CONIF. Aspectos a considerar en la elaboración del estado de flujos de efectivo
Autor | Paul Scherenberg |
Cargo | Integrante de la Comisión de Normas de Información Financiera |
Páginas | 62-63 |
62
conif
A
Lic. Paul Scherenberg
Integrante de la Comisión de Normas de Información F inanciera
Socio de KPMG Cárdenas Dosal, S.C.
scherenberg.paul@kpmg.com.mx
La Norma de Infor mación Financiera (NIF) B-2, Esta-
do de flujos de efectivo, pla ntea una serie de considera-
ciones para los preparadores de estados financieros.
En este artícu lo, la Comisión de Normas de Informa-
ción Financiera incluye extractos de la NIF B-2 sobre
ciertas c lasificaciones de operaciones espe cíficas para
ser consideradas en l a elaboración del estado de flujos
y facilita r la preparación de este estado fina nciero.
Operaciones que no afe ctan los flujos de ef ectivo
Los preparadores de estado s financieros deben exc luir
del estado de flujos de efectivo, todas las operaciones
que no afectaron los f lujos de efectivo. Para ello es im-
portante recordar a lgunos ejemplos que plantean la
norma de estas oper aciones (párrafo 11, NIF B-2):
⚫ Fluctuaciones c ambiarias no reali zadas.
⚫ Efectos por reconocimiento del v alor razonable.
⚫ Conversión de deuda a capita l y distribución de
dividendos en acciones.
⚫ Adquisición de un negoc io con pago en acciones.
⚫ Pagos en acciones a los empleados.
⚫ Donaciones o aportac iones de capital en especie.
⚫ Operaciones negoci adas con intercambio de
activos.
⚫ Creación de reser vas.
⚫ Cualquier tra spaso entre cuentas de capital
contable.
En la práctica se ha visto que alg unas de las actividades
mencionadas anteriormente, y qu e no requieren flujos de
efectivo, se destacan en el estado de f lujos de efectivo, cuan-
do es incorrecto que tengan un importe o r ubro asociado.
Adquisiciones y disposiciones de s ubsidiarias y otros
negocios
Los flujos de efect ivo derivados de adquisiciones o
disposiciones de subsidiarias y otros negocios deben
clasificarse en actividades de inversión; asimismo,
deben presentarse en un único renglón por separa-
do que involucre toda la operación de adquisición o,
en su caso, de disposición, en lugar de presentar la
adquisición o disposición individual de los activos y
pasivos de dichos negocios, a la fecha de adquisición
o disposición. Los flujos de efectivo derivados de las
adquisiciones no deben compensarse con los de las
disposiciones (pá rrafo 25, NIF B-2).
Los flujos de efect ivo pagados por la adquisición de
subsidiar ias y otros negocios deben presentarse netos
del saldo de efect ivo y equivalentes de efectivo adqui-
rido en dicha op eración (párrafo 26, NIF B-2).
Los flujos de efect ivo cobrados por la disposición de
subsidiarias y otros negocios (operaciones disconti-
nuadas) deben presentarse netos de l saldo de efectivo
y equivalentes de efectivo dispuesto en dicha opera-
ción. Asimismo, este importe debe estar neto de im-
puesto a la utilidad atribuible a tal di sposición. En el
caso de subsidia rias extranjeras, debe mostrarse este
importe neto del ajuste acumulado por conversión
atribuible a dic has subsidiarias (pá rrafo 27, NIF B-2).
En la práctica se han detectado ca sos en los que se incluyen
todos los movimientos de los rubros en los esta dos conso-
lidados de flujos de efect ivo que provienen de los flujos de
activos y pasivos individuale s de las subsidiarias a la fecha
de adquisición o disposic ión, y no en un solo rubro que las
agrupe en el estado de f lujos como una sola operación de
adquisición o disposic ión.
Compra o venta de accione s de una subsidiaria a la
participación no cont roladora
En los casos en los que una ent idad controladora com-
pra o vende acciones de una subsid iaria a la partic ipa-
ción no controladora, los flujos de efectivo asociados
con dicha operación deben presentarse como activi-
dades de financiamiento, dentro del estado de f lujos
de efectivo consolidado; lo anterior, debido a que se
considera que esta operac ión es una transacción entre
accionistas propiet arios (párrafo 31, NIF B-2).
Instrumentos con f ines de cobertura de posicione s
primarias
Los cobros o pagos de efectivo relacionados con instru-
mentos financieros, con f ines de cobertura de posic iones
primarias cuyos flujos de efect ivo se clasifican como de
operación, deben ordenarse como actividades de opera-
ción. Es importante tener en consideración que cuando
un contrato se trata contablemente como un a operación
de cobertura, lo s flujos de efectivo de dicho contrato de-
ben clasif icarse de la misma form a que los flujos de efec-
tivo procedentes de la posición c ubierta. Por ejemplo, si
los flujos de efectivo de la partida cubier ta son activi-
dades de operación, los flujos de efectivo derivados del
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