo
y bajo las condiciones a ntes señaladas”.

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR