Conozca los principales beneficios fiscales que tendrán las primeras ZEE en México

AutorLic. Alejandro Martínez Bazavilvazo
Páginas5-13

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Introducción

Ante la realidad social y económica que enfrentan muchos estados y regiones del país (principalmente del sur), las cuales han quedado rezagadas del desarrollo económico y que no muestran las mismas tasas de crecimiento que otros estados (sobre todo del centro y del norte), se ha creado un régimen especial que a través de diversos beneficios económicos y fiscales pretende impulsar el desarrollo de determinadas zonas que serán sujetas a una regulación jurídica excepcional. Esta regulación se consigna en la Ley Federal de Zonas Económicas Especiales (ZEE), su reglamento y en las primeras declaratorias de creación de esas zonas publicadas en septiembre de 2017.

Comentamos esta legislación, a fin de que nuestros lectores tengan conocimiento de los principales beneficios fiscales que tendrán dichas zonas económicas y cuáles son los requisitos y condiciones de nacimiento y funcionamiento.

Antecedentes
  1. Con base en datos económicos del Instituto Nacional de Estadística y Geografía (Inegi), diversas zonas del sur del país han mostrado los siguientes resultados (entre otros):

    1. En 1990 el Producto Interno Bruto (PIB) per cápita promedio representaba 52.7% del ingreso por habitante a nivel nacional. Durante los siguientes 20 años la situación de esa región se deterioró, en virtud de que la proporción llegó a 46.2% en 2010. En el mismo periodo, la incidencia de la pobreza patrimonial se incrementó de 71.8 a 72.2%.

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    2. El PIB por habitante creció a un ritmo de 0.3%, por debajo de lo observado a nivel nacional (1%).

    3. 79% de los trabajadores laboran en condiciones de informalidad, en contraste con el 57.8% a nivel nacional.

      Según se observa, existen regiones en el país (sur) que muestran un claro rezago social y económico el cual es difícil que lo superen mediante las mismas acciones o medidas que se aplican a las demás regiones del país.

  2. En ese contexto, el Ejecutivo Federal presentó desde septiembre de 2015, una iniciativa de ley que propone establecer un marco jurídico aplicable a zonas económicas a fin de focalizar en espacios geográficos definidos (zonas especiales) diversas acciones que impulsen el desarrollo económico. Es importante destacar que en otros países (China, Corea del Sur, Malasia, Irlanda, Brasil, India, Polonia) se han creado zonas especiales que han adoptado diversos nombres, tales como zonas de libre comercio, zona franca industrial o zona franca. En este sentido, la iniciativa propuesta tomó en cuenta la experiencia internacional en esa materia.

  3. La iniciativa de Ley Federal de ZEE constituye la base jurídica para regular la planeación, establecimiento y operación de zonas en México, a fin de contribuir al crecimiento y desarrollo económico de las regiones del país con mayor rezago, a través de acciones de fomento de la inversión, la producción, la competitividad y el empleo.

  4. El 1o. de junio de 2016 se publicó en el DOF, la Ley Federal de ZEE, y el 30 de junio del mismo año se dio a conocer el reglamento correspondiente.

  5. El 29 de septiembre de 2017 se publicaron los tres primeros decretos que declaran zonas económicas especiales: diversas zonas en Coatzacoalcos, (Veracruz), Lázaro Cárdenas (Michoacán) y Puerto Chiapas, ubicada en el municipio de Tapachula, Chiapas. En estos decretos se pueden conocer específicamente los beneficios fiscales a que tendrán derecho esas zonas.

    A continuación, comentamos los principales aspectos de dicha ley.

Constitución de las ZEE

Requisitos para poder ser sujeto del régimen especial

Las ZEE constituyen áreas geográficas del territorio nacional, sujetas a un régimen especial que busca impulsar su crecimiento económico mediante beneficios fiscales, aduanales y financieros, así como facilidades administrativas y de infraestructura competitiva, en favor de las personas físicas y morales que operan en las zonas, los inversionistas o los administradores integrales. Como podemos apreciar, se trata de una zona geográfica que gozará de un régimen jurídico y financiero diseñado especialmente para fomentar la inversión, la productividad, la competitividad y el empleo.

Sin embargo, para que una zona o área geográfica pueda constituirse como una ZEE deberá cumplir los siguientes requisitos (principales):

  1. Ubicarse en las entidades federativas que presenten mayores rezagos en su desarrollo social y satisfacer lo siguiente:

    1. Se encuentren entre las diez entidades ativas con mayor incidencia de pobreza

    2. Esten entre las diez entidades federativas mayor número absoluto de personas ítuación de pobreza

  2. Establecerse en áreas geográficas que representen una ubicación estratégica para el desarrollo de la actividad productiva, debido a la facilidad de integración con carreteras, aeropuertos, ferrocarriles, puertos o corredores interoceánicos y potencial de conectividad hacia otros mercados nacionales o internacionales.

  3. Establecerse en uno o más municipios cuya población conjunta, a la fecha de la emisión del dictamen, entre 50 mil y 500 mil habitantes.

    Según se observa, las ZEE constituyen áreas geográficas (uno o más municipios, dentro de las entidades federativas) que muestran un mayor rezago social y económico, pero que, por su ubicación y número de pobladores justifican la implementación de un régimen jurídico especial. Para tal efecto, el 29 de septiembre de 2017 se dieron a conocer en el DOF las tres primeras zonas eco-

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    nómicas especiales, ubicadas en Coatzacoalcos, (Vera-cruz), Lázaro Cárdenas (Michoacán) y Puerto Chiapas, en el municipio de Tapachula, Chiapas. En los decretos de creación se especifica detalladamente la zona geográfica que tendrá derecho a ese régimen especial.

    Clases de ZEE

    Habrá las siguientes clases o tipos de ZEE:

    Unitaria. Constituye un solo conjunto industrial delimitado geográficamente, desarrollado por un único administrador integral.

    Secciones. Constituyen varios conjuntos industriales ubicados en cualquier punto dentro de un polígono más amplio, y cada conjunto es desarrollado por un administrador integral.

    Por ejemplo, la zona económica de Puerto Chiapas está integrada por secciones dentro de un polígono localizado en el municipio de Tapachula, de acuerdo con el mapa de ubicación y la descripción limítrofe que se precisan en el decreto de creación.

    Debemos adelantar que el administrador integral es la persona moral o entidad paraestatal que, con base en un permiso o asignación, tiene a su cargo la construcción, desarrollo, administración y mantenimiento de la zona.

    Procedimiento para que áreas geográficas puedan ser declaradas ZEE

    En síntesis, se debe cumplir el siguiente procedimiento:

    Elaboración de dictamen de laSHCP.

    Se debe elaborar un dictamen que contendrá, entre otros datos, los siguientes:

  4. Que el área geográfica pueda ser sujeta del régimen especial.

  5. La especificación de la zona y su área de influencia, en la que se precise su modalidad unitaria o por secciones además de la delimitación geográfica de las mismas.

  6. Carta de intención suscrita por los titulares de los gobiernos de las entidades federativas y de los municipios en donde se pretenda establecer la zona, en la que manifiestan su aceptación y conformidad para cumplir diversas obligaciones y compromisos.

  7. Estudio de prefactibilidad que incluya los sectores industriales que potencialmente puedan instalarse en la zona y la relación de posibles inversionistas, entre otros datos.

  8. La información sobre las necesidades de infraestructura y las acciones de política pública que se requieran para el desarrollo de la zona.

    Aprobación de la Comisión Interse-cretarial. El dictamen elaborado por la SHCP deberá contar con la aprobación de la Comisión...

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