¿El consejo de vigilancia de una sociedad de responsabilidad limitada puede convocar la celebración de la asamblea de socios de la misma?

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¿El consejo de vigilancia de
una sociedad de responsabi-
lidad limitada puede convocar
la celebración de la asamblea
de socios de la misma?
Pertenezco al consejo de vigilan-
cia de una sociedad de respon-
sabilidad limitada. De acuerdo
con la LGSM, una de las obliga-
ciones de los gerentes consiste
en convocar a la asamblea de
socios; sin embargo, no lo han
hecho; esto me preocupa por-
que la sociedad incumple una
disposición legal. Ignoro si en mi
carácter de miembro del consejo
de vigilancia puedo convocar
para celebrar dicha asamblea.
Lector de Guadalajara, Jalisco
81. Las asambleas serán con-
vocadas por los gerentes; si no
lo hicieren, por el Consejo de
Vigilancia, y a falta u omisión de
éste, por los socios que repre-
senten más de la tercera parte del
capital social.
Salvo pacto en contrario, las
convocatorias se harán por medio
de cartas certificadas con acuse
de recibo, que deberán contener
la orden del día y dirigirse a cada
socio por lo menos, con ocho
días de anticipación a la celebra-
ción de la asamblea.
Por tanto, la asamblea de socios
de la sociedad de responsabilidad
limitada deberá convocarse por los
gerentes, y si no lo hacen, por el
consejo de vigilancia, entre otros.
¿El consejo de vigilancia de una so-
ciedad de responsabilidad limitada
puede convocar la celebración de la
asamblea de socios de la misma?
Sí, por lo siguiente:
El artículo 81 de la LGSM establece
lo siguiente (énfasis añadido):
Consultas de
nuestros lectores
LEGAL
EMPRESARIAL
B11
1a. quincena
abril 2019

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