Conoce las medidas de protección para fuentes de empleo que ofrece el Infonavit

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Conoce las medidas de protección
para fuentes de empleo que ofrece
el Infonavit
InstItuto Del FonDo naCIonal De la vIvIenDa
Para los traBaJaDores
Ante la emergencia sanitaria en nuestro país por COVID-19, conside-
rando las afectaciones que esta situación ha representado en la econo-
mía nacional y con el n de contrarrestar estos efectos en la operación
de las empresas, en la sesión del 25 de marzo de 2020 del H. Consejo
de Administración de Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda
para los Trabajadores (Infonavit) se aprobó la implementación de un paque-
te amplio de medidas de protección dirigido a las y los trabajadores y los
empleadores, sobre todo Pequeñas y Medianas Empresas (PyME).
El 22 de abril de 2020 la Administración del Infonavit sometió a aproba-
ción del Consejo las especicaciones respecto a las medidas de protección
para empresas aportantes, que se pusieron a disposición de los patrones
el 27 de abril y pueden solicitarse en el Portal Empresarial del Instituto:
empresarios.infonavit.org.mx.
En cuanto a la protección para fuentes de empleo y el pago de obligaciones
patronales, principalmente, existen dos medidas de apoyo:
1. Suspensión de plazos legales para acciones de recaudación y
f‌iscalización
Esta medida aplica a partir del lunes 4 de mayo de 2020, fecha en la que
fue publicado el Aviso de Suspensión en el Diario Ocial de la Federación, y
estará vigente hasta que el Instituto publique en el mismo medio el levan-
tamiento de la suspensión. Comprende las siguientes acciones:
> Las de scaliz ación realizadas por el In fonavit (auditorías).
> Las acciones recaudatorias y del Procedimiento Admi nistrativo de
Ejecución emprendidas por el Instituto.
2. Prórroga de pago a aportaciones de
trabajadores sin crédito (previa solicitud del
patrón)
A partir del 27 de abril de 2020, el patrón puede solici-
tar la prórroga ante el Instituto por medio del Portal
Empresarial. Dependiendo del tamaño de la empresa,
puede solicitar alguna de las siguientes opciones:
> Para empresas con un m áximo de 250 traba-
jadores, hasta el 31 de agosto po drán solicitar
prórroga de:
» Pago de aportaciones de trabajadores sin
crédito correspondiente a los bimestres 2° y
3º de 2020, reactivándolo el 17 de septiembre
del mismo año.
» Pago de las parcialid ades de convenios de
pago vigentes durante los meses de mayo,
junio, julio y agosto, reiniciando pagos en
septiembre.
> Para empresas con más d e 250 trabajadores,
hasta el 30 de junio podrá n solicitar prórroga de:
» Pago de aportaciones de trabajadores sin cré-
dito correspondiente al 2° bimestre de 2020,
reactivándolo el 20 de julio del mismo año.
» Pago de las parcialidades de convenios de
pago vigentes de los meses de mayo y junio,
reiniciando pagos en julio.
Asimismo, todas las empresas pueden solicitar el pago
de las aportaciones prorrogadas hasta en 12 parciali-
dades sin que sea necesario exhibir garantía y con el
interés por nanciamiento habitual de 1.26% mensual.
Próximamente, el Instituto liberará un servicio que
permitirá presentar la solicitud de parcialidades me-
diante el Portal Empresarial.
Cabe mencionar que los pagos prorrogados no gene-
rarán multas, solo actualización y una tasa de 0.01%
mensual para el caso de los recargos.
Es importante señalar que las amortizaciones y apor-
taciones de los trabajadores con crédito no podrán ser
prorrogadas, a n de que sean abonadas al saldo del
crédito en tiempo y no generen intereses.
Fechas importantes por considerar para la
solicitud de las medidas de apoyo
> 27 de abril 2020. Inicia la v igencia de las medi-
das de protección para fuentes de empleo y se
ofrece a los patrones la posibilidad de solicitar-
las por medio del Portal Empresaria l.
> 30 de junio de 2020. Fecha límite en la que los
patrones con más de 250 trabajadores pueden
solicitar las medidas.
> 31 de agosto de 2020. Fecha límite en la que los
patrones con hasta 250 trabajadores pueden
solicitar las medidas.
¿Qué requisitos debe cumplir una empresa
para solicitar las medidas de apoyo?
Para que una empresa pueda solicitar estas medidas,
es importante cumplir con lo siguiente:
> El patrón debe estar registr ado en el Portal Em-
presarial y por ese medio solicitar l as prórrogas
del pago de aportaciones en las fechas estable-
cidas, aceptando los términos y condiciones
disponibles en el servicio de solicitud.
> Haber descargado y leído las guías y t utoriales
publicados en el portal de Internet del Instit uto.
> Ser una empresa cumplida, es decir, no tener in-
cumplimiento total en el pago de los bimestres
de 2019.
¿Cómo debe solicitar el patrón las medidas de
apoyo?
1. Ingresar al Porta l Empresarial y seleccionar la
opción “Medidas de Apoyo”.
2. Elegir las medidas de protección por las que el
patrón quiera optar, ya sea prórroga del 2° o 3er.
bimestre de 2020, o prórroga para el pago de las
parcialidades de un convenio vigente. El sistema
validará automáticamente el tama ño y la elegi-
bilidad de la empresa para ofrecer las medidas
que le corresponden .
3. Leer y aceptar los Términos y Condiciones del
Servicio.
4. Descarga r el acuse y el archivo de conguración
que genera el sistema.
¿Qué obligaciones adquiere la empresa al
solicitar las medidas de apoyo?
Los patrones que solicitan las medidas de protección
deberán cubrir en su totalidad y en las fechas estableci-
das los importes de las obligaciones prorrogadas, junto
con las actualizaciones y recargos correspondientes.
En el caso de haber solicitado un convenio de pago en
parcialidades, deberá cubrir en su totalidad el importe
MISCELÁNEO
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CONTADURÍA PÚBLICA
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