¿Conoce los beneficios y las obligaciones que derivan de la presentación de la declaración 2008 de ISR y IETU? Personas físicas Marco teórico

PáginasA37-A47

Presentar la declaración anual es una de las obligaciones más importantes que deben cumplir las personas físicas; sin embargo, llevarla a cabo no significa el cierre de un ejercicio, pues las diferentes disposiciones fiscales establecen diversos beneficios que pueden ser aprovechados y obligaciones adicionales que derivan del cumplimiento de su presentación. Al respecto, se ha elaborado una recopilación de los beneficios que estos contribuyentes podrán aplicar, así como de las diferentes obligaciones fiscales que deberán cumplir, como consecuencia de la información que se haya manifestado o se manifieste en la declaración anual relativa al ejercicio de 2008 de ISR y IETU.

Beneficios

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Obligaciones

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Conclusión

Se comentaron algunos de los beneficios que se pueden aplicar luego de presentar la declaración anual de 2008, en el caso de las personas físicas, tales como compensación y devolución de saldos a favor, presentación de declaraciones complementarias, así como algunas obligaciones que deben cumplirse, de ubicarse en los supuestos que consignan las leyes.

Casos prácticos

CASO 1

Pago en parcialidades del ISR anual de 2008 de una persona física

PLANTEAMIENTO

Una persona física que percibió ingresos por arrendamiento de inmuebles en el ejercicio de 2008, manifestó en la declaración anual de ese ejercicio un impuesto a cargo; también señaló la opción de pago en parcialidades del ISR. Al efecto, desea determinar el importe de la segunda y siguientes parcialidades que deberá enterar durante el periodo de mayo a septiembre de 2009.

DATOS

* Importe del ISR a cargo en la declaración anual del ejercicio de 2008 $18,570

* Fecha de presentación de la declaración anual de 2008 30 de abril de 2009

* Número de parcialidades en que se optó por efectuar el pago 6

* Factor aplicable para el pago en parcialidades 1.057

* Factor para determinar pagos en parcialidades extemporáneos 0.013

DESARROLLO

  1. Determinación del importe por cubrir en la primera parcialidad.

    Importe del ISR a cargo en la declaración anual del ejercicio de 2008 $18,570

    (÷) Número de parcialidades en que se optó por efectuar el pago 6

    (=) Importe de la primera parcialidad1 $3,095

  2. Cálculo del importe de la segunda y siguientes parcialidades.

    Importe de la primera parcialidad $3,095

    (x) Factor aplicable para el pago en parcialidades 1.057

    (=) Importe de la segunda y siguientes parcialidades23 $3,271

  3. Determinación del importe de las...

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